Queja contra resolución que rechaza recurso de casación no suspende el proceso principal [Exp. 01574-2018-0]

Fundamento destacado: Dado cuenta con los autos remitido por el juzgado de origen, en razón a que sea interpuesto un recurso de queja que debe darse cuenta en esta instancia, CUMPLA la secretaria de Sala, con formar el incidente pertinente y EN EL DÍA, DEVUÉLVASE a su Juzgado, exhortando a la secretaria de la causa (Julia Ruíz Chávez), evite devoluciones innecesarias, teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 405 del Código Procesal civil; es decir, solo debió remitirse el recurso de queja, mas no el principal.

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1° SALA CIVIL

EXPEDIENTE : 01574-2018-0-2501-JR-CI-02

MATERIA : EJECUCION DE GARANTIAS

RELATOR : GUZMAN QUIÑONES MILIANA ROSALYNN

SUCESOR PROCESAL : SUCESION REPRESENTADA POR MARIBEL GUERRERO ,

DEMANDADO : SALDAÑA OLIVERA, RONALD REQUIER; GUERRERO CARRASCO, MARIBEL ELENA; ZAIRONSAL SAC ,

DEMANDANTE : BANCO DE CREDITO DEL PERU ,

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RESOLUCIÓN NÚMERO: DIECINUEVE
Chimbote, cinco de setiembre de dos mil veintitrés.

Dado cuenta con los autos remitido por el juzgado de origen, en razón a que sea interpuesto un recurso de queja que debe darse cuenta en esta instancia, CUMPLA la secretaria de Sala, con formar el incidente pertinente y EN EL DÍA, DEVUÉLVASE a su Juzgado, exhortando a la secretaria de la causa (Julia Ruíz Chávez), evite devoluciones innecesarias, teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 405 del Código Procesal civil; es decir, solo debió remitirse el recurso de queja, mas no el principal. Sin notificación por celeridad procesal.-

S.S.
VIZCARRA
PÉREZ
BUSTOS

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