Aprueban el “Plan Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial para el año 2021”
CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000038-2021-CE-PJ
Lima, 10 de febrero del 2021
VISTO:
El Oficio N° 000005-2021-OFITECSST-CE-PJ, cursado por el Coordinador de la Oficina Técnica de Seguridad y Salud en el Trabajo, por encargo del señor Javier Arévalo Vela, Consejero Responsable del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial.
CONSIDERANDO:
Primero. Que mediante Decreto Supremo N° 005-2012-TR, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, que tiene por objeto promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país, a través del deber de prevención de los empleadores, el rol de fiscalización y control del Estado; y la participación de los trabajadores y sus organizaciones sindicales, con el fin de velar por la promoción, difusión y cumplimiento de las normas sobre la materia.
Segundo. Que, el artículo 22° de la mencionada Ley, establece que el empleador, en consulta con los trabajadores y sus representantes, expone por escrito la política en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Tercero. Que, asimismo, la Resolución Ministerial N° 050-2013-TR señala que el Plan Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo es aquel documento de gestión, mediante el cual el empleador desarrolla la implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo en base a los resultados de la evaluación inicial, o de evaluaciones posteriores o de otros datos disponibles con la participación de los trabajadores, sus representantes y la organización sindical.
Cuarto. Que, en ese contexto, el Coordinador de la Oficina Técnica de Seguridad y Salud en el Trabajo, por encargo del señor Javier Arévalo Vela, Consejero Responsable del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial, mediante Oficio N° 000005-2021-OFITECSST-CE-PJ remite a este Órgano de Gobierno el proyecto del “Plan Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial para el año 2021”, y anexos, el cual mismo que ha sido revisado y aprobado en la Sesión Nº 01-2020-CSST-PJ del referido Comité, llevada a cabo el 14 y 19 de enero de 2021.
Quinto. Que, el referido Plan Anual tiene la finalidad de dirigir los esfuerzos a la vigilancia, prevención y control de la pandemia del COVID-19 en todas las sedes de la entidad; y tiene los siguientes objetivos: a) Gestionar la implementación de la seguridad y salud en el trabajo; b) Vigilar la salud ocupacional de los trabajadores; y, c) Capacitar a los servidores en prevención de riesgos laborales.
Sexto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que deviene en pertinente aprobar el referido documento.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 157-2021 de la sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 3 de febrero de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el “Plan Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial para el año 2021”; que en anexo forma parte integrante de la presente resolución; con cargo a la disponibilidad presupuestal.
Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial dicte las medidas complementarias, para la ejecución del referido plan de trabajo.
Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial; para su difusión y cumplimiento.
Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Consejero Responsable del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
ELVIA BARRIOS ALVARADO
Presidenta




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