El reconocido abogado penalista James Reátegui Sánchez, doctor por la Universidad de Buenos Aires, expuso en la Corte Superior de Justicia de Lima, sobre la la relación entre la teoría del delito y la teoría del caso.
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El Dr. Reátegui consideró que se debe establecer ciertos «grados de mixtura y relevancia» en un contexto donde se ha minimizado la teoría del delito en el sistema acusatorio adversarial. «Algunos pretenden decir que la teoría del caso no tiene casi ningún valor en el proceso penal. Inclusive Alberto Binder ha tratado de perfilar esa posición en torno al proceso penal, con respecto a la dogmática penal», criticó el profesor Reátegui.
«Sin embargo habría que decir lo siguiente: que el proceso penal peruano hay varias zonas en las cuales la teoría del delito tiene una especial relevancia. Por ejemplo, cuando el fiscal de investigación preparatoria pone de plano archivar la denuncia de parte, siempre y cuando el hecho no constituya delito y por lo tanto necesitamos saber qué cosa es delito, ahí tenemos la teoría del delito».
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«En otras partes del proceso penal, por ejemplo, cuando el fiscal de investigación preparatoria puede archivar la continuación y formalización de la investigación preparatoria tendría que saber qué es teoría del delito. Por lo tanto, allí su nivel de relevancia es prácticamente indudable».


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