Esta semana, el Congreso de República aprobó la prórroga a la Comisión Especial, encargada de nombrar por concurso público, a los nuevos miembros de la Junta Nacional de Justicia.
De esta manera, se está modificando la quinta disposición complementaria transitoria de la Ley Orgánica de la JNJ, que prolonga hasta el mes de diciembre, la juramentación de los miembros titulares y suplentes de esta novísima institución, que tiene rango constitucional.
1. Desarrollo del tema
Por lo pronto, la Cámara de Comercio de Lima frente a la problemática que se está atravesando, referida a que en la primera etapa del concurso público, apenas aprobaron tres de los 104 postulantes, viene proponiendo que se tenga en cuenta, para la nueva elección, la trayectoria académica y profesional de los aspirantes, además de un conocimiento del funcionamiento del Poder Judicial y el Ministerio Público.
La Junta Nacional de Justicia, reemplaza al otrora Consejo Nacional de la Magistratura, el mismo que se encargaba de selección y nombramiento, destitución y ratificación de los señores jueces y fiscales del país.
Ahora la JNJ, tiene casi las mismas atribuciones constitucionales que el CNM, con la diferencia que a los magistrados se les realizará una evaluación parcial, cada tres años y medio, por parte de la Academia de la Magistratura.
Para su elección de ha constituido una Comisión Especial, la misma que es conformada por el Defensor del Pueblo Walter Gutierrez, el Presidente del Poder Judicial José Luis Lecaros, la Fiscal de la Nación Zoraida Avalos, el Presidente del Tribunal Constitucional Ernesto Blume, el Contralor General de la República Nelson Shack, Jorge Luis Alva Hurtado – rector de la Universidad Nacional de Ingeniería y Antonio Abruña Puyo, rector de la Universidad de Piura, respectivamente.
Ahora, con esta nueva prórroga, que debe plasmarse la modificatoria de la norma, en el Diario Oficial El peruano, tiene la grave responsabilidad de elegir a los nuevos miembros de la Junta Nacional de Justicia y para tal efecto se ha establecerá un nuevo cronograma del concurso público, cuya fecha se anunciará oportunamente, con las inscripciones de los candidatos y concluirá con la juramentación de sus miembros en el mes de diciembre del presente año.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 86 de la Ley 30916, la Comisión Especial convocará a concurso público para la elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia.
El concurso público consta de seis etapas: convocatoria de postulantes, evaluación de conocimientos, evaluación curricular, pruebas de confianza, entrevista personal y publicación de cuadro de méritos.
Todas las etapas, son públicas y en el caso de la entrevista personal, esta se difunde en vivo a través de los medios de comunicación, además se debe garantizar la participación de la ciudadanía en las distintas etapas del procedimiento.
Dentro de los requisitos para ser miembro de la Junta Nacional de Justicia, se requiere ser peruano de nacimiento, ser ciudadano en ejercicio, ser mayor de cuarenta y cinco años y menor de setenta y cinco años, ser abogado, con experiencia profesional no menor de veinticinco años, haber ejercido cátedra universitaria no menor de veinticinco años y haber ejercido la labor de investigador en forma continua y comprobada en materia jurídica por lo menos durante quince años.
Un aspecto importante a tener en cuenta, es que los integrantes de la Comisión Especial, que incurran en conflicto de intereses, deben abstenerse de evaluar a los candidatos que se encuentren en los supuestos de relación de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, haber sido socio o haber participado en su directorio, gerencia o consejo consultivo, o también haberse desempeñado como trabajador o prestador de servicios bajo sus órdenes o cualquier situación en la cual se pueda determinar, razonablemente que exista un conflicto entre el integrante de la Comisión especial y el postulante a la JNJ.
Otro aspecto también relevante, es que los miembros de la Junta Nacional de Justicia, están prohibidos de recibir condecoraciones, honoris causa o cualquier tipo de reconocimientos que pueda comprometer la objetividad del ejercicio de sus funciones y además están prohibidos de patrocinar directa o indirectamente, ningún curso de capacitación o preparación para aspirante o postulante en los procedimientos a cargo de la Junta y además se encuentran prohibidos de desempeñar cualquier otro cargo público o privado o ejercer cualquier profesión u oficio, a excepción de la docencia universitaria a tiempo parcial.
Corresponde a la Comisión Especial de la JNJ, estar a la altura de la historia, a fin de realizar una muy buena selección de estas catorce plazas, pues estos nuevos integrantes tendrán la grave responsabilidad de incorporarse a este órgano constitucional descentralizado, cuya función será de seleccionar y designar, destituir y ratificar a los jueces y fiscales de la República, así como también, tendrán la inmensa responsabilidad de que la ciudadanía vuelva a confiar en la justicia peruana, tan venida a menos durante estos últimos años.
En la actual coyuntura, indudablemente este concurso público de méritos para elegir a los nuevos miembros de la Junta Nacional de Justicia, es muy importante, por la ingente labor profesional que realizará este nuevo organismo descentralizado, también por la cantidad de plazas convocadas y por la calidad moral, académica y democrática de sus nuevos integrantes, que en sus manos y decisiones judiciales se encuentra el destino de ciento de miles de justiciables que esperan de un Poder Judicial sea cada vez más fuerte, más célere y desde luego más justo.
2. A modo de conclusión
En consecuencia, el reto de esta Comisión Especial para designar a los miembros de la Junta Nacional de Justicia, que a su vez designarán a los jueces y fiscales de todo el país, es muy importante en un Estado constitucional de derecho, pues su accionar debe garantizar el cumplimiento de los más altos estándares de calidad, a fin de tener una JNJ con los mejores miembros, transparentes e intachables y que además se constituyan en la reserva moral del país. Se corre traslado.

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