Plantean aumentar la composición de la Corte Suprema a 58 jueces

El congresista Héctor Valer, miembro de Somos Perú, presentó un proyecto de ley que plantea aumentar el número de integrantes de la Corte Suprema a 58 magistrados. En la actualidad, el Poder Judicial cuenta con 20 jueces supremos.

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De acuerdo a la propuesta del parlamentario, la Corte Suprema estaría compuesta por un presidente, dos jueces supremos integrantes del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, un juez supremo representante de la Corte Suprema ante el Jurado Nacional de Elecciones y los 54 jueces supremos integrantes de las salas jurisdiccionales.


LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 29 DEL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL, PARA AUMENTAR EL NÚMERO DE JUECES TITULARES DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA, A FIN DE FORTALECER LA INDEPENDENCIA JUDICIAL

Los congresistas de la República que suscriben, integrantes del Grupo Parlamentario Somos Perú, a iniciativa del congresista HÉCTOR VALER PINTO representante de Lima Metropolitana, ejerciendo el derecho de Iniciativa Legislativa que le confiere los artículos 102° y 107º de la Constitución Política del Perú, y conforme a lo establecido en el Artículo 67º, 75º y 76° del Reglamento del Congreso de la República, presenta la siguiente propuesta legislativa.

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ha dado la ley siguiente:

            FÓRMULA LEGAL 

LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 29 DEL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL, PARA AUMENTAR EL NÚMERO DE JUECES TITULARES DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA, A FIN DE FORTALECER LA INDEPENDENCIA JUDICIAL

Artículo 1.- Objeto de la ley
La presente ley, tiene por objeto aumentar el número de jueces titulares en la Corte Suprema de Justicia de la República del Poder Judicial, para fortalecer la independencia judicial y garantizar que sus decisiones se encuentren basadas únicamente en el derecho, libres de influencias externas o internas, de conformidad con el numeral 2 del artículo 139 y numerales 1 y 3 del artículo 146 de la Constitución Política del Perú.

[Continúa…]

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