Poder Judicial dicta primera sentencia por «child grooming» en Chimbote

El sentenciado cumplirá una condena de cinco años y saldrá libre en diciembre de 2028.

La Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Santa consiguió, por primera vez, una condena por el delito de child grooming o ciberacoso sexual en Chimbote.

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El sentenciado, identificado como Segundo Luis Chávez  Meléndez, recibió cinco años de pena privativa de la libertad por el Poder Judicial (PJ). El agresor cumplirá la pena hasta diciembre de 2028.

La Policía Nacional (PNP) capturó al sujeto el 30 de diciembre del año pasado en la ciudad de Chimbote, luego de que la agraviada, una menor de 12 años, denunciara al sujeto por haberla contactado por medio de una red social con fines sexuales.

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¿Qué es el child grooming?

El child grooming o ciberacoso sexual es el delito informático contra la intimidad y libertad sexual en agravio de menores.

Los delincuentes realizan proposiciones ilícitas a niñas, niños y adolescentes con fines de explotación y abuso sexual.

El infractor suele fingir ser un menor de edad, a través de aplicaciones u otras páginas en línea, para engañar a los menores y solicitarles fotografías íntimas o acordar citas que pueden culminar en violencia sexual.

Sanciones

Conforme a la Ley 30096, Ley de Delitos Informáticos, existen dos tipos de sanciones de acuerdo a la edad de la víctima: de 4 a 8 años de cárcel, cuando es menor de 14 años; y de 3 a 6 años de cárcel, si tiene entre 14 y 18 años:

Artículo 5. Proposiciones a niños, niñas y adolescentes con fines sexuales por medios tecnológicos

El que a través de internet u otro medio análogo contacta con un menor de catorce años para solicitar u obtener de él material pornográfico, o para proponerle llevar a cabo cualquier acto de connotación sexual con él o con tercero, será reprimido con una pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años e inhabilitación conforme a los numerales 1, 2, 4 y 9 del artículo 36 del Código Penal.

Cuando la víctima tiene entre catorce y menos de dieciocho años de edad y medie engaño, la pena será no menor de tres ni mayor de seis años e inhabilitación conforme a los numerales 1, 2, 4 y 9 del artículo 36 del Código Penal.

Denuncia 

Si conoce a alguna víctima de este delito, puede reunir la mayor cantidad de pruebas posibles ante la División de Investigación de Delitos de Alta Tecnología (Divindat), de la Policía Nacional del Perú (PNP), y denunciar llamando gratis al 1818 o al número (01) 431-8898.

También puede enviar un correo a [email protected] o acudir directamente al piso 9 de la Dirección de Investigación Criminal (Dirincri), ubicada en la av. España 323, Cercado de Lima. Otra opción es acudir a la comisaría más cercana.

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