La Tercera Sala Penal de Apelaciones declaró fundada en parte la apelación de Rafael López Aliaga, actual alcalde de Lima, en el marco de su investigación por el presunto delito de lavado de activos.
Los jueces Víctor Enríquez Sumerinde, Sandra Magallanes Rodríguez y Arturo Mosqueira Cornejo declararon fundado el pedido de «limitar al Ministerio Público requerir a la defensa técnica entregar información notarial, registral y migratoria».
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TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES NACIONAL
Expediente : 00029-2018-29-5001-JR-PE-03
Jueces superiores : Enríquez Sumerinde / Magallanes Rodríguez / Mosqueira Cornejo
Especialista judicial : Derly Marilin Tayo Salazar
Ministerio Público : Primera Fiscalía Superior Nacional Especializada en delitos de lavado de activos
Investigado : Rafael López-Aliaga Cazorla
Delito : Lavado de activos
Agraviado : Estado peruano
Materia : Apelación de auto sobre tutela de derechos.
Resolución N.º 5
Lima, once de agosto
de dos mil veinticinco
AUTOS y OÍDOS: En audiencia pública, el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del investigado Rafael López Aliaga Cazorla, contra la Resolución N.º 02 del 14 de abril de 2025, emitida por la juez del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, que resolvió declarar infundada la tutela de derechos en el extremo de la petición del procesado Rafael López Aliaga Cazorla de limitar al Ministerio Público para que no se le requiera información sobre aspectos que están relacionados con una cuestión pericial. Asimismo, el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público contra la citada resolución en el extremo que declaró fundada la tutela de derechos en el extremo que el Ministerio Público deba asegurar información inmediata a la parte respecto de las fechas en las que se va a desarrollar las sesiones periciales. Todo esto en la investigación que se le sigue a Rafael López Aliaga Cazorla por el delito de lavado de activos en agravio del Estado. Interviene como ponente el juez superior VÍCTOR JOE MANUEL ENRÍQUEZ SUMERINDE, y ATENDIENDO:
I. ANTECEDENTES:
1.1 El presente incidente tiene su origen en el pedido de tutela de derechos formulada por la defensa técnica del investigado Rafael López Aliaga Cazorla, de fecha 16 de enero de 2025, mediante registro de ingreso N.º 2517-2025, en la que solicita tutela de derechos por la vulneración al principio de objetividad, interdicción de la arbitrariedad y el debido proceso.
[Continúa…]
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