Tras la denuncia interpuesta en setiembre de 2021 por el docente Juan Manuel Sosa Sacio, el exmagistrado Eloy Espinosa-Saldaña fue sancionado por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) por haber cometido plagio, suspendiéndolo de sus funciones docentes por dos semestres académicos. Sin embargo, el contenido de la resolución de la PUCP fue mantenido en reserva.
Hoy el portal La Factoría difundió la Resolución 03-2022/CDD-PUCP, del 12 de mayo de 2022, emitida por la Comisión Disciplinaria para Docentes y Predocentes, que determinó que el exmagistrado del Tribunal Constitucional Eloy Espinosa-Saldaña cometió plagio, apropiándose de varios párrafos del trabajo del profesor Sosa, con la intención de hacer pasar como propios.
La Comisión Disciplinaria, que contó con un peritaje internacional externo y realizó un análisis párrafo por párrafo del texto plagiado (ver gráficos en la resolución que comparan texto original y el plagiado), precisa que “las publicaciones del docente investigado incluyen un aparente parafraseado y citas indebidamente elaboradas, creando el escenario para que el lector presuma que se encuentra ante una creación del autor del artículo, cuando en realidad estamos ante elementos que pertenecen a una obra elaborada por otra persona. De esa manera, la forma cómo se presenta el plagio, por ejemplo, con el orden de las frases o palabras parafraseadas o copiadas y la estructura del artículo, hace presumir razonablemente que se ha querido atribuir la autoría de parte de la obra de otra persona, de la tesis del docente Sosa”.
Además, la resolución descarta expresamente que las supuestas correcciones o rectificaciones realizadas a través de su cuenta de Facebook o de su página web “Derecho y Debate” sean tales, pues no cumplen con reconocer la autoría de la obra del docente Sosa y porque siguen haciendo creer que los trabajos fueron realizados por Espinosa-Saldaña.
La resolución indica que “Considerando todos los elementos expuestos, la Comisión considera que los graves actos de plagio acreditados en el presente procedimiento podrían merecer la máxima sanción disciplinaria permitida por nuestro Reglamento Unificado; esto es, la expulsión del docente”.
No obstante ello, pese a la gravedad de la falta fue establecida contundentemente en más de sesenta páginas, finalmente el Comité Disciplinario le redujo la sanción a una suspensión de solo dos semestres académicos, tomando en cuenta su estado de salud que “le habría imposibilitado realizar una revisión profunda de los artículos materia de investigación, antes de su publicación” y a que si bien las supuestas correcciones que realizó no sirvieron en absoluto, “Pese a ello, se advierte que el docente adoptó voluntariamente medidas para tratar de mitigar las consecuencias de la falta, incluso aunque las mismas no resultasen adecuadas”.
Ante esto último, el profesor Juan Manuel Sosa, víctima del plagio, opinó que “aunque desde el principio he sido comprensivo con su situación de salud, como académico y profesor es una gran decepción que, a pesar del plagio escandaloso que se encontró, se haya decidido darle una sanción tan benigna. Luego de una resolución tan contundente y tan vergonzante para quien cometió el plagio, no imagino realmente cómo un profesor pueda presentarse ante los alumnos y hablarles sobre investigación, o evaluar sus trabajos académicos”.
Agregó que “no puede ser un atenuante que no haya “revisado bien” los textos plagiados, pues la propia universidad esclareció que no se trató de un problema de “falta de citas”, sino que existió la intención deliberada de hacer pasar como suyas mis ideas, expresadas en mi tesis” y que “tampoco resulta en absoluto aceptable que se haya valorado favorablemente las supuestas correcciones que hizo para eludir sus responsabilidad, luego de que fuera denunciado, pues el propio Comité consideró que ello fue completamente inútil para rectificar la infracción cometida. Por sobre todo, es una pésima señal para los estudiantes”.
Medida cautelar por mal estado salud y mal estado financiero
El exmagistrado presentó ante el Primer Juzgado Constitucional de Lima, a cargo de la jueza Milagros Marilyn Grajeda Bashualdo, una demanda de amparo en la que solo cuestionó la sanción que se le impuso, pero no el plagio que encontró la universidad. Al respecto, el docente Juan Manuel Sosa indicó que “tomando en cuenta que la resolución es contundente, y que no deja ningún margen de duda sobre lo grotesco del plagio y la intención de Espinosa-Saldaña de querer apropiarse de mi investigación, hubiera sido infructuoso que intentara cuestionar jurídicamente la decisión”. Consideró que, debido a lo anterior, ahora “viene usando activamente sus redes sociales y a sus contactos en la prensa para distorsionar lo ocurrido y buscar quedar impune”.
Como se sabe, la sanción de la universidad recientemente fue suspendida, gracias a una medida cautelar concedida por el Poder Judicial. La jueza Grajeda Bashualdo, tomando en cuenta las alegaciones de Espinosa-Saldaña sobre su estado de salud y la necesidad de contar con su remuneración como docente, decidió como medida provisional que se permita dictar mientras resuelve la demanda de amparo.
¿Qué dice exactamente la resolución judicial que suspendió la sanción impuesta al exmagistrado?
La decisión judicial ordena que, de manera provisional, se le asigne labores docentes debido a su estado de salud y por sus apremios económicos. Valga apuntar que la resolución no se pronuncia sobre el tema del plagio o sobre la validez de la decisión tomada por la universidad, como lo ha precisado la propia Secretaría Técnica de Procedimientos Disciplinarios PUCP, a través de un comunicado dirigido a la opinión pública.
Para acceder a la resolución clic aquí.
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