Fundamento destacado: QUINTO.- En ese sentido, la adecuación, no es otra cosa que la correlación que debe existir entre el pedido cautelar y la situación jurídica de la que es objeto también se le conoce como la relación de coherencia y adecuación entre lo que se intenta garantizar y la medida solicitada como garantía o como nos dice Monroy Palacios, que «deba ser congruente y proporcional con el objeto de su aseguramiento».
SEXTO.- Del párrafo anterior, el artículo 611 del Código Procesal Civil, establece [que] «El juez, atendiendo a la naturaleza de la pretensión principal y a fin de lograr la eficacia de la decisión definitiva, dicta medida cautelar en la forma solicitada o en la que considere adecuada, siempre que, de lo expuesto y la prueba presentada por el demandante, aprecie: 1) La verosimilitud del derecho invocado. 2) La necesidad de la emisión de una decisión preventiva por constituir peligro la demora del proceso o por cualquier otra razón justificable». Normativa legal que el a quo no ha tomado en cuenta al emitir la resolución impugnada. Razón por la cual al calificar la pretensión se deberá adecuar la demanda de acuerdo al petitorio cautelar tomando en cuenta los medios probatorios en autos;
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
CUARTA SALA CIVIL
Expediente: 934-2010
Resolución N°
Lima, 22 de julio de 2010
AUTOS y VISTOS; interviniendo como vocal ponente el señor magistrado Gamero Vildoso; y ATENDIENDO que:
PRIMERO: Viene en grado de apelación la resolución número uno de fecha catorce de enero del dos mil diez, obrante a fojas treintaitrés que declara improcedente la medida cautelar.
SEGUNDO: Los fundamentos de la apelación se centran en que el a quo no ha merituado las pruebas aportadas en la demanda, por tanto, la solicitud de la medida cautelar cumple con los requisitos para su admisibilidad.
TERCERO: El artículo 687 del Código Procesal Civil, establece que: «Ante la inminencia de un perjuicio irreparable, puede el Juez dictar medidas destinadas a conservar la situación de hecho o de derecho cuya situación vaya a ser o sea invocada en la demanda y, se encuentra en relación a las personas y bienes comprendidos en el proceso. Esta medida es excepcional por lo que se concederá sólo cuando no resulte de aplicación otra prevista en la ley».
CUARTO: Asimismo, es preciso señalar que, en cuanto a los presupuestos, o llamados también requisitos de admisibilidad de las medidas cautelares, son aquellos elementos indispensables para obtener una medida cautelar válida y no pasible de ser revocada. Tradicionalmente se reconoce tres: la apariencia del derecho, el peligro en la demora y la razonabilidad o adecuación.
QUINTO: En ese sentido, la adecuación, no es otra cosa que la correlación que debe existir entre el pedido cautelar y la situación jurídica de la que es objeto, también se le conoce como la relación de coherencia y adecuación entre lo que se intenta garantizar y la medida solicitada como garantía o como nos dice Monroy Palacios, que «deba ser congruente y proporcional con el objeto de su aseguramiento».
SEXTO: Del párrafo anterior, el artículo 611 del Código Procesal Civil, establece [que] «El juez, atendiendo a la naturaleza de la pretensión principal y a fin de lograr la eficacia de la decisión definitiva, dicta medida cautelar en la forma solicitada o en la que considere adecuada, siempre que, de lo expuesto y la prueba presentada por el demandante, aprecie: 1) La verosimilitud del derecho invocado. 2) La necesidad de la emisión de una decisión preventiva por constituir peligro la demora del proceso o por cualquier otra razón justificable». Normativa legal que el a quo no ha tomado en cuenta al emitir la resolución impugnada. Razón por la cual al calificar la pretensión se deberá adecuar la demanda de acuerdo al petitorio cautelar tomando en cuenta los medios probatorios en autos.
DECISIÓN:
Por las razones expuestas, resolvieron declarar NULA la resolución número uno de fecha catorce de enero del dos mil diez, obrante a fojas treinta y tres que declara improcedente la medida cautelar; debiendo emitir nueva resolución el a quo de acuerdo a los lineamientos de la presente demanda; en los seguidos por Aurelio Asto Sánchez con Alberto Beltrán Quinteros y otros sobre nulidad de acto jurídico (Medida Cautelar); y los devolvieron.
SS.
JAEGER REQUEJO
MARTÍNEZ ASURZA
GAMERO VILDOSO
![Cuando un fiscal adjunto superior actúa en nombre y representación de un despacho fiscal superior, como parte de su equipo, asume la investidura de este [Apelación 10-2025, Amazonas]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ABOGADO-JUEZ-LPDERECHO-218x150.jpg)



![TC ordena al Reniec consignar, como apellido materno de una niña, el de la mujer que obtuvo el óvulo de una donante anónima y lo hizo implantar en el útero de otra mujer que dio a luz [Expediente 01367-2019-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/tc-y-embarazada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Precedente Servir sobre la notificación de los actos emitidos en el PAD en el marco de la Ley 30057 [Resolución de Sala Plena 002-2025-Servir/TSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![Declaran fundado pedido de cambio en la forma de prestar alimentos de los hijos a favor de su madre [Expediente 00151-2025-0-1721-JP-FC-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/ADULTO-MAYOR-CONFLICTOS-HIJOS-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)













![¿Servidores que estén próximos a jubilarse pueden solicitar teletrabajo? [Informe Técnico 002521-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/trabajadores-pareja-servidores-trabajo-LPDerecho-218x150.jpg)





![Política general de gobierno 2025-2026: Transición democrática y reconciliación nacional [Decreto Supremo 141-2025-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/norma-legal-palacio-gobierno-promulga-ley-LPDerecho-218x150.png)
![Prorrogan estado de emergencia en Lima y Callao [Decreto Supremo 140-2025-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/04/normas-legales-estado-de-emergencia-LPDerecho-218x150.png)
![Reglamento de Organización y Funciones del Tribunal Constitucional [RA 151-2025-P/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)





![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)






![Corte IDH condena al Perú por policías que torturaron y ejecutaron extrajudicialmente a un estudiante [Caso Rodríguez Pighi y otros vs. Perú]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/09/mininter-pnp-contra-el-crimen-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Declaran ilegal control de identidad y registro vehicular y mandan copias a Inspectoría de la Policía [Exp. 5844-2019-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-100x70.png)
![Trabajador 276 pierde nombramiento por apelar un informe no impugnable y no el resultado final [Res. 005142-2025-Servir/TSC-Segunda Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dormir-trabajo-despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-extras-laboral-LPDerecho-100x70.jpg)


![TC ordena al Reniec consignar, como apellido materno de una niña, el de la mujer que obtuvo el óvulo de una donante anónima y lo hizo implantar en el útero de otra mujer que dio a luz [Expediente 01367-2019-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/tc-y-embarazada-LPDERECHO-324x160.jpg)
![Cuando un fiscal adjunto superior actúa en nombre y representación de un despacho fiscal superior, como parte de su equipo, asume la investidura de este [Apelación 10-2025, Amazonas]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ABOGADO-JUEZ-LPDERECHO-100x70.jpg)




![TC ordena al Reniec consignar, como apellido materno de una niña, el de la mujer que obtuvo el óvulo de una donante anónima y lo hizo implantar en el útero de otra mujer que dio a luz [Expediente 01367-2019-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/tc-y-embarazada-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Contrato de donación no es anulable, aunque donante sea representante de la persona jurídica donataria, si no existe conflicto de intereses [Resolución 1004-2023-Sunarp-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/que-debe-saber-una-comunidad-campesina-para-poder-renovar-su-directiva-comunal-en-la-sunarp-LPDerecho-324x160.png)