La Procuraduría General del Estado inició una evaluación previa contra el procurador adjunto del Congreso de la República, Manuel Eduardo Peña Tavera, y Yuri García Cano, abogado de la Procuraduría Pública del Poder Legislativo que intervino en una demanda ante el Tribunal Constitucional.
En un comunicado, la Procuraduría General precisa que la Unidad de Evaluación, Supervisión, Control y Fiscalización de la Oficina de Control Funcional se hace cargo de la evaluación, en función a la directiva que regula el procedimiento de evaluación, supervisión, control y fiscalización los procuradores y produradores adjuntos y abogados del Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado.
Precisa también que el ejercicio de la defensa jurídica del Estado se rige por el principio de autonomía funcional, lo permite que los procuradores y abogados ejercen sus funciones libres de influencias e injerencias, en tanto definen de manera exclusiva la estrategia de defensa jurídica en los casos que tienen a su cargo.
No obstante, la Procuraduría General tiene como función central velar por el eficiente ejercicio de la defensa jurídica del Estado, dentro del ámbito de sus competencias, así como, ejercer las acciones de evaluación, supervisión, control, fiscalización, instrucción y sanción administrativa disciplinaria, cuando se trate de aspectos funcionales en ejercicio de su actividad.
La Procuraduría Pública del Poder Legislativo tuvo a su cargo la defensa del Congreso de la República ante el Tribunal Constitucional, ante el hábeas corpus presentado por la defensa legal del presidente Pedro Castillo por la denuncia constitucional por supuesta traición a la patria.
Fuente: El Peruano
COMUNICADO
La Procuraduría General del Estado (PGE), ente rector del Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado (SADJE), en relación a las últimas noticias difundidas por los diversos medios de comunicación, hace de conocimiento lo siguiente:
1. En atención a las disposiciones consagradas en el Decreto Legislativo N° 1326, que reestructura el SADJE y crea la PGE y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2019-JUS, el ejercicio de la defensa jurídica del Estado se rige de manera irrestricta por el principio rector de autonomía funcional, en virtud del cual los operadores del Sistema organizan y ejercen sus funciones libres de influencias e injerencias, en tanto definen de manera única y exclusiva la estrategia de defensa jurídica en los casos que tienen a su cargo; sin intervención del ente rector.
2. Sin embargo, se precisa que la PGE tiene como función central velar por el eficiente ejercicio de la defensa jurídica del Estado, dentro del ámbito de sus competencias, así como, ejercer las acciones de evaluación, supervisión, control, fiscalización, instrucción y sanción administrativa disciplinaria de los/las procuradores/as públicos/as de todos los niveles de gobierno y otros operadores del Sistema, cuando se trate de aspectos funcionales en ejercicio de su actividad.
3. Por ello, la Unidad de Evaluación, Supervisión, Control y Fiscalización de la Oficina de Control Funcional de la Procuraduría General del Estado, ha iniciado la etapa de evaluación previa contra el señor Yuri García Cano, abogado de la Procuraduría Pública del Poder Legislativo y contra el señor Manuel Eduardo Peña Tavera, Procurador Público Adjunto del Congreso de la República, de acuerdo al procedimiento regulado en la Directiva N° 0001-2022-PGE/PG, «Directiva que regula el procedimiento de evaluación, supervisión, control y fiscalización de los/as procuradores/as públicos/as, procuradores/as públicos/as adjuntos/as y abogados/as, vinculados/as al Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado, que ejercen la defensa jurídica del Estado».
San Isidro, 16 de noviembre
PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO
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