¿Se deben hacer recordar las audiencias virtuales a las partes procesales?

Sumario: 1. Introducción, 2. Desarrollo del tema, 3. Recordatorio de audiencias virtuales, 4. Gobierno Electrónico en el Poder Judicial, 5. Sistema de Gestión de Archivos, 6. Problemas de modernización de equipos informáticos, 7. A modo de conclusión.


1. Introducción

Estamos cumpliendo dos años del inicio y continuación de la terrible pandemia que azota a toda la humanidad y desde luego nuestro país no ha sido la excepción.

Según, los últimos reportes del Ministerio de Salud, cerca de 208 000 compatriotas han fallecido a consecuencia del covid-19, por lo que desde marzo del 2020, la vida cambió de manera muy significativa para todos los peruanos.

2. Desarrollo del tema

Uno de esos cambios, se produjo en el sistema nacional de justicia, pues la realización de las audiencias judiciales, dejaron de ser presenciales para convertirse en virtuales y ahora que nos encontramos en una nueva situación de disminución de contagios de esta mortal enfermedad, se considera la posibilidad de retornar a la presencialidad de las audiencias en las sedes fiscales y judiciales.

En tal sentido, las fechas de las audiencias virtuales, se notifican con anticipación a todas las partes procesales en su domicilio real y electrónico, para que concurran a la misma a través de la plataforma tecnológica Google Hangout Meet, que permite una mejor conectividad entre el abogado, el imputado, el agraviado, el fiscal y el señor juez.

No cabe duda, que las audiencias constituyen la etapa estelar del proceso, tanto para los procesados que están privados de la libertad, como los “reos libres”, que se encuentran conectados a un dispositivo como es el celular, laptop, computadora personal o ipad a una red de internet y sus facilidades son las siguientes

  • Brinda seguridad de los equipos informáticos a las partes procesales.
  • Ahorra tiempo y dinero para los sujetos que intervienen en el juicio oral y para el propio Estado.
  • Se reduce el ausentismo de los sujetos procesales en el desarrollo de las audiencias públicas.
  • Da facilidades a las labores del juez.

Es importante precisar, que con el avance de la tecnología, el Poder Judicial no puede estar ajeno a ello, debiendo para tal efecto la justicia penal, estar a la vanguardia de estos avances, por lo que se debe consolidar las audiencias virtuales y ampliar la banda de internet para un mejor uso de las tecnologías de la información y comunicación.

3. Recordatorio de audiencias virtuales

Por lo que, a fin de darle mayor efectividad a la notificación de las audiencias virtuales y que las mismas no se frustren por la inconcurrencia de una de las partes, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, ha dispuesto la implementación del aplicativo web: Sistema Recordatorio de Audiencias.[1]

La finalidad, de esta nueva medida de carácter administrativa, consiste en el envío de mensajes recordatorios de las audiencias a través del correo electrónico, así como también por la cuenta de Whatsapp, para que las partes procesales no olviden que tienen una cita judicial en el día y hora programada por el órgano jurisdiccional.

Esta medida, que se aplicará a nivel nacional, ha sido aprobada por la Resolución Administrativa 00073-2022 CE-PJ, que permite consolidar al Poder Judicial en el uso de la tecnología digital, como parte de la modernización del Estado del gobierno electrónico[2].

Dentro de este contexto, uno de los pilares de la modernización del aparato del Estado, se encuentra comprendida en la gestión por resultados, la meritocracia, el gobierno abierto y precisamente también el gobierno digital o electrónico.

4. Gobierno electrónico en el Poder Judicial

El gobierno electrónico, tiene por finalidad hacer uso de todas las herramientas tecnológicas de la información y comunicación, para poder simplificar todos los actos administrativos que se desarrollan en los tres poderes del Estado, los tres niveles de gobierno, los organismos públicos constitucionalmente autónomos, las empresas públicas, entre otros.

El marco normativo del gobierno electrónico se encuentra contenido en el Decreto Supremo 09-2021-PCM que establece que el Estado moderno, tiene por objetivo la orientación al ciudadano, es unitario, descentralizado, eficiente, abierto y además inclusivo en todos los ámbitos de la administración pública.

Precisamente el trabajo remoto, durante esta grave situación del coronavirus que estamos atravesando, viene cumpliendo una labor eficaz, lo que permite que muchos procesos judiciales no se suspendan y se sigan sustanciando con toda normalidad, toda vez que la administración de justicia en ningún momento debe parar.

De la misma forma, es preciso indicar que el Decreto Legislativo 1412[3] aprueba la Ley de Gobierno Digital, que establece el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad virtual, servicios tecnológicos, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad y datos digitales.

Dentro de este contexto, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD[4] reconoce el avance del Perú en el Índice de Desarrollo Humano, pero a su vez señala que se presentan brechas que deben ser reducidas y analiza las desigualdades actuales y cómo pueden cambiar en el futuro, observando particularmente los cambios relevantes que darán forma a la vida hasta el siglo 22, entre ellos la transformación digital.

Asimismo, se precisa que las tecnologías digitales, las finanzas digitales y las soluciones de justicia digital, ofrecen una idea de cómo el futuro de la desigualdad puede romper con el pasado, si las oportunidades pueden aprovecharse rápidamente.

5. Sistema de gestión de archivos

De la misma forma, se ha dispuesto la implementación de la plataforma “Sistema de gestión de archivo”, el cual consiste en el acceso a un canal digital, que se encuentra en la página web del Poder Judicial las 24 horas del día.

Según ha dado cuenta el Poder Judicial, a través de este dispositivo se podrá solicitar el desarchivamiento, búsqueda y lectura de expedientes, copias certificadas, devolución de anexos, copias de expedientes para estudios y expedición de constancias de no ubicación de expedientes con mandato judicial de archivo definitivo[5].

Es por esta razón, que con relativo éxito concluyó la feria electrónica: “justicia digital a tu alcance” que promovió su presidenta Elvia Barrios Alvarado en la sede de Palacio de Justicia en Lima.

Según se precisado, la medida ha sido adoptada con el fin de que abogados, personal jurisdiccional, usuarios judiciales y la comunidad jurídica en general conozcan los proyectos de innovación tecnológica, que las cortes superiores del país están implementando para mejorar el acceso a los servicios de justicia.

La autoridad judicial consideró un éxito esta actividad y se comprometió a impulsar aquellas iniciativas tecnológicas que permitan brindar un mejor servicio a los usuarios a nivel nacional.

6. Problemas de modernización de equipos informáticos

No cabe duda, que todo no es bonanza, pues uno de los graves problemas a resolver en los 35 distritos judiciales del país, es la existencia de un considerable número de equipos informáticos, llámese equipos de cómputo, videoconferencia, sistemas de audio y de video, que se encuentran en estado crítico por el tiempo transcurrido, pues existen lugares en donde los equipos tiene una data de 15 años y no se han renovado los mismos, lo que ocasiona desde luego un grave problema para la inmediación del juez

En consecuencia, existe un considerable número de equipos informáticos, que se encuentran en estado muy lamentable y no tiene solución, porque han superado su tiempo de vida útil y a la fecha sus repuestos no se encuentran en el mercado nacional.

Desde luego, existe preocupación por la carencia de equipos de audio y video y equipos de videoconferencia, en razón de que no se pueden cubrir todas las necesidades en los Proyectos de Fortalecimientos de Salas de Audiencias, considerando además que en muchos órganos jurisdiccionales de provincias no se cuenta con la red Lan/wanb, la misma que es esencial para lograr una conexión más fluida

Que, en tal sentido la postergación de las audiencias o reprogramación de las mismas, originadas por el mal estado de los equipos informáticos del Poder Judicial o por la deficiencia de conectividad, generan retrasos en el trámite de los procesos y por consiguiente el desconcierto de los justiciables.

En consecuencia, conforme se puede apreciar de la propia Resolución Administrativa 080-2020-CE-PJ, se da cuenta de la necesidad de renovar el equipamiento informático y el urgente fortalecimiento de las audiencias virtuales, para la renovación de los equipos informáticos, que se encuentran en estado crítico, con el objetivo de brindar las mejores condiciones técnicas para el desarrollo de las labores de los jueces y personal jurisdiccional.

7. A modo de conclusión

Sin embargo, pese a todas las limitaciones estructurales que se tienen, nos encontramos frente a una sustantiva disminución de la brecha digital, que tiene como propósito disminuir las desigualdades de acceso a la justicia y establecer una mayor conectividad con el mundo digital para optimizar las audiencias virtuales y también hacer recordar las mismas a las partes procesales.


[1] Resolución Administrativa 00073-2022 CE-PJ

[2] Nota informativa publicada en la página web del Poder Judicial.

[3] Decreto Legislativo 1412 que aprueba la Ley de gobierno digital

[4] Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD reconoce el avance del Perú en el Índice de Desarrollo Humano

[5] Nota de prensa del Poder Judicial, publicada en su página institucional.

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