A propósito de la ¿Segunda? Conciliatón Nacional en el Perú

Los centros de conciliación extrajudicial privados y el PJ fuera de la fiesta

Sumario: 1. Introducción, 2. Antecedentes y la propuesta que finalmente se archivó, 3. Materias conciliables en la Segunda Conciliatón Nacional en el Perú, 4. Algunas recomendaciones a futuro.


1. Introducción

A través de sus redes sociales[1] y luego en su sitio web institucional[2], el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos comunicó de forma sorpresiva, la realización de la Segunda Conciliatón Nacional[3] a celebrarse los días 25, 26, 27 de octubre del 2021 a nivel nacional.

¿En qué consiste este evento? Básicamente en que se brinde el servicio conciliatorio en los centros de conciliación gratuitos (CCG) a nivel nacional. Podría pensarse que no habría mayor novedad en que una oficina estatal cumpla con brindar los servicios públicos para los que fue creada, sin embargo, podemos notar que esto va más allá.

En primer orden, la exposición que se va a tener en estos días sobre la conciliación extrajudicial en nuestro país, de cara a escasas dos semanas de un nuevo aniversario de la publicación de la ley[4]. De otro lado, es evidente el gran esfuerzo de coordinación que se debe estar realizando para llevar a cabo esta importante campaña, en la que se acercará a la ciudadanía a la conciliación extrajudicial.

La escasa publicidad existente que se tiene sobre este MARC en nuestro país, es palpable, donde inclusive los abogados con experiencia o los recién formados, tienen escaso conocimiento sobre la misma. Ni hablar sobre el que tiene la colectividad en general.

2. Antecedentes y la propuesta que finalmente se archivó

En Conciliando (columna especializada en conciliación extrajudicial que publicaba el portal LPDerecho.pe)[5], donde a través de 29 columnas publicadas hasta hoy[6], se buscó exponer reflexiones de profesionales interesados en fomentar y mejorar los mecanismos alternativos de solución de conflictos), presenté en setiembre del año 2019 el proyecto Conciliatón Nacional Perú 2019. Una oportunidad real para la difusión y el desarrollo de la conciliación extrajudicial en nuestro país, donde sin mayores ambages señalaba la positiva experiencia que se venía realizando el cercano país de Colombia.

Allí, el Ministerio de Justicia y del Derecho de dicho país lideraba desde el año 2016 y a la fecha de publicación de dicha columna, cuatro conciliatones, en las cuales, tanto entes públicos como privados[7], brindaban el servicio conciliatorio a personas naturales y jurídicas previamente inscritas para tal fin y de igual forma, se exponían oportunamente los impresionantes y positivos resultados obtenidos[8]. En el año 2019, se realizó otra Conciliatón y, posterior a ello, tenemos también el registro que, en el año 2020, realizaron una virtual y en el presente año se realizó otra, de forma presencial y virtual.

Queda para posteriores textos un estudio profundo de la tasa de acuerdos conciliatorios en dicho país[9], sin embargo, de manera preliminar, puedo mencionar que no es parecida a la que tenemos en el nuestro, ya que, en el último quinquenio, la tasa de acuerdos totales y parciales, siempre ha sido superior la tasa de falta de acuerdos, que es tan elevada como la de inasistencia de la parte.

En nuestro país sucede, al contrario, donde la tasa de inasistencia de la parte invitada es alta, pero siempre mayor a las de acuerdo total y parcial y a la de falta de acuerdo en centros de conciliación extrajudicial privados, siendo que en los CCG, la tasa de inasistencias es baja[10].

En el proyecto presentado, recomendaba al MINJUSDH liderar una iniciativa involucrando a los CCG y a los centros de conciliación extrajudiciales privados (en el entendido que son más numerosos, tienen varios conciliadores extrajudiciales adscritos y que, al momento de plantear el proyecto, llegaban a un número cercado a los dos millares en nuestro país). Infortunadamente, nunca obtuve una respuesta formal por parte de la DCMA[11], ni se realizó un proyecto similar en los siguientes meses. Los que sí se comunicaron fueron una serie de centros de conciliación privados, de todos los puntos del país interesados en participar de la experiencia, pero con una limitada exposición y sin el soporte del ente rector de la conciliación en nuestro país, poco se podía hacer.

Otro punto que me gustaría resaltar del proyecto presentado es la necesidad de involucrar también al Poder Judicial. Sabemos de la alta cultura litigiosa en nuestro país. Muy pertinente seria que todos aquellos casos que reposan sin atenderse en los anaqueles de los juzgados también por recomendación del juez o por voluntad de las partes en conflicto, llegue a convertirse en un procedimiento conciliatorio sobre el cual tenga absoluto control las partes y, con la ayuda de un conciliador extrajudicial, se pueda llegar a acuerdo.

Voy a darme el trabajo de nuevamente consignar aquí las recomendaciones para una Conciliatón Nacional que, si bien se está realizando ahora bajos los auspicios del MINJUSDH, solo trabaja con sus CCG, perdiendo una oportunidad de oro, en la cual los centros de conciliación extrajudicial privados, puedan hacer la diferencia. Las recomendaciones, las adecuo al año actual.

  • CONVOCATORIA DE CENTROS DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PRIVADOS: A realizarse durante finales del mes de noviembre del 2021. La DCMA posee la base de datos de todos los centros de conciliación extrajudicial privados en el Perú.
  • CAMPAÑA DE MEDIOS Y SOCIALIZACIÓN DE LA CAMPAÑA: A fin de comunicar a la población que el día miércoles 13 de noviembre del 2021, se realizará una CONCILIATÓN NACIONAL PERÚ, en la cual podrán Conciliar Extrajudicialmente, de forma conjunta, tanto personas naturales, como jurídicas, en materias civiles, comerciales y de familia, siendo el único requisito, que presenten una solicitud CONJUNTA (según modelo que pueda ser descargada del sitio web del MINJUSDH), debidamente suscrita por las partes que deseen conciliar extrajudicialmente.
  • DISTRIBUIR LOS PROCEDIMIENTOS CONCILIATORIOS A LOS CENTROS DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL PRIVADOS PARTICIPANTES y publicar en el sitio web del MINJUSDH, donde le corresponde realizar su procedimiento conciliatorio a las partes.
  • REALIZAR EL CONCILIATÓN NACIONAL PERÚ 2021 el 13 de noviembre del 2021, crear un registro fílmico / fotográfico de la campaña a nivel nacional.
  • REMISIÓN DE SUMARIA ESTADÍSTICA ESPECIAL: El 15 de noviembre del 2021 a más tardar, los Centros de Conciliación Extrajudicial participantes deberán enviar a la DCMA de forma extraordinaria una estadística oficial de dichos procedimientos conciliatorios, detallando la forma de conclusión de los mismos.
  • MOSTRAR LOS RESULTADOS de la CONCILIATÓN NACIONAL PERU 2021, a través del sitio web del MINJUSDH.

3. Materias conciliables en la Segunda Conciliatón Nacional en el Perú

En esta oportunidad, la Conciliatón Nacional a realizarse del 25 al 27 del presente, podrá ser virtual o presencial. Según la publicidad distribuida, las controversias que se han establecido para verse en este evento, son las de pensión de alimentos, tenencia, régimen de visitas (en materia familiar) y de desalojos, pago de deudas, indemnización, otorgamiento de escritura, obligación de dar, hacer y no hacer; división y partición de bienes, incumplimiento de contrato, ofrecimiento de pago, modificación de contratos y problemas vecinales (en materia civil y comercial).

Ignoramos si se pueden establecer otras controversias adicionales a las indicadas, la publicidad del evento, si bien es cierto no señala que únicamente podrán tramitarse dichas controversias, tampoco señala otras. Los CCG que son participes de este evento, están por todo el territorio patrio, aglutinándose en el distrito conciliatorio de Lima, con 13 CCG en distintos distritos de Lima metropolitana y en Lima provincia, con otros 4[12] CCG y, finalmente otros 50[13] CCG a nivel nacional[14].

4. Algunas recomendaciones a futuro

Aprovecharemos el espacio para mencionar una recomendación que hace tiempo también di en estos ámbitos[15]. Es hora de hablar de expedientes únicos que inicien como procedimientos conciliatorios y, de ser el luctuoso caso, pasen directamente al Poder Judicial con un mismo número de expediente único, lo que facilitaría, de un lado, el trabajo judicial, el posterior rastreo del mismo mediante la automatización, la misma que permitiría el uso de formatos únicos, automatizados y editables de actas de conciliación extrajudicial (pero no solo para CCG, sino para todos), lo que aseguraría también, de ser el caso, su ejecutabilidad.

Sobre la presente Conciliatón Nacional, pese no estar invitados a la fiesta, espero que sea realmente todo un éxito. Sabemos que los acuerdos conciliatorios nacen de manera más fecunda, cuando es producto de una conciliación conjunta. Opino que, a futuro, es necesario el involucramiento de dos grandes ausentes de este evento: por un lado, el Poder Judicial, que congrega la mayor cantidad de causas que podrían resolverse en un procedimiento conciliatorio, siempre y cuando exista la voluntad de las partes y de otro lado, los centros de conciliación extrajudicial privados, que realmente, día con día, realizan una actividad no orientada al lucro, sino buscando realmente construir esa cultura de paz que (reza) busca la ley de conciliación extrajudicial en nuestro país.

La DCMA ha venido mostrando en los últimos meses unos reflejos increíbles: por un lado, logró la modificación de la ley de conciliación extrajudicial, en menos del tiempo establecido por la norma, publicó la modificación del reglamento, involucró a los centros de conciliación extrajudicial privados en ello, hizo varios eventos algo más participativos dirigidos a los operadores del sistema conciliatorio peruano, aplicó (a trompicones, pero lo hizo finalmente) la mal llamada conciliación virtual y esperemos ahora que, con los mismos reflejos, tome a bien considerar alguna de las recomendaciones aquí alcanzadas.


[1] Post aparecido en el portal de Facebook de la entidad, el día 20 de octubre del 2021 que puede ver aquí.

[2] Nota de prensa aparecida el día 21 de octubre del 2021 que puede ver aquí.

[3] Pude observar en las publicaciones de algunos conciliadores extrajudiciales de CCG que la primera se realizó también este año, los días 12, 13 y 14 de octubre.

[4] La Ley 26872 fue publicada en el diario oficial El Peruano el día 13 de noviembre del año 1997.

[5] Cuyo índice puede visitar aquí.

[6] Algunas de ellas, publicadas inclusive este año por diversos autores nacionales.

[7] Se indicaba en las publicaciones de la Conciliatón colombiana, que la misma se realiza en Casas de Justicia, Centros de Convivencia Ciudadana, Comisarías de Familia, Notarías, Centros de Conciliación Públicos y Privados, Consultorios Jurídicos, Personerías, Defensorías de familia, Inspecciones de Policía, Fiscalías Locales, Unidades de Mediación y Conciliación de municipios.

[8] En el año 2016, se presentaron un total de 28.660 casos, de ellos, se llegó a un acuerdo en 7.637. En el año 2017, se presentaron 29.719 casos y se llegó a un total de 9.797 casos con acuerdo; en el año 2018, se presentaron 29.491 casos para conciliar y se alcanzaron 10.261 acuerdos. La cuarta edición, se iba a realizar los días 21, 22 y 23 de mayo del 2019.

[9] Que puede revisar en aquí.

[10] Parte de la información indicada en este punto, se encuentra publicada en el libro de mi autoría Comentarios a la ley de conciliación extrajudicial (Ubilex, Lima. 2019).

[11] Ingresado vía mesa de partes del MINJUSDH, con registro N.° 66656-2019, de fecha 19 de setiembre del 2019, que, al día de hoy, figura como archivado en el sistema de seguimiento de tramites.

[12] CCG ubicados en Barranca, Huacho, Huaral e Imperial.

[13] CCG ubicados en Abancay, Acobamba, Ambo, Ayacucho, Belén, Cajamarca, Camaná, Caraz, Caylloma (Majes), Cayma, Cercado de Arequipa, Chachapoyas, Chanchamayo, Chiclayo, Chimbote, Chincha Alta, Chota, El Tambo, Ferreñafe, Huanta, Huánuco, Huaraz, Ica,  Ilo, Imperial,  Iquitos, Jacobo Hunter, Jauja, La Convención, Mazamari, Moquegua, Nuevo Chimbote, Otuzco, Pillco Marca, Pisco, Piura, Puno, Santiago, Satipo, Sullana, Talara, Tambopata, Tarma, Trujillo, Trujillo (La Esperanza), Tumbes, Utcubamba, Wanchaq y Yanacancha.

[14] Enlace a la lista total aquí.

[15] Durante los eventos realizados en torno a los 20 años de la conciliación extrajudicial, en el Encuentro Nacional del Sistema Conciliatorio (20 años de la Conciliación Extrajudicial en el Perú) brindé una ponencia que recogía esta y otras recomendaciones que puede leer aquí o puede ver aquí.

Comentarios:
Estudió Derecho y Ciencias Políticas en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Conciliador Extrajudicial desde el año 2008. Actualmente se desempeña como Conciliador Extrajudicial y Secretario General en Nuevos Acuerdos (Centro de Conciliación Extrajudicial), capacitador principal de conciliación extrajudicial y especializado en materia familiar. Autor del libro "Comentarios a la ley de conciliación extrajudicial peruana" (Lima: Ubilex, 2024, tercera edición).