Por motivación inexistente anulan resolución que revocó comparecencia con restricciones e impuso prisión preventiva a Vladimir Cerrón [Exp. 00004-2015-81-5001-JR-PE-01]

1206

La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional declaró nula la resolución del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria que revocó comparecencia con restricciones e impuso 12 meses de prisión preventiva contra Vladimir Cerrón.

La medida ahora revocada había sido dispuesta por el magistrado Cristóbal Ayala en el marco del caso Antalsis.

Lea más | Vladimir Cerrón: anulan prisión preventiva, solicitan prescripción de delitos y otros detalles del caso Antalsis

En dicho proceso, el prófugo exgobernador regional de Junín, condenado por colusión el 6 de octubre del 2023 (caso Aeródromo Wanka), enfrenta los presuntos delitos asociación ilícita agravada, colusión agravada y cohecho pasivo propio.

Esa misma resolución de primera instancia, emitida en julio último, también había declarado infundado pedido para variar comparecencia con restricciones por comparecencia simple, formulado por la defensa de Cerrón Rojas.

Lea más | Los Dinámicos del Centro: juez rechaza archivamiento de delito de organización criminal en caso contra Vladimir y Waldemar Cerrón

El Tribunal dispuso que otro juez de la investigación preparatoria nacional emita una nueva resolución conforme a la ley, teniendo en cuenta los fundamentos de la presente resolución.

Esta última recoge la “resolución de primera instancia incurre en un vicio de nulidad absoluta, ello debido a la ‘motivación inexistente‘ en la valoración de los elementos de convicción necesarios para justificar la adopción de la prisión preventiva”.


TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES NACIONAL

Expediente : 00004-2015-81-5001-JR-PE-01

Jueces superiores : Salinas Siccha /Rodríguez Alarcón /Enríquez Sumerinde

Ministerio Público : Segunda Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios

Imputado : Vladimir Roy Cerrón Rojas y otros

Delitos : Colusión agravada y otros

Agraviado : El Estado

Especialista judicial : Esteba Velásquez

Materia : Apelación de auto sobre revocatoria de comparecencia con restricciones por prisión preventiva

Resolución N.° 4

Lima, veintiséis de agosto

de dos mil veinticuatro

VISTOS y OÍDOS: En audiencia pública, los recursos de apelación interpuestos por la defensa técnica del imputado Vladimir Roy Cerrón Rojas y el representante del Ministerio Público contra la Resolución N.° 10, de 22 de julio de 2024, que declaró: i) infundado el pedido de variación de comparecencia con restricciones por comparecencia simple formulada por la defensa técnica del referido imputado; ii) fundado en parte el requerimiento de revocatoria de comparecencia con restricciones por el plazo de doce meses de prisión preventiva en contra del referido imputado formulado por el Ministerio Público, con lo demás que contiene, esto en el proceso penal que se le sigue por la presunta comisión del delito de colusión agravada y otros, en agravio del Estado. Actúa como ponente el juez superior Dr. SALINAS SICCHA y ATENDIENDO:

I. ANTECEDENTES

1.1 El representante del Ministerio Público con fecha 24 de octubre de 2016, formuló requerimiento de comparecencia con restricciones en contra del imputado Vladimir Roy Cerrón Rojas por la presunta comisión de los delitos de asociación ilícita agravada, colusión agravada y cohecho pasivo propio, en agravio del Estado. Pedido que fue atendido por el juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Sala Penal Nacional, quien por Resolución N.° 1, de 19 de enero de 20171 , declaró fundado el citado requerimiento e impuso la medida de comparecencia con restricciones en contra del imputado Vladimir Roy Cerrón Rojas, sujeto a las siguientes reglas de conducta:

i) La obligación de no ausentarse del domicilio donde reside sin autorización del juez.

ii) La obligación de presentarse cada treinta días al control biométrico en la Av. Abancay y registrar cada treinta días su asistencia.

ii) Pagar caución económica por S/ 5000.00 soles en el Banco de la Nación en el término de cinco días hábiles contadas a partir de la presente.

iv) Prohibición de comunicarse con cualquiera de las personas investigadas en el presente proceso, cualquiera de las personas que han sido merituadas al inicio de la formalización de la investigación preparatoria, el señor Martín Belaunde Lossio y todos los miembros de esa presunta organización criminal.

Lo anterior, bajo apercibimiento que, en caso de incumplimiento de estas reglas de conducta, facultará al Ministerio Público a que solicite la revocatoria de comparecencia con restricciones por prisión preventiva.

1.2 La defensa técnica del imputado Vladimir Roy Cerrón Rojas, con fecha 9 de noviembre de 20232 , solicitó la variación de la comparecencia con restricciones a comparecencia simple, argumentando que desde el 2017 viene cumpliendo fielmente con las restricciones ordenadas por el juzgado y que la sospecha que pesaba sobre su defendido se ha visto disminuido.3 Por su parte, el fiscal provincial del Segundo Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, con fecha 29 de mayo de 20244 , presentó su requerimiento de revocatoria de la comparecencia restrictiva por prisión preventiva por el plazo de dieciocho meses en contra del referido imputado, al amparo de artículo 287°.3 del Código Procesal Penal -en adelante CPP-.

[Continúa…]

Descargue la resolución aquí

Comentarios: