El Fondo Editorial PUCP liberó su colección «Lo esencial del derecho». Ahí destaca el libro Introducción al derecho ambiental (Lima, 2017), escrito por el profesor Patrick Wieland Fernandini. Compartimos este fragmento del texto que explica, de manera ágil y sencilla, ocho principios del derecho ambiental.
Principios del derecho ambiental
En el derecho, los principios son concepciones o convicciones generales que facilitan la toma de decisiones y orientan la interpretación y aplicación de las normas (Lanegra, 2008). Los principios del derecho ambiental dan fundamento, dirección y coherencia a las normas de carácter ambiental. Considerando la juventud de esta disciplina y su rápido crecimiento, los principios cumplen un rol importante al sentar las bases de lo que en el futuro puede convertirse en normas vinculantes (Aguilar & Iza, 2005). Los principios más importantes son:
1. Principio de sostenibilidad
La idea de sostenibilidad nace del Informe de la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y Desarrollo de las Naciones Unidas (conocido como el informe Brundtland), según el cual el desarrollo sostenible es el proceso que asegura la satisfacción de las necesidades humanas del presente sin que se ponga en peligro la capacidad de las generaciones futuras para atender sus propias necesidades.
El objetivo de este principio es que las actividades que realicen las personas se hagan de manera responsable y en armonía con los fines sociales y económicos del país. De esta manera, el concepto de sostenibilidad «se define como un proceso de cambio en el que la explotación de los recursos, la dirección de las inversiones, la orientación del desarrollo tecnológico y del cambio institucional están todas ellas en armonía y posibilitan el potencial actual y futuro de alcanzar las necesidades y aspiraciones humanas» (Bru, 1997, p. 70). Así pues, el desarrollo sostenible exige una gestión del ambiente de manera equilibrada entre los aspectos sociales, ambientales y económicos. No obstante, la influencia de la variable ambiental es aún incipiente (Adams, 2006).
2. Principio de buena vecindad y cooperación internacional
Reconoce que los problemas ambientales requieren de la cooperación de las naciones. Este principio impone la obligación de prevenir, reducir y controlar la contaminación y el daño ambiental dentro de las fronteras de cada Estado, así como la obligación de cooperar en la mitigación de riesgos y emergencias ambientales (Iturregui, 1997).
3. Principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas
Reconoce que los Estados deben cooperar con la conservación y restauración del ambiente teniendo en cuenta el aporte que han realizado al estado actual del mismo y a sus propias capacidades técnicas y económicas. Un ejemplo de la aplicación de este principio es el Protocolo de Kioto, que establece metas diferenciadas de reducción de emisiones de carbono de acuerdo a la contribución histórica de cada Estado Parte al calentamiento global, como veremos en el capítulo 8.
4. Principio de prevención
La gestión ambiental tiene como objetivos prioritarios prevenir, vigilar y evitar la degradación ambiental. La prevención es el pilar del derecho ambiental en la medida en que el bien jurídico protegido es finito y su reparación no necesariamente lo regresa a la situación inicial. Así pues, un claro ejemplo de la aplicación del principio de prevención es la obligación del titular de un proyecto de inversión de contar con un estudio de impacto ambiental (EIA) que identifique los riesgos ambientales y las medidas de manejo ambiental antes de iniciar las obras, como desarrollaremos en el capítulo 4.
5. Principio precautorio
Este principio es probablemente el más controversial del derecho ambiental. Establece que cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del ambiente. Para la aplicación de este principio deben existir indicios razonables y suficientes sobre la realidad y gravedad del riesgo o amenaza de daño grave o irreversible en el ambiente. Volveremos a este principio en la discusión sobre las antenas de telefonía móvil (capítulo 5) y los transgénicos (capítulo 8).
6. Principio de internalización de costos
Toda persona natural o jurídica, pública o privada, debe asumir el costo de los riesgos o daños que genere sobre el ambiente. Este principio busca que el agente contaminador incluya en su estructura de costos de producción o de prestación de un servicio en el mercado el precio de la prevención, la vigilancia y la restauración de la situación a su estado anterior.
7. Principio de responsabilidad ambiental
El causante de la degradación del ambiente y de sus componentes —sea una persona natural o jurídica, pública o privada— está obligado a adoptar las medidas para su restauración, rehabilitación o reparación. A diferencia del principio de internalización de costos, el principio de responsabilidad ambiental se refiere a las acciones que debe implementar el causante del daño una vez que este haya ocurrido. Este principio es la base del régimen sancionador y será desarrollado en el capítulo 7.
8. Principio de gobernanza ambiental
La gobernanza ambiental es el conjunto de reglas, prácticas y entidades que enmarcan la gestión del ambiente en sus distintas modalidades (Fontaine & Narváez, 2007). La gobernanza ambiental tiene la finalidad de armonizar las políticas, instituciones, normas, procedimientos, herramientas e información de manera tal que sea posible la participación efectiva e integrada de los actores públicos y privados en la toma de decisiones, manejo de conflictos y construcción de consensos (Foy, 2008a).
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