El congresista de la República, Alejandro Soto Reyes, integrante del Grupo Parlamentario Alianza para el Progreso presentó el Proyecto de Ley 3064/2022-CR que propone eliminar los puestos de confianza en las empresas del Estado.
El proyecto busca incentivar la práctica de la meritocracia y garantizar que el reclutamiento de personal se realice mediante concurso público de capacidades profesionales en las empresas del ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado
De acuerdo a la normativa vigente los puestos de confianza en una empresa no pueden superar el 5% del total de puestos existentes en el cuadro de asignación de personal.
Proyecto de Ley N°. 3064/2022-CR
PROYECTO DE LEY QUE ELIMINA LOS PUESTOS DE CONFIANZA EN LAS EMPRESAS DEL ESTADO
El Congresista de la República que suscribe, ALEJANDRO SOTO REYES, integrante del Grupo Parlamentario Alianza para el Progreso, en ejercicio del derecho de iniciativa legislativa que le confiere el artículo 107 de la Constitución Política y los artículos 74 y 75 del Reglamento, propone el siguiente
PROYECTO DE LEY:
FÓRMULA LEGAL
LEY QUE ELIMINA LOS PUESTOS DE CONFIANZA EN LAS EMPRESAS DEL
ESTADO
Artículo 1. Objeto de la ley La presente ley tiene por objeto incentivar la práctica de la meritocracia y garantizar que el reclutamiento de personal se realice mediante concurso público de capacidades profesionales en las empresas del ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE.
Artículo 2. Prohibición
Se prohíbe los cargos de confianza en las empresas del Estado que se encuentran en pel ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado fonafel
Disposición complementaria final
ÚNICA. El poder ejecutivo emite el reglamento de la presenta ley en un plazo no mayor a sesenta (60) días calendario contactos desde su publicación. FONAFE
Lima, 13 de setiembre de 2022
[Continúa…]
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![Que el derecho a la constitución en parte civil caduque a partir de la notificación de la disposición de conclusión de la investigación preparatoria, lejos de constituir un premio a la falta de diligencia de una de las partes, es resultado del cumplimiento a la garantía del debido proceso [Apelación 18-2025, Corte Suprema]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Cuando un fiscal adjunto superior actúa en nombre y representación de un despacho fiscal superior, como parte de su equipo, asume la investidura de este [Apelación 10-2025, Amazonas]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ABOGADO-JUEZ-LPDERECHO-218x150.jpg)

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![Siempre que las contrataciones que realicen las Entidades de la Administración Pública, para abastecerse de bienes, servicios y obras, impliquen la erogación de fondos públicos, dichas contrataciones se encontrarán comprendidas dentro del ámbito de aplicación de la normativa de contrataciones del Estado, estando así, obligadas a cumplir las disposiciones contenidas en la Ley, su Reglamento, y las demás normas obligatorias emitidas en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento [Opinión D000029-2025-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)

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