Cuando fallece una persona, haya dejado o no su testamento, las personas que son llamadas a heredar sus bienes tienen la libertad de aceptar o renunciar a estos. Efectivamente, aunque suene descabellado, nadie está obligado a aceptar los componentes de una herencia.
Lea también: Cuadro de valores de los aranceles judiciales para el año 2018
Al igual que la mayoría de los procesos relacionados con testamentos o sucesiones intestadas, la renuncia de herencia debe expresarse a través de una escritura pública ante notario o en acta otorgada ante el juez al que corresponda validar la sucesión, la misma que se debe inscribir en los Registros Públicos.
Motivos de renuncia a una herencia
Como explicamos líneas arriba, cualquier persona que sea beneficiario legítimo de una herencia tiene el derecho de aceptarla o renunciar a ésta bajo su propia voluntad. Eso sí, debe hacerlo a la totalidad de la herencia. No se puede aceptar una parte y renunciar a otra. Algunos de los motivos por los que se puede renunciar a una herencia son:
En caso que la herencia incluya una importante cantidad de deudas, y no queramos o no podamos hacernos cargos de ellas.
Deseemos renunciar a nuestra parte a favor de otro heredero que se encuentre en una situación económica desfavorable.
Poseamos una incapacidad que nos impida disfrutar de dicha herencia.
Son comunes los casos de personas mayores que reciben una herencia y desean delegarla a sus descendientes.
Características de una renuncia de herencia
Solo podemos llevarla a cabo si somos beneficiarios legítimos de dicha herencia.
No se puede renunciar parcialmente a la herencia, tenemos que aceptarla o renunciarla en su totalidad a la parte que nos pertenezca.
Es un acto irrevocable una vez que hemos renunciado.
No puede llevarse a cabo si ha sucedido algún hecho por el que la aceptación de la herencia sea automática.
Lea también: Cuadro de valores de los aranceles judiciales para el año 2018
¿Qué documentos se debe presentar para solicitar su inscripción?
Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
Parte notarial de la escritura pública de renuncia otorgada por el heredero o legatario renunciante.
Pago de los derechos registrales:
Presentación (S/ 10.00) e Inscripción (S/ 10.00). No se incluye el costo de los derechos notariales.
El plazo de calificación es de siete días hábiles.
El Dato:
El año 2016 se inscribieron 20 renuncias de herencia a nivel nacional, mientras que el año pasado la cifra retrocedió a 14. Lima (33) y San Martín (1) fueron los departamentos donde se registraron renuncias de herencia en los últimos dos años.
Santiago de Surco, 10 de febrero de 2018




![Las resoluciones «definitivas» son aquellas que concluyen el proceso; en cambio, las «interlocutorias» se emiten mientras el proceso está en curso y no afectan directamente la decisión final del mismo [Queja NCPP 1429-2023, Cajamarca, f. j. 4.8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-TRIBUNAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Tenencia ilegal de municiones. Las municiones halladas en la vivienda del imputado están dentro de su órbita potestativa, al encontrarse a su libre disposición entre sus pertenencias, de modo que no se trata de una tenencia esporádica [Queja NCPP 289-2023, La Libertad, f. j. 4.6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BALANZA-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![No se puede inferir que abogado pertenece a una organización terrorista porque se le encontraron documentos relativos a una medida cautelar dirigida a la CIDH por la detención de los miembros del MOVADEF, pues se trata de actos inequívocos de defensa técnica [Exp. 122-2014-0, f. j. 6.b]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA3-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Anulan procedimiento disciplinario que suspendió al fiscal Rafael Vela Barba en sus funciones por vulnerarse el debido procedimiento [Exp. 06245-2023-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Rafael-Vela-4-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)














![¿Empleador puede modificar jornada laboral hasta convertirla en una de tiempo parcial? [Exp. 27773-2014-0-1801-JR-LA-02] entrevista de trabajo](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/trabajador-jefe-empresa-entrevista-de-trabajo-contrato-memo-documento-laboral-LPDerecho-218x150.png)






![Actualizan el TUPA de Migraciones: Adultos mayores podrán obtener pasaporte sin cita previa [Resolución 000150-2025-Migraciones]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/10/FACHADA-MIGRACIONES-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)









![Confirman prohibición de la eliminación indiscriminada de perros abandonados [Exp. 00291-2018-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/maltrato-animal-atropello-perrito-perro-momo-LPDerecho-100x70.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)









