Es complicado narrar una historia de amor, no se sabe cómo empezar. Pero una anécdota importante es un buen punto de inicio. Un acento que ya no escuchas o un acento que ya se fue. Me arrepiento de no haberla buscando luego, hubo mucha química y olvidé cuánto esa noche significó para mí.
Pero, bueno, las cosas suceden sin avisar, como en el Congreso Multidisciplinario que LP organizó en Tarapoto. Teníamos mucho en común a pesar de que ella seguía en la universidad y yo hace rato que había terminado. Pasamos esas primeras horas del evento pensando que todos eran tontos y nosotros no. Esnobismo jurídico, le dicen.
Recuerdo que conseguí entradas para la fiesta de clausura del evento y ahí fue nuestro primer beso. A pesar de lo linda que era, rarísimo, esos ósculos no tenían una carga de sexo o placer cuando sucedían.
Luego nos encontramos con otros amigos que también habían ido al congreso. Andábamos en grupo, relajadísimos, pensando en el clic que estábamos teniendo. A pesar de todo, nunca le dije para estar porque pensé que yo al ser de Lima y ella de Tarapoto no lograríamos formalizar. Pensé que todo empezó así, y así debería de terminar. Me dijo que no se destruiría todo si lo intentábamos. Ella no entendió o quizás yo no entendí. Decidió ignorarme, ghostearme, portarse muy mal. Horrible, yo casi me muero…
Pero bueno, la vida es así. Un amor de una noche en Tarapoto. El beso de despedida es el final de cualquier película, de cualquier libro. Bueno, yo estaba recién en la mitad de mi Código Penal LP.
Desubicado y con demasiados desórdenes. Decidí cambiar y estabilizar mi vida. Por primera vez decirle a alguien. No sé, o sea, ¿quieres ir a un evento de LP conmigo?
Tenía yo una buena amiga que alguna vez me echó de un congreso por cosas que no puedo contar. Me acordé de ella, de que estaba guapa y en el fondo me gustó esa reacción. Decidí ir a verla, conquistarla, como si nada. Iba a ser complicado, pero lo logré. Jamás esperé romperle el corazón a la chica de la que les conté al principio. Ella se distanció aún más, de vez en cuando mandaba cecina y aguaymanto a mis amigos. Cartas preguntando por mí, pero yo siempre guardé silencio.
Con mi nueva chica tuvimos una larga felicidad de tres meses. Fue lindo, hubo un tour del Código Penal LP por el interior del país, me iba bien en el trabajo. Era espectacular todo. Me sentía realizado. Sin embargo, mi abuelo murió, mi Código Penal LP se desactualizó. Y el desorden y la confusión regresaron. Me enamoré de nuevo y, bueno, se acabó de nuevo todo.
Ahora estoy tranquilo y feliz, y cogí el teléfono hace poco. Quería saber qué fue de la chica de la que hablé al principio de esta carta. Y encontré el Instagram de su hermana, que estaba llevando una maestría en Lima. Le dije: «Hey, soy un amigo de Jimena, ¿te habló de mí? ¿Qué fue de ella?» Ella me dijo: «¿Cómo?, ¿no sabes? Ella se casó».
Conoció a un ingeniero en Tarapoto. Quedé consternado una vez más. Completamente arrancado de mi presente. Nunca me despedí de ella, nunca le pregunté si quiso retomar lo que tuvimos. Ahora tengo clara la noción del amor y la pérdida, aunque todo pasó en un congreso, en un lejano pasado.
Esta lección ya no es para mí, amigos abogados. Digan adiós si hay que hacerlo. Cierren su historia de amor. Terminen su tesis.
![Aunque las declaraciones previas conservan su valor probatorio, si el contenido no contribuye a esclarecer los hechos, juez debe agotar los mecanismos disponibles —como la notificación al domicilio Reniec y otros que haya proporcionado y, de ser necesario, la conducción compulsiva— para que los testigos comparezcan y aclaren la información brindada [RN 1260-2023, Puno ff. jj. 7.8, 7.10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-MAZO-ESPOSAS2-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Absuelven de violación sexual a sujeto acusado de introducir su dedo en el ano de la agraviada, cuando ejercía su oficio de curandero (conducta neutral), al intentar sanar un hueso de la columna que se le había movido según el resultado de la «limpia con cuy» practicado momentos antes [Exp. 49-2020-35]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/CURANDERO-PASANDO-CUY-DOC-LPDERECHO-218x150.jpg)

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![No se requiere que el fiscal postule expresamente la prueba indiciaria, porque es un método de razonamiento probatorio que puede ser empleado por el juez, siempre que derive de hechos acreditados y se debata en el juicio oral [Apelación 278-2024, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)











![Indecopi: Inmobiliaria debe probar que el porcentaje pactado como penalidad correspondió al efectivo perjuicio por la frustración de la venta (cláusula penal abusiva) [Cas. 15070-2018, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El trabajador de dirección lleva implícita la calificación de confianza [Cas. Lab. 32954-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/contratacion-irregular-de-un-trabajador-LPDERECHO-218x150.jpg)
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![TC: Entidades jurisdiccionales están obligadas únicamente a emitir y/o entregar información (en caso se solicite) o a facilitar la ruta de acceso a la información indicada respecto de dicha función (doctrina jurisprudencial vinculante) [Exp. 02506-2022]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tribunal-constitucional-tc-precedente-LPDerecho-218x150.png)
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![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








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![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Aunque las declaraciones previas conservan su valor probatorio, si el contenido no contribuye a esclarecer los hechos, juez debe agotar los mecanismos disponibles —como la notificación al domicilio Reniec y otros que haya proporcionado y, de ser necesario, la conducción compulsiva— para que los testigos comparezcan y aclaren la información brindada [RN 1260-2023, Puno ff. jj. 7.8, 7.10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-MAZO-ESPOSAS2-LPDERECHO-324x160.jpg)



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