La propiedad intelectual (PI) es el derecho que obtiene una persona, organización o empresa sobre sus creaciones inmateriales, como son las invenciones, las obras literarias y artísticas, las marcas, entre otras. Este supone el reconocimiento de su creatividad y le brinda la exclusividad de uso de dicha creación durante tiempo determinado.
La importancia de la PI radica en que “una persona o empresa que desarrolla actividades económicas en un país, obtiene la seguridad de que sus intangibles o creaciones van a ser protegidos del uso indebido por parte de un tercero. Si se cuenta con un sistema legal sólido de PI, se está brindando una señal positiva a la comunidad internacional de inversionistas en el sentido de que sus derechos van a ser respetados”, explica Luis Diez Canseco, decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Humanas de la Universidad Tecnológica del Perú (UTP).
Además, la PI representa “una importante fuente de ingresos para sus creadores, por lo cual, resulta de capital importancia que sea registrada ante los organismos competentes a fin de evitar que sean aprovechadas ilícitamente por terceros”, según el decano. A ello agrega que “la PI puede ser no solo utilizada por su credor, sino que también puede ser licenciada o transferida a un tercero”.
En ese sentido, el experto alienta a las personas naturales y jurídicas, además de todos los emprendedores, a registrar sus creaciones ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI). “Lo primero que debe hacer es acercarse y hacer una búsqueda de anterioridades o de novedad. Ello permitirá conocer si existe una marca, patente, modelo de utilidad o diseño industrial, entre otros tipos de PI, igual o parecida a la que desea registrar”, detalla.
Antes de proceder con el registro de un producto o servicio, es importante definir cuál es el tipo de elemento de PI que se busca proteger. Según Luis Diez Canseco, estas son las diversas categorías de PI:
Marcas: se trata de la identidad de un producto o servicio. Es además el conjunto de elementos distintivos (nombre, diseño, logotipo, eslogan, empaque) que permite diferenciar sus productos o servicios de la competencia. De esa manera, se evita que los consumidores confundan sus productos o servicios con los que ofrecen otros empresarios.
Diseños industriales: se trata del diseño del envase dentro del cual está contenido un producto o de la apariencia estética de este o de una parte del mismo. Por ejemplo, las botellas de los perfumes y de los licores, las envolturas o incluso las cajas o empaques que contienen los productos que se comercializan.
Patentes o invenciones: son aquellas creaciones intelectuales que suponen un desarrollo tecnológico de alto nivel. Puede ser un nuevo producto o un procedimiento. Este tipo de PI se le concede a una persona o empresa por un tiempo limitado con la condición de luego divulgar la invención al público.
Modelos de utilidad: se refiere al tipo de propiedad industrial que protege invenciones nuevas y originales que tengan un carácter práctico o industrial, pero que no alcanzan el nivel de inventiva de una patente. Además, una de sus características es que le agrega una variante a un producto preexistente. Por ejemplo, el sofá cama o el lápiz con borrador.
Derechos de autor: son las creaciones tales como libros, pinturas, música, fotografías, obras arquitectónicas, obras teatrales, software, cine. Estas suponen un desarrollo del ingenio humano y permite que, por ejemplo, los artistas puedan asegurar su creatividad durante toda su vida.
Denominaciones de origen: son los signos que identifican un producto, principalmente de origen agrícola, que poseen características particulares debido al lugar o a las tradiciones y cultura donde se cultiva o produce. Es el caso del maíz gigante del Cusco, la cerámica de Chulucanas o el café de Chanchamayo.
Especialidades tradicionales garantizadas: es la protección de la creación intelectual asociada con las recetas de comida. Es un tipo de propiedad intelectual que protege a las recetas tradicionales y el acervo gastronómico de un país. “En el caso del Perú es muy importante debido a que somos un país con una culinaria tradicional muy importante que, además, es una fuente de ingresos para nuestro turismo”, concluye Diez Canseco.
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![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png 218w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-100x70.png 100w)
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