Entre las varias reformas que ha planteado la comisión de alto nivel para la reforma política, presidido por el politólogo Fernando Tuesta, ha llamado la atención la propuesta de eliminar la denominada Ley seca, restricción aplicada a los procesos electorales.
En el Perú, el artículo 351 de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley 26859, prohíbe la venta de bebidas alcohólicas desde las 8:00 horas del día anterior al día de la votación, hasta las 8:00 horas del día siguiente de las elecciones.
La propuesta se ampara en lo que sucede en otras legislaciones. Si se observa la regulación de la región, se puede concluir que la peruana es bastante restrictiva al respecto, sobre todo en términos de duración (la mayoría de países solo establece un periodo de restricción de doce horas). El informe también constata que hay una tendencia en la región a eliminar dicha restricción de manera general y solo habilitar a que la impongan determinados municipios o gobiernos de la región en función del tipo de proceso electoral o del tipo de establecimiento donde se expende el alcohol.
En ese sentido, dice la comisión, siguiendo la tendencia que se manifiesta en la región a reducir restricciones que afectan las libertades ciudadanas y el ejercicio de derechos, se propone eliminar la restricción al expendio de bebidas alcohólicas durante los procesos electorales.
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