Indecopi declaró fundada, en última instancia administrativa, la denuncia interpuesta en contra de la Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez por infracción del artículo 73° del Código de Protección y Defensa del Consumidor. Ello, al haber quedado acreditado que se negó indebidamente a autorizar el empastado del trabajo de investigación de una graduanda.
Asimismo, declaró la nulidad de la Resolución 1 y de la Resolución 0144-2019/INDECOPI-PUN, en el extremo que imputó y se pronunció, respectivamente, sobre el hecho que la Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez se habría negado indebidamente a autorizar el empastado de la tesis, como una presunta infracción del artículo 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor. Ello, en vista de que el referido hecho constituía una presunta infracción del deber de idoneidad en servicios educativos, tipificado en el artículo 73° del mismo cuerpo normativo.
El 22 de octubre de 2018, la denunciante sustentó su trabajo de investigación a fin de obtener el título profesional de médico cirujano, obteniendo la nota aprobatoria; posteriormente, solicitó el empastado de su trabajo de tesis, el cual se debe autorizar con la firma de los jurados; siendo ello un requisito para el trámite del título profesional.
Sin embargo, el decano de la facultad de ciencias de la salud, en su condición de presidente del jurado, se negó a autorizar el empastado de su tesis, pese haber transcurrido cinco (5) meses desde la sustentación de su tesis, bajo el argumento de que no modificó el título del mismo, lo cual no era cierto, pues ello no se consignó en el Acta de Sustentación, y, pese a cumplir con los pagos correspondientes, la falta de empastado injustificada, no le permitía obtener su título profesional de médico cirujano.
Sobre el particular, la Sala observó que, contrariamente a lo señalado por la denunciada, en el acta de sustentación no se consignó alguna observación respecto a la sustentación y/o trabajo de investigación de la señora Huanca ni alguna observación que deba ser subsanada con posterioridad a dicho acto.
Por el contrario, la Sala advirtió que la denunciante cumplió con aprobar satisfactoriamente la tesis, quedando apta para cumplir con los trámites administrativos correspondientes a fin de obtener su título profesional de médico cirujano.
En atención a ello, la obligación de probar que la falta de empastado del trabajo de investigación de la denunciante obedecía a las observaciones realizadas por el presidente del jurado recaía en la Universidad. No obstante, al no obrar medio probatorio alguno al respecto, la Sala procedió a confirmar la responsabilidad de la Universidad.
Fundamento destacado: 22. De los documentos analizados, se colige que contrariamente a lo señalado por la Universidad, en el Acta de Sustentación no se consignó alguna observación respecto a la sustentación y/o trabajo de investigación de la señora Huanca ni alguna observación que deba ser subsanada con posterioridad a dicho acto; por el contrario, se advierte que la denunciante cumplió con aprobar satisfactoriamente la misma, quedando apta para cumplir con los trámites administrativos correspondientes a fin de obtener su título profesional de médico cirujano.
24. En atención a ello, la obligación de probar que la falta de empastado del trabajo de investigación de la denunciante obedecía a las observaciones realizadas por el presidente del jurado recaía en la Universidad. No obstante, no obra medio probatorio alguno al respecto.
RESOLUCIÓN 0303-2020/SPC- INDECOPI
EXPEDIENTE 0007-2019/INDECOPI-PUN
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI DE PUNO
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : IVONNE HUANCA PAUCAR DENUNCIADA : UNIVERSIDAD ANDINA NÉSTOR CÁCERES VELÁSQUEZ
MATERIAS : NULIDAD DEBER DE IDONEIDAD
ACTIVIDAD : EDUCACIÓN SUPERIOR
SUMILLA: Se declara la nulidad de la Resolución 1 y de la Resolución 0144- 2019/INDECOPI-PUN, en el extremo que imputó y se pronunció, respectivamente, sobre el hecho que la Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez se habría negado indebidamente a autorizar el empastado de la tesis de la señora Ivonne Huanca Paucar, como una presunta infracción del artículo 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor. Ello, en vista de que el referido hecho constituía una presunta infracción del deber de idoneidad en servicios educativos, tipificado en el artículo 73° del mismo cuerpo normativo. En vía de integración se declara fundada la denuncia interpuesta en contra de la Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez por infracción del artículo 73° del Código de Protección y Defensa del Consumidor. Ello, al haber quedado acreditado que se negó indebidamente a autorizar el empastado del trabajo de investigación de la señora Ivonne Huanca Paucar.
SANCIÓN: 5 UIT
Lima, 29 de enero de 2020
ANTECEDENTES
1. Mediante escrito del 4 de abril de 2019, la señora Ivonne Huanca Paucar (en adelante, la señora Huanca), denuncióante la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Puno (en adelante, la Comisión) a la Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez (en adelante, la Universidad), por presuntas infracciones de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, el Código), en atención a los siguientes hechos:
(i) El 22 de octubre de 2018, sustentó su trabajo de investigación a fin de obtener el título profesional de médico cirujano, obteniendo la nota aprobatoria;
[Continúa…]
Descargue en PDF la resolución

![Curso modelo de preparación para el examen PROFA [GRATUITO]. Inicio: 23 DIC](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-DEL-CURSO-PREPARACION-PARA-EL-EXAMEN-PROFA-218x150.jpg)

![PJ rechaza excepción de prescripción de Víctor Polay y otros porque la Ley 32107 es incompatible con la Constitución [Expediente 00380-2023-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/Victor-Polay-Campos-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[Nuevo criterio] TC: Ley penitenciaria aplicable es la vigente al momento en que la condena quedó firme [Exp. 04235-2023-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-1-LPDerecho-218x150.png)
![Hurto y robo agravado: El término «casa habitada» abarca a viviendas esporádicas, aunque no estén presentes en el momento de los hechos; no incluye espacios públicos o privados, ni negocios o comercios [Pleno Jurisdiccional Distrital Penal y Procesal Penal de Madre de Dios, 2014, tema 2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/08/Robo-telefono-LPDerecho-218x150.png)
![Negligencia en el ofrecimiento probatorio no es subsanable en juicio oral: defensa, al presentar su escrito de absolución de cargos, olvidó adjuntar los anexos que eran la prueba relevante de descargo [Apelación 143-2024, Cañete, ff. jj. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ESPOSAS-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)













![[VIVO] Clase modelo sobre las 10 sentencias laborales más relevantes del 2025. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/INTERMEDIACION-DANTE-BOTTON-GIRON-LPDERECHO1-218x150.jpg)


![TC: Restricción para contratar con el Estado por razón de parentesco no puede aplicarse de manera general a todas las entidades públicas; el impedimento solo aplica a la entidad donde el funcionario tiene influencia [Exp. 02545-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)


![Multan a Win por publicidad engañosa al afirmar que ofrece el internet «más rápido del mercado» con «la mejor conexión que nunca se cae» [Res. 233-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)





![Multan a Win por publicidad engañosa al afirmar que ofrece el internet «más rápido del mercado» con «la mejor conexión que nunca se cae» [Res. 233-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-324x160.jpg)


![Aprueban nuevos montos de la remuneración consolidada del personal militar y policial [Decreto Supremo 292-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/06/POLICIAS-MILITARES-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)




![[VIVO] Clase modelo sobre requisitos para adquirir por prescripción. Llena el formulario para recibir las diapositivas.](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/INTERMEDIACION-JULIO-POZO-SANCHEZ-LPDERECHO-1-100x70.jpg)
![Multan a Win por publicidad engañosa al afirmar que ofrece el internet «más rápido del mercado» con «la mejor conexión que nunca se cae» [Res. 233-2025/CCD-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/indecopi-exterior-10-anos-LPDerecho-100x70.jpg)

