Prorrogan funcionamiento de estos órganos jurisdiccionales transitorios [RA 000098-2021-CE-PJ]

Publicado en el diario oficial El Peruano, el 7 de abril de 2021.

Prorrogan el funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios en diversas Cortes Superiores a nivel nacional y dictan diversas disposiciones

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000098-2021-CE-PJ

Lima, 1 de abril del 2021

VISTO:

El Oficio N° 000088-2021-CR-UETI-CPP-PJ, cursado por el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal.

CONSIDERANDO:

PrimeroQue, el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal mediante Oficio N° 000088-2021-P-UETI-CPP-PJ pone en conocimiento de este Órgano de Gobierno que a la fecha existen en las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cañete, Cusco, Huánuco, Huaura, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Lima Este, Lima Norte, Loreto, Madre de Dios, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Santa, Sullana, Tacna, Tumbes, Ucayali y Puente Piedra – Ventanilla, órganos jurisdiccionales transitorios cuya prórroga debe evaluarse, para la adecuada implementación del Código Procesal Penal en los mencionados Distritos Judiciales.

Segundo. Que, la vigencia de funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios no solo se subsume en la sobrecarga que presentan los órganos jurisdiccionales permanentes en una determinada Corte Superior, sino también se proyecta en base al nivel resolutivo que tengan los juzgados transitorios; por lo cual, el análisis de la producción de los órganos jurisdiccionales se realizará en atención a las Resoluciones Administrativas N° 174-2014-CE-PJ y N° 395-2020-CE-PJ. No obstante, para los juzgados que actualmente no cuentan con un estándar de producción, la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal considera pertinente evaluarlos en base al análisis histórico, esto tiene como principal intención medirlos objetivamente de acuerdo con los procesos que tramitan.

Tercero. Que, en ese contexto, la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal estimó necesario realizar el análisis y evaluación de los órganos jurisdiccionales transitorios de acuerdo al nivel resolutivo obtenido; considerando que su permanencia es necesaria en el actual Distrito Judicial, pues por efectos de la propagación del COVID-19 se prevé para el año en curso, la inminente necesidad de apoyo en la descarga procesal por el mayor ingreso de expedientes, y por el arrastre de carga procesal respecto al año anterior. Por tal motivo, se ha tomado en consideración los siguientes criterios de evaluación:

a) Los órganos jurisdiccionales transitorios que hayan logrado efectuar una producción > ó = a 90% del avance de meta durante el periodo de análisis será considerada como una buena producción, por tal razón, le corresponde una prórroga de cuatro meses, debido a que cumplieron efectivamente su labor de descarga procesal, garantizando que, durante el periodo de permanencia, cumplirán con el fin para el que fueron creados.

b) Los órganos jurisdiccionales transitorios que hayan logrado efectuar una producción entre 75% a 89% del avance de meta durante el periodo de análisis será considerada como una producción regular, por tal razón, le corresponde una prórroga de tres meses, con la finalidad de afianzar los fines de descarga procesal y superar las posibles incidencias que no permitieron obtener los estándares de productividad establecidos.

c) Los órganos jurisdiccionales transitorios que hayan logrado efectuar una producción < a 75% del avance de meta durante el periodo de análisis será considerada como baja producción, por tal razón, le corresponde una prórroga de dos meses, debido a que no cumplieron con una óptima descarga procesal; por lo que la necesidad de alinearse a los estándares de productividad, deben surtir efecto a corto plazo.

Cuarto. Que, respecto a los órganos jurisdiccionales que conforman el Sub Sistema Especializado en Extinción de Dominio, debido a su reciente implementación no cuenta con un estándar de medición, por ello, la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal ha considerado pertinente evaluarlos temporalmente de acuerdo con la adición de funciones dispuesta mediante Resoluciones Administrativas Nros. 122-2019-CE-PJ y 327-2019-CE-PJ, en tanto la Comisión de Estándares de Productividad a través del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial emita el pronunciamiento correspondiente donde se estipule la forma de medición de estos órganos jurisdiccionales. Asimismo, con la finalidad que los Juzgados Especializados en Extinción de Dominio continúen realizando la labor de descarga procesal a los juzgados permanentes y logren consolidar los ingresos propios de su especialidad, se estima pertinente otorgar la prórroga de funcionamiento por el periodo de seis meses, sin perjuicio que al concluir la prórroga de funcionamiento y de no evidenciar un avance significativo en los ingresos de la especialidad, ni un efectivo apoyo en la descarga procesal a los órganos jurisdiccionales permanentes, se evalué la posibilidad de reubicarlos a otro Distrito Judicial.

Quinto. Que, el artículo 82°, incisos 24), 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, dispone como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modificar sus ámbitos de competencia territorial; así como, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 453-2021 de la décimo octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 31 de marzo de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de abril de 2021, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios:

HASTA EL 30 DE SETIEMBRE DE 2021 (6 MESES)

DISTRITO JUDICIAL DE ANCASH

• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Ancash; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial.

DISTRITO JUDICIAL DE APURÍMAC

• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Apurímac; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial.

DISTRITO JUDICIAL DE AREQUIPA

• Sala de Apelaciones Transitoria Especializada en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; con competencia territorial en los Distritos Judiciales de Arequipa, Tacna, Moquegua, Puno, Cusco, Madre de Dios y Apurímac.

• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial.

DISTRITO JUDICIAL DE AYACUCHO

• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial y en el Distrito Judicial de Huancavelica.

DISTRITO JUDICIAL DE CAJAMARCA

• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial y en el Distrito Judicial de Amazonas.

DISTRITO JUDICIAL DEL CALLAO

• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia del Callao; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial y en los Distritos Judiciales de Puente Piedra-Ventanilla y Huaura.

DISTRITO JUDICIAL DE CUSCO

• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Cusco; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial.

DISTRITO JUDICIAL DE HUÁNUCO

• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Huánuco; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial y en el Distrito Judicial de San Martín.

DISTRITO JUDICIAL DE JUNÍN

• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Junín; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial y en los Distritos Judiciales de Pasco y Selva Central.

DISTRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD

• Sala de Apelaciones Transitoria Especializada en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; con competencia territorial en los Distritos Judiciales de La Libertad, Tumbes, Piura, Sullana, Lambayeque, Cajamarca, Amazonas, Santa, Ancash y Loreto.

• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial.

DISTRITO JUDICIAL DE LAMBAYEQUE

• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial.

DISTRITO JUDICIAL DE LIMA

• Sala de Apelaciones Transitoria Especializada en Extinción de Dominio del Sub Sistema Especializado en Extinción de Dominio con sede en Lima; con competencia territorial en los Distritos Judiciales de Lima, Lima Norte, Lima Este, Lima Sur, Callao, Puente Piedra-Ventanilla, Huaura, Cañete, Ica, Junín, Selva Central, Pasco, Huánuco, San Martín, Ayacucho, Huancavelica y Ucayali.

• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del Sub Sistema Especializado en Extinción de Dominio con sede en Lima; y competencia territorial en los Distritos Judiciales de Lima, Lima Sur, Cañete e Ica.

DISTRITO JUDICIAL DE LIMA ESTE

• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Lima Este; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial y en el Distrito Judicial de Lima Norte.

DISTRITO JUDICIAL DE LORETO

• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Loreto; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial.

DISTRITO JUDICIAL DE MADRE DE DIOS

• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial.

DISTRITO JUDICIAL DE PIURA

• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Piura; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial y en el Distrito Judicial de Sullana.

DISTRITO JUDICIAL DE PUNO

• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Puno; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial.

DISTRITO JUDICIAL DEL SANTA

• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia del Santa; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial.

DISTRITO JUDICIAL DE TACNA

• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Tacna; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial y en el Distrito Judicial de Moquegua.

DISTRITO JUDICIAL DE TUMBES

• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Tumbes; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial.

DISTRITO JUDICIAL DE UCAYALI

• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Ucayali; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial.

HASTA EL 31 DE JULIO DE 2021 (4 MESES)

DISTRITO JUDICIAL DE ANCASH

• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito y Provincia de Carhuaz.

DISTRITO JUDICIAL DEL CALLAO

• 1° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio, en adición a sus funciones Juzgado Penal Liquidador, Distrito y Provincia del Callao.

DISTRITO JUDICIAL DE CUSCO

• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Santa Ana, Provincia de La Convención.

DISTRITO JUDICIAL DE HUÁNUCO

• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Rupa Rupa, Provincia de Leoncio Prado.

• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito y Provincia de Huánuco.

• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, en adición a sus funciones Juzgado Penal Liquidador del Distrito y Provincia de Ambo.

DISTRITO JUDICIAL DE LAMBAYEQUE

• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de José Leonardo Ortiz, Provincia de Chiclayo.

DISTRITO JUDICIAL DE PIURA

• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio, Distrito de Tambo Grande, Provincia de Piura, con itinerancia en Las Lomas, Distrito Judicial de Piura.

DISTRITO JUDICIAL DE PUNO

• Juzgado Penal Colegiado Conformado del Distrito de Juliaca, Provincia de San Román, precisándose que solo es por la continuidad de su conformación pues está integrado por el 1°, 2° y 3° Juzgados Penales Unipersonales Permanente.

DISTRITO JUDICIAL DE SAN MARTÍN

• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, en adición a sus funciones Juzgado Penal Colegiado Conformado del Distrito de Juanjuí, Provincia de Mariscal Cáceres.

• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Nueva Cajamarca, Provincia de Rioja.

DISTRITO JUDICIAL DEL SANTA

• Juzgado Penal Colegiado Conformado Itinerante, Distrito Judicial Del Santa.

DISTRITO JUDICIAL DE SULLANA

• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito Pariñas, Provincia de Talara.

HASTA EL 30 DE JUNIO DE 2021 (3 MESES)

DISTRITO JUDICIAL DE ANCASH

• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, en adición a sus funciones Juzgado Penal Liquidador, del Distrito y Provincia de Huaraz.

DISTRITO JUDICIAL DE LIMA NORTE

• 1° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Condevilla, Distrito de San Martin de Porres, Provincia de Lima.

DISTRITO JUDICIAL DE PUENTE PIEDRA – VENTANILLA

• 1° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Pachacútec, Distrito de Ventanilla, Provincia del Callao.

HASTA EL 31 DE MAYO DE 2021 (2 MESES)

DISTRITO JUDICIAL DE AREQUIPA

• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito y Provincia de Arequipa.

DISTRITO JUDICIAL DEL CALLAO

• Sala Penal de Apelaciones Transitoria del Distrito y Provincia del Callao.

• Juzgado Penal Colegiado Transitorio del Distrito y Provincia del Callao.

• 2° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio, en adición a sus funciones Juzgado Penal Liquidador, Distrito y Provincia del Callao.

• 1° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, en adición a sus funciones Juzgado Penal Liquidador, Distrito y Provincia del Callao.

• 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, en adición a sus funciones Juzgado Penal Liquidador, Distrito y Provincia del Callao.

• 3° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito y Provincia del Callao.

• 3° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito y Provincia del Callao.

• 4° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito y Provincia del Callao.

• 5° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito y Provincia del Callao.

DISTRITO JUDICIAL DE CAÑETE

• 1° y 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, en adición a sus funciones 2° Juzgado Penal Colegiado Conformado del Distrito y Provincia de Cañete.

DISTRITO JUDICIAL DE HUAURA

• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito y Provincia de Oyón, itinerante en Cajatambo.

DISTRITO JUDICIAL DE ICA

• Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio Zona Sur de Ica.

DISTRITO JUDICIAL DE JUNÍN

• Sala Penal de Apelaciones Transitoria Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito El Tambo, Provincia de Huancayo.

DISTRITO JUDICIAL DE LAMBAYEQUE

• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito y Provincia de Chiclayo.

DISTRITO JUDICIAL DE LIMA NORTE

• 1° Sala Penal de Apelaciones Transitoria del Distrito de Independencia, Provincia de Lima.

• 1° Juzgado Penal Colegiado Transitorio del Distrito de Independencia, Provincia de Lima.

• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito y Provincia de Canta.

• 1° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Carabayllo, Provincia de Lima.

• 1° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Carabayllo, Provincia de Lima.

• 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Carabayllo, Provincia de Lima .

• 2° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Condevilla, Distrito de San Martin de Porres, Provincia de Lima.

• 1° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Condevilla, Distrito de San Martin de Porres, Provincia de Lima.

• 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Condevilla, Distrito de San Martin de Porres, Provincia de Lima.

• 1° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Los Olivos, Provincia de Lima.

• 1° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Los Olivos, Provincia de Lima.

DISTRITO JUDICIAL DE LORETO

• Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio del Distrito de Iquitos, Provincia de Maynas.

• 1° Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial Transitorio, en adición a sus funciones Juzgado Penal Liquidador del Distrito de Iquitos, Provincia de Maynas.

• 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio Supraprovincial, en adición a sus funciones Juzgado Penal Liquidador, Distrito de Iquitos, Provincia de Maynas.

DISTRITO JUDICIAL DE PASCO

• Sala Penal de Apelaciones Transitoria del Distrito de Yanacancha, Provincia de Pasco.

• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Yanahuanca, Provincia de Daniel Alcides Carrión.

DISTRITO JUDICIAL DE PIURA

• Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio del Distrito y Provincia de Piura, Distrito Judicial de Piura.

DISTRITO JUDICIAL DE SAN MARTÍN

• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Yurimaguas, Provincia de Alto Amazonas.

DISTRITO JUDICIAL DE SULLANA

• Juzgado de Investigación Preparatoria Supraprovincial Transitorio Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, en adición Juzgado Penal Liquidador, del Distrito y Provincia de Sullana.

DISTRITO JUDICIAL DE TUMBES

• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito y Provincia de Zarumilla.

• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio, en adición a sus funciones Juzgado Penal Liquidador, del Distrito y Provincia de Tumbes.

• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Zorritos, Provincia de Contralmirante Villar.

DISTRITO JUDICIAL DE UCAYALI

• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales del Distrito de Calleria, Provincia de Coronel Portillo.

DISTRITO JUDICIAL DE PUENTE PIEDRA – VENTANILLA

• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Mi Perú, Provincia del Callao.

• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Santa Rosa y Ancón, Provincia de Lima.

• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio, en adición a sus funciones Juzgado Penal Liquidador, Distrito de Ventanilla, Provincia del Callao.

• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, en adición a sus funciones Juzgado Penal Liquidador, Distrito de Ventanilla, Provincia del Callao.

• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Pachacútec, Distrito de Ventanilla, Provincia del Callao.

• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Puente Piedra, Provincia de Lima.

• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Puente Piedra, Provincia de Lima.

Artículo Segundo.- Renombrar el 2° Juzgado Penal Unipersonal del Distrito de Puente Piedra, Provincia de Lima, Distrito Judicial de Puente Piedra – Ventanilla, como Juzgado Penal Unipersonal del mismo distrito, provincia y Distrito Judicial.

Artículo Tercero.- Disponer que las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cañete, Cusco, Huánuco, Huaura, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Lima Este, Lima Norte, Loreto, Madre de Dios, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Santa, Sullana, Tacna, Tumbes, Ucayali y Puente Piedra – Ventanilla, deberán verificar el desempeño de los órganos jurisdiccionales transitorios, cuyo nivel de resolución de expedientes al mes de enero de 2021 sea inferior al 50% de la respectiva meta de producción, debiendo comunicar al Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, sobre el resultado de su verificación y las acciones adoptadas.

Artículo Cuarto.- Exhortar a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, que deberán supervisar y garantizar mes a mes el registro adecuado de la información estadística de los órganos jurisdiccionales a su cargo tanto en el Sistema Integrado Judicial (SIJ) como en el Formulario Estadístico Electrónico (FEE) y cumplir así con los plazos de entrega de información dispuestos en la Directiva Nº 005-2012-GG-PJ, aprobada por Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial N° 308-2012-P-PJ.

Artículo Quinto.- Exhortar a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional que en los requerimientos sobre redistribuciones de expedientes penales en etapa de trámite, desde dependencias permanentes hacia dependencias transitorias, solo se deben considerar a aquellas que presenten buen nivel resolutivo, y no presenten inconsistencias de información de su carga procesal. La Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal analizará la continuidad o reubicación del órgano jurisdiccional transitorio que presente un bajo nivel de producción injustificado.

Artículo Sexto.- Disponer, a mérito del proceso de implementación del Código Procesal Penal, se impulse el uso obligatorio de las casillas electrónicas para todo acto procesal y el uso de las Tecnologías de Información y Comunicaciones.

Artículo Sétimo.- Facultar a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cañete, Cusco, Huánuco, Huaura, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Lima Este, Lima Norte, Loreto, Madre de Dios, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Santa, Sullana, Tacna, Tumbes, Ucayali y Puente Piedra – Ventanilla, tomen las medidas administrativas necesarias para la ejecución de lo indicado en la presente resolución.

Artículo Octavo.- Transcribir la presente resolución a la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Coordinadora Nacional del Sub Sistema Especializado en Extinción de Dominio, Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

ELVIA BARRIOS ALVARADO
Presidenta

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