Compartimos una buena noticia, queridos colegas. RZ Editores acaba de publicar el libro titulado El retiro de la acusación en la etapa intermedia y otros aspectos problemáticos del control de la acusación del autor Ángel Gómez Vargas, juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción de Huánuco.

Luego de 20 años de experiencia en el Poder Judicial, el magistrado Gómez Vargas plantea, desde la práctica, interesantes problemas jurídicos en los que no se suele reparar desde la academia.
A continuación compartimos las palabras inaugurales del autor para que se hagan una idea de lo que trae el libro.
El trabajo que se pone a consideración de la comunidad jurídica, nace de mi experiencia como juez del nuevo proceso penal: investigación preparatoria, unipersonal, colegiado y de procesos inmediatos. Por ello, se encuentra escrito desde el ámbito práctico, que considero la diferencia de otros tratados que se han escrito sobre la etapa intermedia.
En la primera parte, se analiza sobre el retiro de la acusación en la etapa intermedia y otros aspectos problemáticos del control de la acusación, como la imputación de los hechos, la calificación jurídica, formas de intervención o participación, la reparación civil y los medios de prueba que se ofrecen para el juicio oral: i) se ofrece la pericia y no al órgano de prueba; ii) se omite preciar sobre qué puntos va declarar los testigos; iii) se omite indicar el aporte a obtener con la declaración testimonial y precisar sobre su pertinencia, conducencia y utilidad; y iv) se ofrece una prueba que no fue incorporada en la investigación preparatoria. También, se analiza respecto a las veces que debe devolverse la acusación a la fiscalía para que subsane los defectos formales y, si procede conceder un nuevo plazo al defensor público para que absuelva la acusación por defensa necesaria.
Otro tópico que se analiza, es el vacío legal que existe en la etapa intermedia para resolver las acusaciones directas que no cumplen los presupuestos legales: los elementos de convicción no acreditan suficientemente la realidad del delito o se realizaron vulnerándose derechos fundamentales del investigado (derecho de ser asistido por un abogado defensor desde los actos iniciales). O cuando se presenta la acusación afectándose el principio de unidad de la investigación (se acusa directamente por agresión física contra la mujer, pero se continúa la investigación por agresión psicológica), o cuando se presenta acusación directa por hechos desaprobados en el proceso inmediato.
En la segunda parte, se anexan directivas de la Fiscalía de la Nación, acuerdos plenarios, recursos de nulidad y casaciones que tienen relación con la etapa intermedia; precisando que algunos acuerdos plenarios, recursos de nulidad y casaciones se han anexado para determinar correctamente la calificación jurídica.

![Mientras no se use IA y se siga dejando al control manual, la revisión de oficio de la prisión preventiva quedará relegada a una buena intención [Apelación 18-2024, Corte Suprema, f. j. 16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)

![No se requiere lesiones concretas en partes específicas del cuerpo para configurar la violencia física del delito de robo [RN 485-2025, Lima, f. j. 6.7] PALACIO DE JUSTICIA-INTERIORES-1](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/01/PALACIO-DE-JUSTICIA-INTERIORES-1-218x150.jpg)
![TC: No se suspende el cómputo del plazo de prescripción por la tramitación del procedimiento contencioso tributario o de la demanda contencioso administrativa, cuando se declare la nulidad de los actos administrativos o del procedimiento llevado a cabo para la emisión de dichos actos [Expediente 04068-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![TC declara improcedente hábeas corpus de Castillo porque «no impugnó el auto de enjuiciamiento cuando sí podía hacerlo» [Exp. 04857-2025-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/10/pedro-castillo-banner-LPDerecho-218x150.jpg)
![Confirman que Melissa Klug deberá pagar $300 000 a Jefferson Farfán por hacer comentarios sobre su vida sentimental y familiar en tres entrevistas, incumpliendo la cláusula de confidencialidad acordada en una transacción extrajudicial; sin embargo, no tendrá que pagar $40 000 por las declaraciones de Tilsa Lozano y Evelyn Vela, ya que, aunque también se había acordado la obligación de pedir a terceros que se abstuvieran de referirse a alguno de los dos, esto se circunscribe a comentarios relacionados con lo acontecido cuando eran pareja [Exp. 132-2020-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/melisa-l%C2%BFklug-y-jerfferson-farfan-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![Municipio solo deberá pagar S/360 000 por daño moral y psicológico a padres y hermanas de niño de 12 años que murió cuatro días después de caerse de un tobogán que se encontraba en mal estado y sobrepasaba la altura de 1.5 m permitida para juegos infantiles; sin embargo, ya no deberá pagar S/650 000 ordenados en primera instancia por daños (biológico, moral y por pérdida de la oportunidad de elegir un proyecto de vida) generados al menor, pues, al fallecer sin haberse ejercido la acción indemnizatoria, no pudo transmitir su derecho a sus sucesores [Exp. 02800-2021-0-2501-JR-CI-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[VIVO] Clase modelo sobre indignidad y desheredación. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/POST-CLASE-MODELO-ALDO-SANTOME-SANCHEZ-LPDERECHO-218x150.png)
![El trabajador que solicita la nulidad del despido no se encuentra liberado de su carga probatoria, sino que tiene la obligación de aportar indicios razonables del despido [Casación Laboral 18431-2023, Cajamarca]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)

![La indemnización por daños y perjuicios ocasionados por un despido incausado, no puede equiparse a las remuneraciones que se dejaron de percibir por esta causa de despido [Casación 18589-2023, Del Santa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-desconcierto-trabajador-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)



![Designan a Arturo Antonio Giles Ferrer nuevo director académico de la AMAG [Res. 000003-2026-AMAG/CD]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Arturo-Antonio-Giles-Ferrer-LPDerecho-218x150.jpg)

![Reglamento del Sistema de Notificaciones Jurisdiccionales del Tribunal Constitucional [RA 009-2026-P/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-2-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)




![[VIVO] Clase modelo sobre prueba nueva en juicio. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/CLASE-MODELO-JUAN-ORTIZ-BENITES-BANNER-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)

![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Nombre del año 2026: Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia [Decreto Supremo 011-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/palacio-gobierno-1-LPDerecho-100x70.png)

![TC: No se suspende el cómputo del plazo de prescripción por la tramitación del procedimiento contencioso tributario o de la demanda contencioso administrativa, cuando se declare la nulidad de los actos administrativos o del procedimiento llevado a cabo para la emisión de dichos actos [Expediente 04068-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-324x160.jpg)

![Mientras no se use IA y se siga dejando al control manual, la revisión de oficio de la prisión preventiva quedará relegada a una buena intención [Apelación 18-2024, Corte Suprema, f. j. 16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-100x70.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![TC: No se suspende el cómputo del plazo de prescripción por la tramitación del procedimiento contencioso tributario o de la demanda contencioso administrativa, cuando se declare la nulidad de los actos administrativos o del procedimiento llevado a cabo para la emisión de dichos actos [Expediente 04068-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-100x70.jpg)
![[VÍDEO] Juez suspende pago de reparaciones civiles en diciembre (Navidad) y febrero (campaña escolar) para no perjudicar a hijos](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/04/Walther-Huayllani-Choquepuma-LP-DERECHO-324x160.jpg)