Los congresistas integrantes del Grupo Parlamentario de Acción Popular, ejerciendo su derecho de iniciativa legislativa conferido en el artículo 107 de la Constitución, y conforme a lo dispuesto en el artículo 76 del Reglamento del Congreso, han presentado el Proyecto de Ley que reformaría la Constitución al modificar la duración del mandato del presidente, vicepresidentes y congresistas elegidos en los comicios del año 2016.
En la exposición de motivos de esta iniciativa legislativa signada con el código 2614/2917-CR, se sostiene que nuestro país «atraviesa por una crisis política, institucional, moral y de representación. El Poder Legislativo, el Poder Ejecutivo, el Poder Judicial, las instituciones públicas, los gobiernos regionales y locales, con escasa excepciones, hoy son cuestionados y rechazados por la población».
La descomposición moral y política, se dice en la exposición, no sólo alcanza a los poderes públicos y organizaciones políticas, sino también a los sectores empresariales y a las organizaciones sociales, a muchos medios de comunicación e incluso a la representación de la sociedad civil.
En ese sentido, los parlamentarios de Acción Popular afirman que no tomar una decisión radical frente a la comprobada situación de un «cáncer de inmoralidad que se ha esparcido de manera incontenible en la sociedad», podría llevar al Perú, en vísperas de celebrar el Bicentenario, a «terminar por destruir los valores que motivaron a nuestros próceres y a los fundadores de la patria».
Así también se indica que el Congreso tiene casi 80% de desaprobación, mientras que el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial alcanzan cifras no muy alentadoras: casi 85% el primero y más del 70% el segundo; situación que habría impulsado la «demanda ciudadana», expresada en la frase «que se vayan todos».
A continuación compartimos con ustedes la fórmula legal de la iniciativa.
LEY QUE REFORMA LA CONSTITUCIÓN Y MODIFICA LA DURACIÓN DEL MANDATO DEL PRESIDENTE, VICEPRESIDENTES Y CONGRESISTAS ELEGIDOS EN LAS ELECCIONES GENERALES DE 2016
Artículo Único.- Incorpora dos Disposiciones Transitorias Especiales a la Constitución Política del Perú
Agréganse al texto de la Constitución Política del Perú las siguientes Disposiciones Transitorias Especiales:
Cuarta.- El Presidente y los Vicepresidentes elegidos en las Elecciones Generales de 2016, concluirán su mandato el 28 de julio de 2019. Los congresistas elegidos en el mismo proceso electoral culminarán su representación el 26 de julio de 2019. No son de aplicación para ellos, por excepción, los plazos establecidos en los artículos 90 y 112 de la Constitución Política del Perú.
Quinta.- El proceso de Elecciones Generales que se realice el 2019, será convocado para elegir al Presidente y Vicepresidentes y para elegir un Congreso Constituyente por el periodo de cinco (5) años.
El Congreso Constituyente, en el primer año de su gestión, se encargará de redactar y aprobar una nueva Constitución Política del Perú, adicionalmente a sus funciones propias como Congreso de la República.

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