Plantean que no puedan postular en elecciones quienes hayan cumplido sentencia condenatoria

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Mediante el Proyecto de Ley 2922/2022-CR, el congresista de la República Pedro Edwin Martínez Talavera, propone garantizar la idoneidad de los candidatos, no pudiendo postular a elecciones generales, regionales y locales, quienes hayan cumplido sentencia condenatoria.


LEY QUE GARANTIZA LA IDONEIDAD DE LOS CANDIDATOS, NO PUDIENDO POSTULAR A ELECCIONES GENERALES, REGIONALES Y LOCALES, QUIENES HAYAN CUMPLIDO SENTENCIA CONDENATORIA.

Artículo 1. Objeto de la Ley

La presente Ley tiene por objeto incorporar en el artículo 34-A, e inciso 22) del artículo 139 de la Constitución política del Perú, con la finalidad de salvaguardar e impedir con sentencia condenatoria por delitos dolosos y rehabilitados o reeducados postulen a los cargos de elección popular.

Artículo 2. incorporación

Incorpórese en la Constitución política del Perú, en el articulo 34-A, el siguiente texto:

Artículo 34-A. Están impedidas de postular a cargos de elección popular, las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso, o con sentencia condenatoria por delitos doloso y rehabilitados.

Artículo 139. Son principios y derechos de la función jurisdiccional:
[…]
22. El principio de que el régimen penitenciario tiene por objeto la reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad. No alcanzando para los que postulan a cargos de elección popular.

Lima, octubre de 2022.

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