«Existen países que no tienen ejército, pero no los hay sin jueces». Reflexiones sobre la justicia de Domingo García Rada

Artículo publicado en el libro Memorias de un Juez de Domingo García Rada, Ed. Andina, N° 1.

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Domingo García Rada (1912-1994) en su libro Memorias de un juez (1978) recoge el testimonio documentado de su paso por la magistratura. Lúcido y solvente, García Rada se adentra al drama de la magistratura, a la corrupción, a las presiones que soporta, y a través de ella analiza el problema de la justicia peruana. Es de lamentar que estos problemas continúen vigentes, y al leerlo parece describir una realidad que no nos es ajena.

De muchas cosas puede prescindir el estado moderno; de lo que no puede privarse, es de la judicatura. Existen países que no tienen ejército, pero no los hay sin jueces. Si los suprimimos volvemos a la ley de la selva, regresamos a la justicia por mano propia. Retrocedemos miles de años de civilización.

Compartimos un breve extracto, para motivarlos a buscar el libro.


Reflexiones sobre la justicia

Cuenta el profesor Alfredo Colmo, ilustre civilista argentino, que a fines del siglo pasado fue a Alemania y quiso visitar al Principe Otto von Bismarck, Canciller del Imperio recién fundado. Le fue concedida la entrevista y la primera pregunta que le hizo el celebre político fue “¿Cómo anda la justicia en vuestro país?”. Era lo único que le interesaba saber sobre Argentina, pues enterado de la marcha de la administración de justicia, conocía lo demás.

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Bolívar cuyo genio político es indiscutible, en el Preámbulo de la Constitución Vitalicia dice:

La verdadera constitución liberal está en los códigos civiles y criminales, y la más terrible tiranía la ejercen los tribunales por el tremendo instrumento de las leyes. De ordinario el Ejecutivo no es más que el depositario de la cosa pública; pero los tribunales son los árbitros de las cosas propias de los individuos. El Poder Judicial contiene la medida del bien o del mal de los ciudadanos y si hay justicia en la República, es distribuida por este Poder.

En el Estatuto Provisorio de 1821, San Martín expresa:

Mientras existan enemigos en el país y hasta que el pueblo se forme las primeras nociones de gobierno por si mismo, yo administraré el poder directivo del Estado, cuyas atribuciones sin ser las mismas, son análogas a las del Poder Legislativo y Ejecutivo. Pero me abstendré de mezclarme jamás en el solemne ejercicio de las funciones judiciales, porque su independencia es la única y verdadera salvaguardia de la libertad del pueblo.

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Como función del Estado es la más alta y augusta. El magistrado tiene en sus manos la suerte de un patrimonio, el honor de una familia o la vida de un individuo, es decir, la suma de poderes, facultades de tanta importancia para el ser humanos que ni el mismo Jefe del Estado las posee. Podrán los políticos manejar los grandes intereses del país, los legisladores dar las leyes que enrumben a la nación, pero queda a los jueces procurar la felicidad del pueblo.

Los jueces honestos y sabios aseguran la paz social y los individuos pueden estar tranquilos sabiendo que en caso de conflicto con particulares o de abuso del poder público, tienen quién defienda y ampare sus derechos.

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He relatado la escena del molinero de Postdam, que, ante la prepotencia del rey prusiano, tenia una defensa, el juez de Berlín.

De muchas cosas puede prescindir el estado moderno; de lo que no puede privarse, es de la judicatura. Existen países que no tienen ejército, pero no los hay sin jueces. Si los suprimimos volvemos a la ley de la selva, regresamos a la justicia por mano propia. Retrocedemos miles de años de civilización.

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Antes de 1969, el Perú tenía jueces buenos y malos y eso en todas las instancias. Entre estos últimos los había incompetentes, ignorantes y venales; siempre los ha habido y los habrá. Pero por su escaso número no imprimían tónica de deshonestidad a la administración de justicia. Como eran los menos, los abogados los conocían y podían precaverse de ellos; nosotros, los jueces, sabíamos cuando tenían interés en un asunto, caso en el cual lo examinábamos con mas cuidado. En tales condiciones el daño que podían era poco o nulo.

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En diciembre de 1969 la situación cambió radicalmente. Velasco no se limitó a colocar a sus amigos en las vocalías sino que quiso dominar íntegramente a la Corte Suprema cambiando a su personal, y al Poder Judicial por intermedio del Consejo Nacional de Justicia, que le prestó. inapreciable ayuda en su labor destructora de la autonomía judicial.

Triunfalista, dijo en el Cuzco que con el nueve organismo, el Perú tendría jueces honestos que no debían su cargo al poder político y esa era la verdadera independencia del Poder Judicial. Me pregunto: si todos los nombramientos son hechos por un organismo en el cual el Ejecutivo tiene mayoría absoluta, ¿puede decirse que ha desaparecido la injerencia del poder político? En tales condiciones, es irrisorio afirmar que el Poder Judicial ha alcanzado independencia en su conformación, siendo así que es todo lo contrario.

En libros, conversaciones y publicaciones periódicas se pone en tela de juicio la honradez de los jueces y es lugar común hablar de dinero que piden o reciben. La inseguridad en el cargo, pues se encuentran a merced de las investigaciones del Consejo Nacional de Justicia, crea el clima para que proliferen los casos de deshonestidad.

Sin embargo en todas las instancias aún contamos con jueces honestos y preparados, pero no lo están en mayoría. Además el origen político del órgano encargado de los nombramientos, contribuye en buena parte a este desprestigio. Es malo que exista jueces corrompidos, pero es mucho más grave que el Poder Judicial no inspire confianza.

En los cuarenta años que he pertenecido al Poder Judicial desde el puesto de amanuense del Tribunal Correccional hasta el alto cargo de vocal de la Corte Suprema, he sido testigo de una judicatura honesta: he visto a vocales de la Suprema y de la Superior que se excusaban de conocer de una causa, cuando existía gran amistad o parentesco lejano con una de las partes, para evitar que pudiera dudarse de la justicia del fallo; magistrado que tenía su casa hipotecada, no conocía de los juicios del Banco Central Hipotecario, alegando ser deudor, motivo que legalmente es discutible pero preferían hacerlo para no manchar el fallo con sospechas de parcialidad; cuando eran socios de centros sociales, los frecuentaban poco para evitarse compromisos con amigos: cuando los vocales eran Propietarios de fincas juicios de desahucio con deudores morosos, otorgaban poder amplio y general a algún abogado y se desentendían completamente de la causa, sin recomendarla a sus compañeros: al ser invitados a reuniones de gente a quien no conocían preferían no asistir por temor a que se tratara de litigantes.

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Cuando las Cortes consideraban que un juez o vocal superior poco honesto o incompetente, tema influencia que le aseguraba el nombramiento, sistemáticamente no era colocado en temas hasta lograr cansarlo. Fue muy comentado el caso ocurrido apenas instauradas las Ratificaciones Judiciales, cuando la Corte Suprema no ratificó a un vocal de la Superior de Lima que se encontraba colocado en la decena para una vocalía suprema y que, dada su gran amistad con el Presidente de la República, estaba asegurada su elección por el Congreso. Ante la no ratificación el Poder Ejecutivo no tuvo otro remedio que retirar la decena y formular una nueva, ya sin el nombre del amigo del Presidente que había quedado fuera del Poder Judicial y no podía reingresar a él.

Puedo afirmar con la seriedad que he puesto en todos los actos de mi vida, que el Poder Judicial entre 1930 y 1969 —años que he tenido la honra de pertenecer a él— ha sido ejemplar en el discernimiento de la justicia, con imparcialidad y rectitud. Era inevitable que también existieran jueces deshonestos, pero estaban en abrumadora minoría. La Corte Suprema no necesitaba ni permitía que organismos extraños intervinieran en el campo disciplinario que ella cumplía a cabalidad, sancionando y separando jueces.

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Todo esto ha sido destruido. La culpa recae principalmente en los asesores civiles que prepararon los decretos-leyes necesarios para dominar a la institución judicial. Es fácil destruir pero más difícil reconstruir. La labor tesonera de los jueces peruanos que durante casi ciento cin­cuenta años forjaron un Poder Judicial independiente del poder político ha sido abatida y el Gobierno Revolucionario nos ha dado una institución dominada por la política y atemorizada por el Consejo Nacional de Justicia.

Prueba de ellos son renuncias. A partir de diciembre de 1969, con auto-denominada “Nueva Corte Suprema” se ha presentado esta figura antes desconocida en el Poder Judicial. La vimos por primera vez cuando varios de los vocales nombrados directamente en esa oportunidad, faltando pocos meses para finalizar su periodo, se presentaron al Supremo Gobierno formulando renuncia del cargo de vocales del tribunal supremo. Este ejemplo ha sido seguido en varias oportunidades más.

Siempre han habido magistrados que por diversos motivos, deseaban apartarse de la función judicial; para ello solicitaban su jubilación y otorgada la cédula respectiva, se retiraban del cargo. No presentaban renuncia porqué no debían su nombramiento al Ejecutivo sino al Congreso Nacional y el único camino que les ofrecía la ley para apartarse del cargo, era acogerse a la jubilación voluntaria y así lo hacían. Hoy al renunciar el cargo, implícitamente reconocen que el nombramiento de vocal de la Corte Suprema, es decisión del Poder Ejecutivo y a él se dirigen renunciando al cargo para el que fueron nombrados. Es una manera como los propios interesados admiten que la elección se la deben al Gobierno y no al Consejo Nacional de Justicia.

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Ante este sometimiento del poder jurisdiccional, ¿podemos tener alguna esperanza?

Creo que sí. Debemos tener esperanza en el Perú y en los peruanos. Pasados los luctuosos años de la dictadura velasquista, regresarán las aguas a su nivel. El tiempo de oscurecimiento de las libertades públicas pasará y ya se vislumbra un amanecer.

Tengamos fe en nuestro Poder Judicial. Volverán a imperar la honestidad y la rectitud y los jueces peruanos podrán cumplir con su función de discernir justicia, con imparcialidad y sin temor a represalias o sanciones injustas. Volveremos a tener tribunales de justicia cuyo limpio origen constitucional inspire confianza a los litigantes. No olvidemos que sin justicia el país no puede vivir. Se dice que la injusticia es un veneno tan fuerte que aún administrado en dosis homeopáticas es mortal.

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Existiendo una Comisión de Reforma Judicial, a ella compete la labor de devolver al pueblo la confianza en sus jueces.

Para que estas reflexiones de quien fue juez durante un cuarto de siglo sean constructivas, creo necesario dar algunas ideas. No es mi propósito interferir en esta delicada labor, pero es mi deber el ofrecer una colaboraron a lo que todos los abogados peruanos estamos obligados.

Considero que son tres las ideas centrales en un proceso de reforma de la administración de justicia: la preparación de los jueces, la especialización en la función y la selección.

La preparación de los jueces debe comenzar con el ingreso a la magistratura. Los estudios en el Programa de Capacitación Judicial de San Marcos deben ser obligatorios constituir el primer requisito que debe llenar todo a juez. Los Secretarios y Relatores de Corte a futuros jueces, son los alumnos de este Programa, sin excluir a abogados que pretendan el ingreso a la magistratura. Con estudios intensivos y prácticas en juzgados aseguraría la preparación. Para ser un buen suficiente haber aprobado los cursos de la Facultad de Derecho. Es necesario estudiar algunos cursos el cargo, que serán de gran utilidad en el desempeño de la función.

En España la Escuela Judicial recibe como alumnos a ganado las Oposiciones a Juzgados y antes de cargo, ingresan a la Escuela, estudiando y practicando intensamente durante varios meses. Una vez aprobados los cursos, se incorporan al Juzgado que ganaron y momento, además del sueldo, que percibieron estadía en la Escuela, recibirán las asignaciones al cargo.

La preparación debe continuar con ciclos anuales a quienes en las sedes de cortes superiores; se destinaran a los jueces de las provincias del respectivo distrito judicial. No olvidemos que la lejanía de nuestras provincias facultades de comunicación aíslan al juez y no contribuyen a su superación.

La especialización es indispensable. Dado el avance de las ciencias y el adelanto de la técnica en el mundo moderno, es imposible pedir a un ser humano que conozca de todo y que domine materias disimiles, unas necesarias al juez que despache en lo civil y otras al juez penal. Por ello la especialización resulta inevitable, pues de lo contrario tendríamos que aceptar a jueces incompetentes, que ignoren lo que tienen que resolver.

Es cierto que existen materias comunes a lo civil y a lo criminal, como es la crítica del testimonio. Pero hay muchísimas que son indispensables al Juez Instructor —como es el caso de la Medicina Legal— pero innecesarias al juez Civil. Cuando el Código de Procedimientos Penales permite el uso de los medios científicos que la técnica aconseje, supone que el magistrado los conoce y mediante su empleo puede apreciar la prueba que aporte y según eso concederle valor probatorio.

La especialización es, pues, indispensable tanto en Primera como en Segunda Instancia. Administrará mejor justicia el juez que a su honestidad y conocimientos generales, agrega los especiales en la materia que le corresponde discernir justicia.

La selección de los jueces es uno de los mas graves problemas de la administración de justicia que no está resuelto, porque aún no se ha encontrado el sistema perfecto. Aunque la honestidad reside principalmente en la persona, es indudable que un buen sistema para la elección de jueces ayudará mucho a lograrla.

El peligro que acecha a los jueces es múltiple: por un lado el poder político que quiere dominar a la judicatura, como complemento del que ejerce en los demás aspectos de la Nación; de otro lado el poder económico pretende que la magistratura se incline ante sus exigencias. Los sistemas oscilan entre uno y otro extremo; sólo quedaría el llamado de Cooptación —elección por el propio poder judicial— pero presenta el indudable peligro de establecer castas judiciales y de designar a quienes concuerden con el conservadurismo que es innato en el órgano judicial; impediría el ingreso de elementos renovadores, que son indispensables.

La solución parece encontrarse en la creación de un organismo extraño a la política que tenga a su cargo la designación de jueces. Italia, la patria del derecho, ha creado de la Magistratura que preside el propio Presidente de la República.

Aprovechando esta experiencia creo que la solución la ser el establecimiento del Consejo de la Magistratura que estaría presidido por un delegado del Presidente de la República e integrado por un delegado —no parla­mentario— del Senado de la República y delegados de la Corte Suprema, Facultades de Derecho y Colegios de Abogados. Los representantes de los poderes políticos estarían minoría frente a los delegados de los grupos profesionales.

Además de los requisitos del caso, insistiría en uno que considero principal: que los integrantes sean abogados sin ejercicio profesional al tiempo de su elección y de no haber tenido estudio abierto durante los últimos cinco años.

De este modo se alejaría toda sospecha de interés en la designación de jueces relacionado con el ejercicio de la profesión, lo que puede ocurrir si el estudio fuera cerrado en ese momento.

La única función de este Consejo de la Magistratura sería las elecciones de jueces y vocales superiores. Para la elección de miembros de la Corte Suprema, intervendría formulando decenas pero la elección correría a cargo del Senado de la República, cuerpo elegido por el pueblo, de origen político, que trasmitiría la jurisdicción que emana de la soberanía popular.

San Isidro, diciembre de 1977.

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