Para muchas personas, un perro no es solo una mascota: es parte de la familia, un compañero. Ese sentimiento lo aleja de la idea de ser un simple objeto.
Pero cuando llegan las deudas, a veces los sentimientos quedan a un lado: importan el dinero. En el Perú, los embargos suelen aplicarse sobre bienes concretos: casas, autos, cuentas bancarias, todo lo que tenga valor económico.
Sin embargo, si el dueño de un perro cae en deudas, ¿pueden embargar al perro para cobrarse la deuda? LP conversó con abogados especialistas.
Miguel Ángel Pastor Calderón, abogado procesalista
No se puede embargar a un perro, aclaró el procesalista Miguel Ángel Pastor Calderón. Explicó que, si bien el Código Civil considera a los perros bienes muebles, la Ley de Protección Animal impide acciones que les causen sufrimiento. Separarlos de sus dueños para cobrar una deuda, advirtió, le causaría sufrimiento al perro.
Son bienes sobre los que puede recaer una medida cautelar, más aún si el Código Procesal Civil no considera a las mascotas como bienes inembargables, explicó el procesalista. Sin embargo, existe una limitación jurídica establecida en la Ley de Protección y Bienestar Animal, al no poderse proporcionar a los animales domésticos un sufrimiento innecesario. Así, cualquier medida cautelar que procure el alejamiento de una mascota de su propietario no debe ejecutarse, explicó el procesalista.
Sin embargo, Miguel Ángel Pastor Calderón precisó que, si el perro es un macho que se alquila para tener crías, el juez podría ordenar que no se le permita reproducirse hasta que su dueño pague la deuda. Agregó que toda medida debe evitar que el perro se aleje de su dueño, pues se debe respetar el bienestar del perro.
Si un perro es un semental, podría aplicarse una medida a fin de que no pueda brindar servicio de monta hasta que se cumpla con la obligación económica o una medida innovativa, a fin de que, en caso de que tenga cachorros y estos fueran a transferirse, se tenga que abonar directamente al acreedor de la deuda, precisó Miguel Angel Pastor Calderón.
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Beatriz Franciskovic Ingunza, abogada animalista
Sí se podría embargar a un perro, opinó la abogada Beatriz Franciskovic, docente de la Universidad Científica del Sur. Explicó que el Código Civil considera a los perros como bienes muebles, es decir, objetos que se pueden embargar para pagar una deuda, como si fueran una mesa o un televisor.
Franciskovic aclaró que está en contra de embargar a un perro para pagar una deuda. Señaló que son seres sensibles y parte de la familia, y que apartarlos de su hogar resultaría injusto para el dueño y el perro.
El perro es un animal de compañía, es una especie de animal doméstico y para el Código Civil de 1984 los animales son considerados bienes muebles. Entonces, un perro sí podría ser embargado. No existe ningún impedimento para el embargo; solo se podría alegar que es un ser sensible, parte integrante de la familia, un ser al que se le tiene afecto, opinó Beatriz Franciskovic.
Además, Beatriz Franciskovic precisó que la Ley de Protección y Bienestar Animal reconoce a los perros como seres sensibles. Aun así, pueden ser embargados e incluso sus dueños podrían usarlos como garantía de pago, como si fueran una vivienda o un carro.
Por ello, promueve un proyecto de ley que prohíba embargar a los perros y evite que sean tratados como simples objetos de pago.
La Ley 30407 reconoce a los perros como seres sensibles; por tanto, puede interpretarse que el perro es un objeto de derecho con protección especial. Debe prohibirse expresamente en el código procesal civil que los perros sean inembargables y así también no sean objeto de algún derecho real de garantía. Por ello, estoy promoviendo un proyecto de ley, precisó Beatriz Franciskovic.
Iván Palacios Zorrilla, abogado civilista
Sí se podía embargar a un perro para pagar una deuda, opinó el civilista Iván Palacios Zorrila. Explicó que el artículo 648 del Código Procesal Civil establece qué bienes no pueden ser embargados y en esa lista no figuran los perros.
Por ello, la norma los considera un objeto más, como un celular o un vehículo, y podrían ser embargados.
La mascota es un bien mueble y así como existen los embargos a los bienes muebles, como un escritorio, una laptop, un celular o cualquier vehículo, también entraría la mascota como un bien de naturaleza embargable, explicó el civilista.
Sin embargo, Iván Palacios Zorrilla aclaró que embargar a un perro para pagar una deuda afecta la vida de su dueño, como los perros guía de personas ciegas y los que participan en terapias con niños con autismo.
Una mascota, a diferencia de cualquier otro bien mueble, es un bien que tiene un valor efectivo frente a una persona. Como los perritos que acompañan a las personas que han perdido la vista, o también que sea algún tipo de terapia con menores que tengan autismo.
En España, se aprobó un proyecto del Partido Popular que reconoció a los perros como seres vivos con derechos, dejando de considerarlos objetos. Así, se logró impedir que los perros pudieran ser embargados. ¿Podría pasar esto en el Perú?
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