El congresista Wilson Rusbel Quispe Mamani, presentó el Proyecto de Ley 6401/2023-CR, que Proponen homologar remuneraciones de los defensores de oficio con las que perciben los nuevos defensores.
Proyecto de Ley N° 6401/2023-CR
PROYECTO DE LEY QUE REGULA LA HOMOLOGACIÓN DE LAS REMUNERACIONES DE LOS DEFENSORES DE OFICIO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS CON LAS QUE PERCIBEN LOS NUEVOS DEFENSORES QUE REALIZAN LAS MISMAS FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto autorizar al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – MINJUSDH, homologar las remuneraciones de los defensores de oficio del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – MINJUSDH, Ley N° 27019, Ley que crea el servicio nacional de la defensa de oficio, con las remuneraciones que perciben los nuevos defensores que realizan las mismas funciones y responsabilidades.
Artículo 2. Finalidad
La finalidad de esta ley es promover el desarrollo integral, las aspiraciones, la igualdad de puestos de mayor nivel y responsabilidad, así como cerrar la brecha existente de falta de defensores de oficio en las sedes judiciales.
Artículo 3. Autorización de homologación
Se autoriza al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – MINJUSDH, a fin de que homologue las remuneraciones de los defensores de oficio del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – MINJUSDH, con las que perciben los nuevos defensores que realizan las mismas funciones y responsabilidades. Asimismo, encargársele adoptar las acciones administrativas y logísticas, así como dictar las medidas que sean necesarias para el cumplimiento de lo establecido en la presente ley.
Artículo 4. Ámbito de aplicación
La presente Ley es aplicable al personal que labora en las diversas sedes judiciales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – MINJUSDH, en el marco de la Ley N° 27019, Ley que crea el servicio nacional de la defensa de oficio.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA. Reglamentación
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – MINJUSDH, en un plazo máximo de 60 días hábiles emitirá la reglamentación y directivas correspondientes para la aplicación de la presente ley, previa opinión favorable de la Autoridad Nacional del Servicio Civil — SERVIR.
SEGUNDA. Derogatoria
Se deja sin efecto toda norma que se oponga a la presente ley.
![No se vulnera el derecho de defensa si la acusación contiene una calificación alternativa de un mismo delito en forma «dolosa» y «culposa» (Ministerio Público efectuó imputación principal por el delito de homicidio simple por dolo eventual y, como pretensión subsidiaria, por el delito de homicidio culposo contra el médico que inyectó aceite de silicona líquida en los glúteos de la agraviada, conociendo los efectos nocivos de esta sustancia) [Casación 82-2012, Moquegua, f. j. 6] Homicidio - cuchillo - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/04/Homicidio-cuchillo-LPDerecho-218x150.jpg)
![La acusación fiscal debe ser motivada e íntegra, pues exige una fundamentación suficiente, lógica e integral de la pretensión fiscal; además, debe satisfacer un estándar mínimo de suficiencia que permita a la defensa preparar su teoría del caso en juicio (doctrina jurisprudencial) (caso César Acuña) [Casación 760-2016, La Libertad, f. j. 16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/Instituto-Medico-Legal-Ministerio-Publico-Fiscalia-LP-Derecho-218x150.jpg)
![Si varias personas participaron en el robo, no es exigible que al único capturado se le encuentre en posesión del bien sustraído para que responda por el delito [RN 531-2025, Lima, f. j. 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BALANZA-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)






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![Para la configuración de una infracción insubsanable, el inspector debe demostrar que el incumplimiento ha generado un efecto irreversible [Resolución 0282-2026-SUNAFIL/TFL-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/sunafil-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)

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![Declaran en emergencia el servicio público de transporte [Decreto Legislativo 1704]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/transporte-publico-trafico-LPDerecho-324x160.jpg)