Los abogados, siempre impecables con sus ternos y corbatas, deben conocer las resoluciones del Indecopi contra lavanderías y otros proveedores de servicios que podrían afectar la calidad sus prendas.
Estos criterios podrían salvarle el día a cualquier abogado. Para un sector de abogados, la apariencia cuenta, y el cuidado de sus ternos y corbatas no es un asunto menor.
LP Pasión por el Derecho recopiló 8 resoluciones del Indecopi, entre multas, amonestaciones, conciliaciones y archivos definitivos.
La corbata arrugada (2013)
En 2013, el Indecopi multó con 1110 soles (0.30 UIT) a una lavandería y tintorería por entregarle al cliente una corbata arrugada y con bultos al no haberla lavado correctamente.
RESOLUCIÓN
(…)
CUARTO: sancionar al señor Alberto Mario Agreda León con una multa de 0,30 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), (…)
El Indecopi confirmó que la lavandería le generó un perjuicio al cliente al no haberle entregado su corbata en buen estado, por el contrario, le obligó a realizar gastos innecesarios como el tener que acudir ante el Indecopi.
La entidad determinó que la lavandería infringió el artículo 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor (deber de idoneidad).
Artículo 19.- Obligación de los proveedores
El proveedor responde por la idoneidad y calidad de los productos y servicios ofrecidos (…)
Lea más: Resolución Final No 346-2013/PS3
El bolsillo descosido (2013)
Ese mismo año, el Indecopi amonestó a «Tiendas Él» por vender un terno defectuoso e infringir el artículo 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
El Indecopi corroboró que la empresa le entregó al cliente un terno con el bolsillo arrugado y torcido, lo que permitió que el bolsillo se haya descocido.
DECISIÓN
(…)
SEGUNDO: ordenar a El S.A. como medida correctiva que en el plazo de cinco (5) días hábiles luego de notificada la presente resolución, cumpla con devolver al denunciante los S/. 379,90 (Trescientos setenta y nueve con 90/100 Nuevos Soles) que pagó por el terno.
El Indecopi concluyó que el terno no cumplió con las expectativas del cliente pese a las composturas y estableció que la empresa le devuelva al cliente los 379,90 soles que pagó por el terno, además de las costas del procedimiento.
Lea más: Resolución Final 0047-2013/PS0-INDECOPI-CAJ
El terno sin entallar (2014)
El Indecopi multó con 2280 soles (0.60 UIT) a «Adams» por no entregar a tiempo un terno a la medida del cliente. Cuando lo entregaron, el terno no se ajustaba a las medidas del cliente e infringir el artículo 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
RESOLUCIÓN
PRIMERO: declarar fundada la denuncia presentada por Constructora e Inmobiliaria El Reintegro E.I.R.L. contra Adams S.A., por infracción del artículo 19o de la Ley No 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, sancionándola con una multa de 0,60 Unidades Impositivas Tributarias.
El Indecopi determinó que «Adams» ocasionó un perjuicio al consumidor, ya que no entalló el terno con las medidas del usuario. El cliente no pudo contar con su traje para asistir bien vestido a su evento social.
Sin embargo, como «Adams» le ofreció la devolución del importe del terno, el Indecopi lo consideró como un atenuante para reducir la multa de 1.30 UIT a 0.60 UIT.
Lea más: Resolución Final No 0445-2014/PS3
La promoción ilimitada de camisas y ternos (2014)
Ese mismo año, el Indecopi multó con 7600 soles (2 UIT) a «Tiendas Él» por omitir la vigencia y cantidad mínima de unidades disponibles de sus productos en una promoción.
DECISIÓN DE LA COMISIÓN
SEGUNDO: sancionar a El S.A. con una multa de dos (2) Unidades Impositivas Tributarias (…)
El anuncio de la tienda hacía referencia a las siguientes promociones:
- S/. 299.90 en terno + camisa + zapatos
- 3 X S/. 109.90 en camisa y polos
- 35% de descuento en el segundo terno
- 2 x 1 en artículos variados
El Indecopi concluyó que «Tiendas Él» vulneró el artículo 14.1 del Código de Protección y Defensa del Consumidor al no especificar la duración y la cantidad mínima de unidades disponibles de los productos ofrecidos.
Artículo 14.- Publicidad de promociones
14.1 La publicidad de promociones de ventas debe consignar, en cada uno de los anuncios que la conforman, la indicación clara de su duración y la cantidad mínima de unidades disponibles de productos ofrecidos. (…)
Por ello, el Indecopi declaró fundada la imputación por la infracción al artículo 17.1 de la Ley de Represión de la Competencia Desleal en su contra.
Artículo 17.- Actos contra el principio de legalidad
17.1.- Consisten en la difusión de publicidad que no respete las normas imperativas del ordenamiento jurídico que se aplican a la actividad publicitaria.
Conciliaron por un terno manchado de comida (2014)
En 2014, un cliente denunció ante Indecopi la venta de un terno con manchas de comida por un monto de 150 soles. El Indecopi dio por finalizado el procedimiento debido a que ambas partes conciliaron y el consumidor se desistiera de su denuncia.
RESUELVE:
PRIMERO: Dar por finalizado el procedimiento seguido por el señor Esteban Araujo Santos en contra del señor Bernardo Germán Santos Cabrera en atención al acuerdo conciliatorio suscrito por las partes.
Según el acuerdo suscrito, el vendedor se comprometió en entregar el monto de 186 soles al denunciante. A causa de ello, el Indecopi concluyó el procedimiento y ordenó el archivo del expediente.
Lea más: Resolución Final No 1528-2014/PS3
El pantalón de terno que no fue devuelto (2016)
El Indecopi amonestó a una lavandería por no haberle devuelto al cliente su pantalón de vestir.
La lavandería infringió el artículo 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor sobre el deber de idoneidad.
RESOLUCIÓN
PRIMERO: Sancionar a la señora Velinda Luz Visso Toledo con una amonestación por haber incurrido en infracción a lo establecido en el artículo 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, al haberse acreditado durante el procedimiento que no cumplió con devolver el pantalón que dejó el señor Marco Andrei Torres Maldonado por el servicio de lavandería.
El Indecopi confirmó que la lavandería le produjo un daño al cliente, pues extraviaron su pantalón.
En consecuencia, el Indecopi ordenó que la lavandería le devuelva la prenda o el monto de la prenda (medida correctiva).
RESOLUCIÓN
(…)
SEGUNDO: Ordenar a la señora Velinda Luz Visso Toledo cumpla como medida correctiva lo siguiente:
– Cumpla con devolver al señor Marco Andrei Torres Maldonado el terno materia del presente procedimiento o entregar al señor Torres la suma de S/. 349,99 correspondiente al monto pagado por la prenda de vestir (…).
– De no ser posible con devolver al consumidor el terno materia del presente procedimiento, cumpla, adicionalmente, con devolver al señor Marco Andrei Torres Maldonado suma de S/. 15,00 correspondiente al monto pagado por el servicio de lavandería (…).
Lea más: Resolución Final No 0001-2016/PS3
El terno que nunca existió para el Indecopi (2018)
En 2018, el Indecopi archivó un procedimiento contra una lavandería que fue denunciada por haber devuelto un terno diferente al encargado por la clienta. Así lo estableció la Resolución Final 770-2017/PS3.
SE RESUELVE:
PRIMERO: Confirmar la Resolución Final N° 770-2017/PS3 del 2 de agosto de 2017 (…) que resolvió archivar el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Lavandería Caminos del Inca S.A., por presunta infracción al artículo 19° de la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (…)
El Indecopi determinó que el cliente no pudo demostrar que dejó en la lavandería un terno Pal Zileri. La entidad archivó el caso.
Lea más: Resolución Final No 45-2018/CC2
El terno no confeccionado (2018)
La Resolución del Indecopi 1570-2018/PS3 estableció una multa de 1660 soles (0.40 UIT) contra los responsables de incumplir la confección y entrega de un terno.
RESOLUCIÓN
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SEXTO: Sancionar al señor Paolo César Durand Cárdenas con 0,40 Unidades Impositivas Tributarias por haber incurrido en infracción a lo establecido en el artículo 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, toda vez que se verificó que no cumplió con entregar un terno encargado por el señor Juan Arturo Huasasquiche Guisazola para su confección el 9 de febrero de 2018.
El Indecopi determinó que Paolo Durand cometió una infracción al no entregar un terno en la fecha acordada con el cliente.
La entidad corroboró que no es la primera vez que el señor Durand comete este tipo de infracciones. Ese mismo año fue multado con 830 soles (0.20 UIT) por un caso similar.
A razón de ello, el Indecopi multó a Durand por infringir el artículo 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor. Asimismo, el Indecopi le ordenó a Durand devolver los 700 soles pagados por el cliente para la confección de su terno.
Lea más: Resolución Final N° 1570-2018/PS3