Para todos aquellos que deseen postular al Ministerio Público, para los cargos de asistente en función fiscal o asistente administrativo, les dejamos aquí estas preguntas sobre el turno penal. ¿Te animas a resolver las preguntas?
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Preguntas (y respuestas) por el turno penal
1. Es el servicio permanente que brinda el Ministerio Público a los usuarios con la finalidad de atender las denuncias que requieran de una intervención urgente e inaplazable.
Este concepto corresponde a:
a. Turno penal.
b. Flagrancia
c. Atención en mesa de partes.
d. Atención a usuarios.
e. Atención de denuncias.
Base legal: Conforme a los lineamentos establecidos por la Secretaría Técnica de la Oficina Técnica de Implementación del Código Procesal Penal en los lineamientos de gestión de la Fiscalía Corporativa Penal (2021).
2. ¿Quién es el encargado de prestar atención durante el turno penal?
a. El fiscal provincial penal y del equipo de la Fiscalía Corporativa Penal, conformado por fiscales y personal administrativo.
b. El fiscal provincial penal y los fiscales adjuntos provinciales.
c. Solo el fiscal designado.
d. El fiscal superior ordena de acuerdo a la agenda de cada fiscal.
e. Ninguna de las anteriores.
Base legal: Conforme a los lineamentos establecidos por la Secretaría Técnica de la Oficina Técnica de Implementación del Código Procesal Penal en los lineamientos de gestión de la Fiscalía Corporativa Penal (2021).
3. El equipo fiscal, durante el turno penal, estará a disposición inmediata las:
a. 8 horas de trabajo.
b. 12 horas.
c. De lunes a viernes.
d. 24 horas del día.
e. No está determinada.
Base legal: Conforme a los lineamentos establecidos por la Secretaría Técnica de la Oficina Técnica de Implementación del Código Procesal Penal en los lineamientos de gestión de la Fiscalía Corporativa Penal (2021).
4. El despacho del fiscal provincial penal que se encuentre de turno asume el conocimiento de:
a. Todas las denuncias que ingresen en dicho turno.
b. Las denuncias verbales que requieran una intervención inmediata.
c. Las denuncias conocidas por comunicación policial.
d. Las noticias criminales propaladas por los medios de comunicación social.
e. Todas las anteriores.
Base legal: Conforme a los lineamentos establecidos por la Secretaría Técnica de la Oficina Técnica de Implementación del Código Procesal Penal en los lineamientos de gestión de la Fiscalía Corporativa Penal (2021).
5. ¿Cómo se fija el turno penal?
a. De acuerdo a la cantidad de fiscalías corporativas penales, según el diseño organizacional de cada distrito fiscal.
b. De acorde al número de habitantes del distrito fiscal.
c. De acorde al acuerdo establecido por los fiscales provincial en al plan anual.
d. De acuerdo a la decisión de fiscal superior penal gestor coordinador.
e. Ninguna de las anteriores.
Base legal: Conforme a los lineamentos establecidos por la Secretaría Técnica de la Oficina Técnica de Implementación del Código Procesal Penal en los lineamientos de gestión de la Fiscalía Corporativa Penal (2021).
Posturno
6. ¿Quiénes son los encargados de disponer el posturno penal?
a. Solo el fiscal superior penal gestor.
b. El presidente de la Junta de Fiscales Superiores.
c. Fiscal superior penal gestor en coordinación con el presidente de la Junta de Fiscales Superiores.
d. Fiscal superior penal gestor en coordinación con el presidente de la Junta de Fiscales Superiores y la Fiscalía de la Nación.
e. Ninguna de las anteriores.
Base legal: Conforme al V, 5.1.2, lineamiento establecido por la Secretaría Técnica de la Oficina Técnica de Implementación del Código Procesal Penal en los lineamientos de gestión de la Fiscalía Corporativa Penal (2021), que establece las funciones de fiscal superior gestor.