El 45.52 por ciento de procesos de flagrancia tramitados a la fecha por las 33 Cortes Superiores de Justicia que funcionan en el país corresponden a los delitos de peligro común (en su modalidad de conducción en estado de ebriedad) y omisión a la asistencia familiar.
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Así, desde la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1194 (el 29 de noviembre de 2015) hasta el 13 de enero último, los Juzgados de Flagrancia tramitaron 2,843 procesos en todo el país, de los cuales 653 se interpusieron contra conductores ebrios (23.12%) y 625 contra padres de familia que no asisten con una pensión alimentaria a sus hijos (22.40%), según estadísticas oficiales.
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Teniendo en cuenta que dichos delitos representan casi la mitad de la carga procesal en materia penal, los Juzgados de Flagrancia vienen cumpliendo con el objetivo de descongestionar el número de expedientes que saturan al Poder Judicial.
Asimismo, se han tramitado 269 casos de flagrancia por hurto y 207 por robo, con lo cual el Poder Judicial viene respondiendo oportunamente a la demanda ciudadana de una justicia firme, célere y eficaz frente a la inseguridad ciudadana.
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En tanto, pese a su connotación mediática, en los 33 distritos judiciales se tramitaron 60 casos de flagrancia por el delito de violencia y resistencia a la autoridad, lo que representa sólo el 2% del total.
Al respecto, el presidente del Poder Judicial, doctor Víctor Ticona Postigo, manifestó que los Juzgados de Flagrancia están permitiendo disminuir sustancialmente la morosidad en la justicia penal y constituyen un firme golpe a la impunidad, por lo que para garantizar su eficaz aplicación solicitó al Ejecutivo un presupuesto especial de 34 millones de soles.
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La creación de los Juzgados de Flagrancia fue anunciada por el doctor Ticona Postigo al inicio de su gestión. La propuesta fue presentada al Ministerio del Interior y, luego, el Poder Judicial implementó estos órganos jurisdiccionales en Tumbes el 1 de agosto de 2015, como plan piloto. A raíz de ello, el Ejecutivo acogió esta iniciativa y la hizo obligatoria con el Decreto Legislativo N° 1194.

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