¿Se debió eliminar el Consejo Nacional de la Magistratura? Análisis a más de un año de la suspensión de funciones del organismo

Sumario: I. Introducción, II. Cuestiones que corresponde resolver, III. Conclusiones.


I. Introducción

Para quienes no están familiarizados con este organismo constitucional autónomo, es aquel que se encarga, o si se quiere, se encargaba, de la selección, ratificación y destitución de los jueces y fiscales a nivel nacional. Entiéndase pues que su función es esencial para el sistema de administración de justicia, ya que decide quién va a investigar o juzgar en miles de casos concretos, es decir, en manos de quién se va a “hacer justicia”.

En julio del año pasado IDL Reporteros (una unidad de investigación periodística dentro del Instituto de Defensa Legal) difundió un conjunto de audios que ponían en evidencia actos de corrupción dentro del CNM, en concreto, por parte de 3 de los 7 consejeros en función, lo que trajo consigo que el Congreso, mediante la Ley 30833[1], lo declare en emergencia por un periodo de 9 meses “con el objeto de someterlo a un proceso de reevaluación y reestructuración de su composición, objeto, funciones y estructura orgánica”, luego de haber removido a todos los consejeros de sus cargos.

Ha transcurrido ya más de un año desde que se suspendió en funciones al CNM,  y considero necesario plantear la cuestión del título del artículo, es decir, intentar determinar, de acuerdo a lo acontecido post suspensión si esta medida fue la más adecuada, o si se quiere, la menos gravosa.

II. Cuestiones que corresponde resolver

¿Qué es lo que revelaron los audios propalados por IDL en julio de 2018?

Bueno, básicamente que al menos tres de los consejeros (Iván Noguera, Guido Aguila y Julio Gutiérrez) al parecer negociaban la selección o ratificación de determinados magistrados por intereses particulares, es decir, en términos penales, traficaban influencias. Así, algunos de los nombramientos o ratificaciones realizadas en el periodo en que ejercieron funciones y en los que participaron estos tres consejeros fueron producto de un intercambio de favores entre determinado o determinados consejeros y algún funcionario de otra institución o poder del Estado o por último, un particular.

Estallado el escándalo, el presidente Martín Vizcarra, los grupos de izquierda en el parlamento y la prensa (mejor dicho, la concentración de medios), exigían  no solo que rueden las cabezas de los implicados en los audios, sino que se remueva a todos los consejeros (titulares y suplentes), y que deje de funcionar el CNM en su totalidad, al menos hasta que se cambie la forma en que se elige a sus miembros. Nótese que no incluyo a la ciudadanía entre quienes planteaban estas exigencias porque, seamos sinceros, hasta aquel momento, la mayor parte de ciudadanos no tenía idea ni de la existencia del CNM, y menos de sus funciones, sí, obviamente salieron a marchar los colectivos y ONGs de siempre, pero sería demasiado –ingenuo– decir que ellos representan a la ciudadanía.

¿Se trataba de una corrupción total del CNM? ¿Cuál era el grado de esta?

Como mencioné ya, de los catorce consejeros (entre titulares y suplentes), eran tres los que se veían implicados en el escándalo, de los cuales a la fecha solo a Julio Gutierrez se le ha dictado prisión preventiva. No existe alguna investigación y menos acusación contra algún trabajador de la institución. En cuanto a los casos concretos de nombramientos o ratificaciones negociadas estos se cuentan con las manos de los dedos. Entonces, ¿se trataba de actos de corrupción coordinados y sistemáticos, es decir, existía una organización criminal enquistada en el CNM? Al parecer no. Sí, tres consejeros no eligieron a alguno (de los cientos que eligieron o ratificaron en su periodo 2015-2018) de los postulantes por su capacidad, sino para obtener un favor, pero ¿eso equivale a decir que el CNM (como organismo) era corrupto? Pues, tampoco. En toda institución, siempre, van a existir personas que infrinjan la ley, pero ¿eso implica cuestionar la existencia o vigencia de esa institución? Creo que no.

Fue realmente triste y vergonzoso ver a congresistas que no concebían, o no podían concebir, la real importancia de la institución, y en general su dinámica, interrogando y “juzgando” a los demás consejeros, aún cuando estos no habían tenido que ver en el escándalo, e incluso a algunos pidiendo que desaparezca la institución. Los consejeros suplentes fueron sancionados (con su destitución) sin haber aún asumido funciones. Sí, inmediatamente la prensa se encargó de cuestionar su idoneidad para el cargo y sus antecedentes, pero creo que en un Estado de Derecho nadie puede ser sancionado por una acción de otro, sin haber incurrido personalmente en falta o delito alguno.

 ¿Qué llevó al presidente, prensa y Congreso a suspender en funciones al CNM?

No, la pregunta no está mal planteada. Aunque el presidente y la prensa no tomaron la decisión, sí la instigaron. Lamentablemente, tenemos un presidente que toma decisiones en base a lo que él cree que el pueblo quiere. En palabras sencillas, tenemos un presidente populista, alguien que actúa “para la tribuna”. En su “lucha frontal contra la corrupción” no cabe la ponderación, el examen de necesidad y razonabilidad de las medidas.

Si se ha comprobado que existen actos de corrupción aislados en un organismo constitucional pues no hay vuelta que darle, hay que sacar a todos. La prensa tuvo una participación muy activa también, fueron, al menos, tres semanas en las cuales todas las noticias versaban sobre el “escándalo de los audios del CNM”, bueno, todo escándalo vende. Finalmente, los grupos de izquierda se auto conciben como la reserva moral del país, y bueno debían actuar de acuerdo a este papel.

Las consecuencias

Durante el periodo de suspensión del CNM, los procesos de selección, ratificación y disciplinarios se encuentran suspendidos. Es decir, la provisionalidad de los magistrados, uno de los problemas que más afecta a la administración de justicia, no ha podido ser reducida en este tiempo. Luego, los magistrados con investigaciones fiscales, incluso los que tienen procesos penales en curso, y que estaban a punto de entrar en proceso de ratificación (evaluación de su trabajo) continúan en funciones. Finalmente, aquellos magistrados con procesos disciplinarios y propuesta de destitución, también continúan-impunemente- ejerciendo, hasta que no se instale el nuevo CNM, o mejor dicho, la Junta Nacional de Justicia.

¿Qué ha cambiado, o mejor, qué cambiará con la Junta Nacional de Justicia?

Como es de público conocimiento, en setiembre de 2018, mediante reforma constitucional, se “creó” la Junta Nacional de Justicia, la cual reemplazará al CNM y que hasta la fecha no ha iniciado funciones. En la práctica se trata del mismo organismo, ya que tiene las mismas funciones que el CNM, lo que ha cambiado-además de su nombre- es la forma de elección de sus miembros, que ya no serán representantes de diversas instituciones y la sociedad civil, como era hasta ahora, bueno desde la entrada en vigencia la constitución actual, sino juristas (sí, ahora sí solo juristas) elegidos por una comisión especial en concurso público de méritos. ¿Esto garantiza que no ocurran actos de corrupción nuevamente? Pues no, sí, el proceso de elección de los miembros del organismo es más transparente, pero no existe tal garantía, ya que como señalé, en toda institución siempre han existido y existirán personas que actúan al margen de la ley. No afirmo que no hay que sancionar o expectorar a estos malos elementos, sino todo lo contrario.

III. Conclusiones

Aunque no sea políticamente correcto, se tiene que decir: NO era necesario, conveniente ni proporcional remover a todos los integrantes del CNM, no dejar asumir a los suplentes, y menos suspender las funciones de este organismo. No se puede, o no se debe tomar medidas por presión mediática, sin medir las consecuencias.

Ninguna “lucha contra la corrupción” se debe realizar atropellando derechos e instituciones. No tengo ninguna duda que si alguno de los consejeros removidos -por actos de corrupción ajenos- lleva su caso a instancias de jurisdicción convencional se le daría la razón, y se habría sancionado al Estado peruano por esto.

Acá un dato importante, al declarar en emergencia al organismo también se ordenó terminar el contrato de más de 150 de sus trabajadores, aun cuando estos no tenían vela en ese entierro. El CNM no era Iván Noguera, Guido Aguila y Julio Gutiérrez. El CNM estaba conformado por siete consejeros y 280 trabajadores. La lógica o el sentido de tener miembros suplentes, en cualquier lugar, es que estos asuman cuando un titular se ve impedido, por la causa que fuere, de ejercer funciones, por lo que esta debió ser la salida más sensata, la opción más institucional, y que lástima que nadie, o casi nadie haya intentado defenderla.

No pasaba nada, bueno, lo que sí pasaba es que no se perjudicaba tanto a la administración de justicia. Si se removía solo a los consejeros implicados, estos eran reemplazados por sus suplentes, los consejeros concluían sus periodos, con por ejemplo, una supervisión permanente de la Contraloría General de la República y la Defensoría del Pueblo, y mientras se debatía una ley de reforma constitucional para mejorar su forma de elección, que se aplicaría para cuando concluya el periodo de los consejeros.

La causa de los actos de corrupción en que habrían (lo digo en condicional porque como mencioné solo uno tiene prisión, encima preventiva) incurrido los citados consejeros no tenía que ver con la forma en que fueron elegidos. No existe concurso público que evite al 100% el ingreso de un corrupto, porque aun cuando una persona haya tenido una carrera pública intachable ello no garantiza una posterior actuación fuera de la ley. La cura, al menos por ahora, está siendo peor que la enfermedad.


[1] Publicada el 28 de julio de 2018 en el diario oficial El Peruano.

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