A través de la Resolución Administrativa 000021-2024-CE-PJ, el PJ dispone la reconformación del Consejo Consultivo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal.
Disponen la reconformación del Consejo Consultivo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal
CONSEJO EJECUTIVO
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000021-2024-CE-PJ
Lima, 24 de enero del 2024
VISTO:
El Oficio N° 000026-2024-ST-UETI-CPP-PJ, cursado por la Secretaria Técnica (e) de la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal.
CONSIDERANDO:
Primero. Que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 000078-2022-CE-PJ, designó, a partir de la fecha de publicación de la mencionada resolución en el Diario Oficial del Bicentenario “El Peruano”, a los siguientes jueces como miembros del Consejo Consultivo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, quienes desempeñarán el cargo en adición a sus funciones, por el periodo de dos años, conforme a la gestión de la Presidencia del Poder Judicial:
• José Antonio Neyra Flores, Juez Supremo Provisional de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la República.
• Víctor Alberto Martín Burgos Mariños, Juez Superior Titular de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad.
• Anthony Christian Cerna Manyari, Juez Titular del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente de Independencia, Corte Superior de Justicia de Lima Norte.
• Miguel Braulio Gutiérrez Salvador, Juez de Paz Letrado Titular en adición Juzgado de la Investigación Preparatoria de la Provincia de Pachitea, Corte Superior de Justicia de Huánuco.
Segundo. Que, la Secretaria Técnica (e) de la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal remite a este Órgano de Gobierno el Informe N° 000001-2024-ST-UETI-CPP-PJ, proponiendo la modificación de la Resolución Administrativa N° 000078-2022-CE-PJ.
Tercero. Que, los artículos 5 y 6 de la Nueva Estructura Organizacional y Funcional de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, aprobada por Resolución Administrativa N° 061-2013-CE-PJ, establece que la referida unidad tiene la siguiente composición y estructura orgánica:
Composición:
• Presidida por un miembro del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
• Consejo Consultivo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal.
• Secretaria Técnica de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal – Gestoría Administrativa.
Estructura Orgánica:
• Órgano de Dirección: Presidencia del Poder Judicial.
• Órgano de Apoyo: Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal.
• Órgano Consultivo: Consejo Consultivo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal.
• Órganos de Asistencia Técnica: Secretario (a) Técnico (a) de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, y Gestoría Administrativa de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal.
• Órganos Desconcentrados: Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal Penal.
Cuarto. Que, el artículo 12 del mismo cuerpo normativo, dispone que el Consejo Consultivo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, estará conformado de la siguiente manera:
• Un Juez Supremo de la especialidad Penal.
• Un Juez Superior que aplica el Código Procesal Penal.
• Un Juez Especializado que aplica el Código Procesal Penal.
• Un Juez de Paz Letrado que aplica el Código Procesal Penal, en el proceso de faltas.
Quinto. Que, asimismo, el artículo 13 del citado texto normativo expone las funciones a desarrollar por el Consejo Consultivo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, las cuales son emitir opinión en los asuntos que la presidencia de la Unidad de Equipo Técnico someta a consideración, evaluar y recomendar a la presidencia de la Unidad de Equipo Técnico las acciones sobre las propuestas efectuadas por la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, proponer la adopción de políticas que permitan optimizar la reforma procesal penal; y las demás que le encomiende la presidencia de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal.
Sexto. Que el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 109-2024 de la segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 17 de enero de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Administrativa N° 000078-2022-CE-PJ expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en el extremo que dispuso la designación, como jueces miembros del Consejo Consultivo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, a los señores Víctor Alberto Martín Burgos Mariños, Juez Superior Titular de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; y Miguel Braulio Gutiérrez Salvador, Juez de Paz Letrado Titular en adición Juzgado de la Investigación Preparatoria de la Provincia de Pachitea, Corte Superior de Justicia de Huánuco; dándoles las gracias por los servicios y asesorías realizadas.
Artículo Segundo.- Disponer la reconformación del Consejo Consultivo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, designándose, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial del Bicentenario “El Peruano”, a los siguientes jueces y jueza como miembros del Consejo Consultivo de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, quienes desempeñarán el cargo en adición a sus funciones, por el periodo de dos años, conforme a la gestión de la Presidencia del Poder Judicial:
• José Antonio Neyra Flores, Juez Supremo Provisional de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la República.
• Eliseo Giammpol Taboada Pilco, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de La Libertad.
• Anthony Christian Cerna Manyari, Juez Titular del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente de Independencia, Corte Superior de Justicia de Lima Norte.
• Susana Amparo Quispe Trujillo, Jueza de Paz Letrado Titular de Corongo, Corte Superior de Justicia del Santa.
Artículo Tercero.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Consejera Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, jueces y jueza designados, Oficina de Productividad Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JAVIER ARÉVALO VELA
Presidente
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![Los peritos pueden ser tachados por imparcialidad, incompetencia o ineficacia probatoria; mientras que el informe pericial puede ser observado por la parte, cuestionando fallas en la percepción, análisis o conclusiones [RN1190-2019, Lima, f. j. 2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-CONSTITUCIONAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
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