Luego de un debate que se inició a las 10:00 p.m. del sábado 17 de marzo y se prolongó hasta la madrugada de hoy domingo 18, el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Sala Nacional, presidido por el juez Richard Concepción Carhuancho, declaró fundado el requerimiento de impedimento de salida del país para Jaime Yoshiyama, Augusto Bedoya y Richard Briceño por 18 meses (que vencerá el 17 de setiembre de 2019).
El requerimiento de esta medida fue sustentada por el fiscal José Domingo Pérez por el presunto delito de lavado de activos. Jaime Yoshiyama fue defendido por la abogada Julia Pacheco Garmendia, quien tuvo como interconsulta a Jorge Leonardo Vite Torres. El abogado Rafael Vega Llapapasca defendió a Augusto Bedoya, mientras que el reconocido profesor sanmarquino Mario Pablo Rodríguez Hurtado actuó como interconsulta. Por otro lado, el empresario Ricardo Briceño fue defendido por el abogado Jorge Eduardo Massa Carrillo de Albornoz.
El fiscal José Domingo Pérez sostuvo que «se ha identificado que los señores Jaime Yoshiyama y Augusto Bedoya son las personas que conformaron la Asociación Civil Fuerza 2011(sic), que emplearon la modalidad criminal de captación de dinero de procedencia de la organización Odebrecht, para hacerlos pasar como financiamiento de campaña, dando la apariencia de legalidad con aportes falsos».
El caso al que más le prestó atención el fiscal fue al de Yoshiyama, a quien además de imputarle haber hecho pasar dinero ilícito de Odebrecht a través de aportes por campaña de sus familiares y amigos cercanos, le atribuyó ocultar información. Estos son los indicios que mencionó:
- La fiscalía encontró que el monitor y los accesorios de una computadora estaban encendidos, sin embargo el case (PC) de esa máquina no se encontraba. Yoshiyama dijo que desconectó la PC para mandarla a arreglar. El fiscal llamó la atención del juez sobre el hecho que el investigado haya desconectado la PC «sin apagarla».
- En su casa se encontraron varios cajones donde se guardaban diversos documentos. Sin embargo, justamente los cajones que llevaban como nombre referencias al partido Fuerza 2011 estaban vacíos. El fiscal sostuvo que esto le hacía sospechar que se estaban desapareciendo pruebas.
- Yoshiyama dijo que viajó a EEUU para atenderse de un problema en la vista como normalmente lo hace desde hace varios años. Sin embargo, la fiscalía presentó un documento en el que acreditó que se trató de una atención de emergencia en un hospital universitario dedicado a atender a personas indigentes.
- En su casa la fiscalía encontró varios proyectos de contratos simulados entre él y su hijo, según los cuales este le prestaba miles de dólares a su padre.
- Se encontró entre sus pertenencias copia del acta sobre las declaraciones de Jorge Barata, cuya investigación, que es reservada, lleva a cabo el fiscal Hamilton Castro.
Cabe mencionar que los tres investigados tomaron la palabra luego de que hablaran sus abogados.
Al dar lectura a su decisión el juez Concepción Carhuancho dijo que la medida que se impone «es para evitar que salgan del país mientras se ciernen investigaciones, que tanto más que los cargos que pesan sobre ellos son graves, es que se dicta esta medida. Las diligencias se darán en torno presuntos montos ilícitos de parte de este departamento de sobornos de Odebrecht a la campaña presidencial de Fuerza Popular en 2011».
Las defensas de los tres investigados dijeron que van a apelar la decisión de la judicatura.
El requerimiento se sustentó, entre otras cosas, en las declaraciones de Jorge Barata, exrepresentante de Odebrecht en el Perú, quien afirmó que aportó 1’200,000 dólares a la campaña electoral del 2011 de Keiko Fujimori, a través de Yoshiyama y de Bedoya.
Barata también dijo que donó a la Confiep para apoyar la campaña de Keiko Fujimori en el mismo año. Richard Briceño era el presidente de la Confiep durante ese año, por ello también fue incluido en el proceso.
Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Sala Penal Nacional declara fundado el pedido de impedimento de salida del país por 18 meses para Jaime Yoshiyama, Augusto Bedoya y Ricardo Briceño. Caso lavado de activos – Fuerza Popular pic.twitter.com/tDQDNbYirA
— Poder Judicial Perú (@Poder_Judicial_) 18 de marzo de 2018



![Conspiración para una rebelión: El tenor del mensaje a la Nación —orientado a quebrar el orden constitucional—, los pedidos de apertura de rejas, el cambio del comandante general del Ejército, la comunicación insistente entre los coacusados y mandos policiales y la preparación de un decreto supremo para formalizar el atentado constitucional son circunstancias que denotan un acto de comunicación definitiva —seria, no algo improvisado— (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 10.4.b]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/Pedro-Castillo-juicio-oral-LPDERECHO-2-218x150.jpg)
![Aun teniendo un poder formal como presidente de la República, si no se aprecia una mínima organizatividad de un alzamiento en armas —con suficientes medios materiales y personales para levantarse en armas—, no se configura el delito de rebelión (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 10.2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-pedro-castillo-LPDerecho-218x150.jpg)
![La facultad de desvinculación comprende no solo la recalificación a un delito más grave, sino también a uno de menor gravedad cuando se presenta una degradación fáctica y jurídica, siempre que no se varie los hechos esenciales (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 10.4.b]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/PEDRO-CASTILLO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TC confirma constitucionalidad de la Ley 32107 que prescribe delitos de lesa humanidad [Exp. 00009-2024-PI/TC y Exp. 00023-2024-PI/TC (acumulados)]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/TC-documento-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![El sexo biológico no es inalterable: el sexo se define legalmente por la anatomía genital y no por los cromosomas [Exp. 03308-2022-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA3-LPDERECHO-218x150.jpg)






![Caso Ollanta Humala: Primera Sala Constitucional de Lima declara que privación de la libertad del actor sin mandato escrito fue inconstitucional [Exp. 07545-2025-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/ollanta-humala-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Existe una afectación al derecho a probar cuando en la disposición de no formalizar investigación preparatoria no valora la prueba ofrecida por las partes [Exp. 00534-2025-PA/TC, ff. jj. 13-16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)





![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)







![¡Atención, sector público! Aprueban requisitos para la entrega del aguinaldo por Navidad [DS 283-2025-EF] Gratificación por Navidad: ¿cuánto recibiré si soy nuevo en la empresa?](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Gratificacion-navidad-aguinaldo-LPDerecho-100x70.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)







