Fundamento destacado: 2.6.4. En tal escenario, corresponde nombrar al solicitante, doña WALTER DAVID LOLI IGLESIAS, como APOYO de su hermana, doña ZELIDA LITA LOLI IGLESIAS, motivo por el cual, corresponde amparar la demanda interpuesta, con la finalidad de facilitar el ejercicio de sus derechos, incluyendo el apoyo en la comunicación, en la comprensión de los actos jurídicos y de las consecuencias de estos, y la manifestación e interpretación de su voluntad, otorgándosele facultades de representación al solicitante únicamente, a fin de que pueda representarlo en el cobro de la pensión de mensual de sobrevivencia que percibe su hermana, debido al fallecimiento de su padre, don Juan Jesús Loli Pineda, quien se desempeñó como Sub Oficial Técnico de la Policía Nacional del Perú.
PODER JUDICIAL DEL PERÚ
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA LIBERTAD
CUARTO JUZGADO DE FAMILIA DE TRUJILLO
EXPEDIENTE N° : 08740-2021-0-1601-JR-FC-06
DEMANDANTE : WALTER DAVID LOLI IGLESIAS
A FAVOR : ZELIDA LITA LOLI IGLESIAS
MATERIA : DESIGNACIÓN DE APOYO
JUEZ : MARCO ANTONIO CELIS VÁSQUEZ
SECRETARIA : NELLY LAVADO HUARCAYA
SENTENCIA
RESOLUCIÓN NÚMERO SIETE
Trujillo, diecinueve de abril del año dos mil veintidós
VISTOS; AVOCÁNDOSE al cocimiento del presente proceso, el señor Juez que suscribe, quien además procede a emitir la siguiente decisión:
I.- PARTE EXPOSITIVA
1.1. Hechos narrados por la solicitante
Resulta de autos que, mediantes escrito postulatorio de folios de 34 a 38, subsanado mediante escrito de folios 59 a 60, don WALTER DAVID LOLI IGLESIAS, acude al órgano jurisdiccional con la finalidad de solicitar se designe a doña GLADYS ORFELINDA AZAÑERO BLAS, como APOYO de su hermana, ZELIDA LITA LOLI IGLESIAS), quien padece de retardo mental severo por secuela de meningitis. Hipocausia severa, pues expone que dicha persona es quien la cuida y además vive con su hermana en mención.
Refiere el solicitante que su hermana es cuidada en la ciudad de Trujillo por doña Gladys Orfelinda Azañero Blas, persona de su confianza y vive con su hermana; asimismo, agrega que su hermana percibe una pensión mensual de sobrevivencia, ascendente en la suma de S/ 2, 104.00 Soles, la cual se accedió al fallecer su padre, quien en vida fue Sub Oficial Técnico de la Policía Nacional del Perú y quien además fue nombrado como su Curador en el expediente judicial No. 3606-2002, por ante el Tercer Juzgado Civil de Trujillo, es por ello, solicitan autorización para poder cobrar dicho importe.
Finalmente, expone el solicitante que tiene tres hermanos, Javier Armando, Juan Rodolfo y Harold Jesús Loli Iglesias, los mismos que están de acuerdo con la designación del apoyo.
1.2. Audiencia de actuación y declaración judicial
Con fecha, diez de enero del año en curso, se llevó a cabo la audiencia de actuación y declaración judicial, conforme al acta de su propósito de folios 68 y 69, durante la cual, se corroboró en primer lugar que, doña ZELIDA LITA LOLI IGLESIAS, no puede expresar su voluntad.
A continuación, el solicitante expuso que, por acuerdo de sus hermanos, han decidido que la designación del APOYO de su hermana, deberá recaer en el solicitante, en atención a su profesión de médico y debido a que viaja constantemente a esta ciudad de Trujillo; asimismo, cuando no está en esta ciudad, coordina con sus colegas para que atiendan a su hermana, ratificando que la solicitud interpuesta también debe comprender la autorización para poder cobrar la pensión otorgada a favor de su hermana.
Asimismo, en dicho acto participaron los hermanos del solicitante, señores, Harold Jesús, Javier Armando y Juan Rodolfo Loli Iglesias, quienes se ratificaron en que su hermano Walter David, el ahora solicitante sea designado como apoyo de su hermana, doña ZELIDA LITA LOLI IGLESIAS.
1.3. Informe médico correspondiente a doña ZELIDA LITA LOLI IGLESIAS
A folios 09, obra el Informe médico, de fecha, 07 de septiembre del año 2021, emitida por el médico, José Antonio Sarachaga Carpio, que diagnostica que la evaluada, doña Zelida Lita Loli Iglesias, padece de retardo mental severo, secuelas de meningits, hipotiroidismo, y se corrobora aún más, con las fotografías de folios13 a 20.
[Continúa…]