[Precedente] Cónyuge sobreviviente puede inscribir la copropiedad del bien inmueble en merito a la partida de defunción o sucesión intestada [Resolución 104-2023-Sunarp/PT]

A través de la Resolución 104-2023-Sunarp/PT, el Tribunal Registral publicó 5 nuevos precedentes de observancia obligatoria.

1. Inscripción de copropiedad como consecuencia del fenecimiento del régimen de sociedad de gananciales

2. Transferencia como consecuencia del fenecimiento del régimen de sociedad de gananciales cuando no existe liquidación.

3. Saneamiento físico legal de bienes inmuebles estatales

4. Acto causal en la declaración jurada en los procedimientos de saneamiento

5. Certificado de información catastral

A continuación presentamos el precedente 1. Inscripción de copropiedad como consecuencia del fenecimiento del régimen de sociedad de gananciales


RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL

REGISTRAL Nº 104-2023-SUNARP/PT del 17 de mayo de 2023
PRECEDENTES APROBADOS EN EL CCLXXIV
PLENO DEL TRIBUNAL REGISTRAL

1. INSCRIPCIÓN DE COPROPIEDAD COMO CONSECUENCIA DEL FENECIMIENTO DEL RÉGIMEN DE SOCIEDAD DE GANANCIALES

Es inscribible en el rubro títulos de dominio la copropiedad que surge entre los cónyuges o ex cónyuges como consecuencia del fenecimiento del régimen de sociedad de gananciales.

La inscripción de la copropiedad en los registros de bienes se realizará en mérito a la inscripción efectuada en el Registro Personal, salvo que conforme al título archivado el bien haya sido adjudicado de modo distinto, en cuyo caso se efectuará conforme al título archivado.

Cuando el fenecimiento del régimen de sociedad de gananciales se origina en la muerte de uno de los cónyuges, la inscripción de la copropiedad en los registros de bienes se efectuará en mérito a la partida de defunción, o de la anotación de sucesión intestada o ampliación del testamento en el Registro de Personas Naturales.

Criterio sustentado en la Resolución Nº 3421-2022-SUNARP-TR y Resolución Nº 1539-2023-SUNARP-TR (copropiedad por fenecimiento del régimen de sociedad de gananciales por sustitución de régimen patrimonial de sociedad de gananciales a separación de patrimonios); Resolución Nº 2678-2022-SUNARP-TR (copropiedad por fenecimiento del régimen de sociedad de gananciales por muerte de uno de los cónyuges); Resoluciones Nº 2657-2022-SUNARP-TR, Nº 2135-2022-SUNARP-TR y Nº 533-2021-SUNARP-TR-L (copropiedad por fenecimiento del régimen de sociedad de gananciales por divorcio).

Descargue la resolución aquí

Comentarios: