El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la Directiva 005-2025-CE-PJ, que implementa el nuevo Sistema de Gestión Antisoborno en todo el Poder Judicial, alineado con los estándares internacionales de la Norma ISO 37001.
La norma, aprobada mediante la Resolución Administrativa 000219-2025-CE-PJ, establece lineamientos claros para prevenir, detectar y sancionar actos de soborno en todos los niveles del Poder Judicial. Este sistema será de cumplimiento obligatorio para jueces, personal jurisdiccional y administrativo, así como para cualquier parte interesada involucrada en procesos judiciales bajo el alcance de esta política.
Con esta medida, el Poder Judicial deroga la anterior directiva antisoborno de 2021 y refuerza su compromiso institucional frente a la corrupción, dentro del marco de modernización de la gestión pública.
Aprueban Directiva N° 005-2025-CE-PJ denominada “Sistema de Gestión Antisoborno del Poder Judicial” – Versión 001
Consejo Ejecutivo
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 000219-2025-CE-PJ
Lima, 30 de junio del 2025
VISTOS:
El Oficio N.º 000705-2025-GG-PJ, de la Gerencia General del Poder Judicial, que contiene el Informe N.º 000686-2025-GAJ-GG-PJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando N.º 000623-2025-GMPP-GG-PJ de la Gerencia de Modernización Planeamiento y Presupuesto, el Informe N.º 000122-2025-SM-GMPP-GG-PJ elaborado por la Subgerencia de Modernización, y los Oficios Nos. 000112 y 000170-2025-UI-PJ, de la funcionaria responsable de la Unidad de Integridad.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, la Ley N.º 27658 “Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado”, prescribe que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene por objeto establecer los principios y la base legal para iniciar el proceso de modernización de la gestión del Estado, en todas sus instituciones e instancias, siendo su finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, cuyo objetivo es alcanzar un Estado al servicio de la ciudadanía; estableciendo en el numeral 5-A.1 del artículo 5-A, que el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, tiene por finalidad la racionalidad de la estructura, organización y funcionamiento del Estado.
Segundo. En el marco de la norma ante citada, con la Resolución Administrativa N.º 000341-2023-CE-PJ1 se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial, el cual se implementó por tramos a partir del 1 de octubre de 2024, conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N.º 000302-2024-CE-PJ2; asimismo, mediante Resolución Administrativa N.º 000420-2024-CE-PJ3, se dispuso la implementación de los artículos 40 y 41 del Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial, que crea la Unidad de Integridad y determina sus funciones.
Tercero. La Unidad de Integridad es la unidad orgánica de apoyo dependiente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, encargada de desarrollar mecanismos e instrumentos dirigidos a promover la integridad en el trabajo, así como interiorizar los valores y principios de los/as servidores/as en el ejercicio de sus funciones vinculados con el uso adecuado de los fondos y atribuciones de la función pública, en el Poder Judicial.
Cuarto. En el ámbito de sus funciones, la responsable de la Unidad de Integridad del Poder Judicial propone actualizar la Directiva N.º 003-2021-CE-PJ denominada “Sistema de Gestión Antisoborno del Poder Judicial”, que fue aprobada mediante Resolución Administrativa N.º 000140-2021-CE-PJ4.
Quinto. A través de la Resolución Administrativa N.º 000247-2023-CE-PJ5, se aprobó la Directiva N.º 004-2023-CE-PJ denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial – Versión 003”, que regula el proceso para la formulación, revisión, aprobación y difusión estandarizada de Documentos Normativos en el Poder Judicial; la cual en el numeral 6.1 dispone que: “Son documentos normativos, todos aquellos destinados a organizar y ejecutar actos de administración interna en el Poder Judicial, como los descritos en el numeral 1.2.1 del artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27444 -Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 004-2019-JUS”.
Sexto. Que, la Subgerencia de Modernización, en el ámbito de sus funciones, señala que la sustentación emitida por la Unidad de Integridad del Poder Judicial fue formulada conforme a la estructura establecida en el numeral 6.4. de la mencionada directiva; precisando que, de la revisión al proyecto normativo propuesto, éste cumple con lo dispuesto el numeral 6.1; por lo que otorga opinión técnica favorable para continuar con el trámite de aprobación.
Séptimo. Por su parte, la Gerencia de Asesoría Jurídica informa que luego del análisis del contenido y alcances del proyecto de Directiva “Sistema de Gestión Antisoborno del Poder Judicial”, advierte que tiene por objetivo establecer el marco general del Sistema de Gestión Antisoborno en el Poder Judicial, de conformidad con la Norma ISO 37001, documento normativo de obligatorio cumplimiento para los jueces de todos los niveles, personal y partes interesadas pertinentes del Poder Judicial, a cargo de los procesos que se encuentran bajo el alcance del Sistema de Gestión Antisoborno; documento que señala ha sido formulado dentro del marco normativo vigente, y cumple con las disposiciones establecidas en la Directiva de Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial.
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Octavo. Asimismo, el proyecto propuesto cuenta con la opinión técnica favorable de la Subgerencia de Modernización emitida mediante el Informe N.º 000122-2025-SM-GMPP-GG-PJ, así como la opinión favorable de la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto formulada a través del Memorando N.º 000623-2025-GMPP-GG-PJ, y la opinión legal favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Gerencia General del Poder Judicial emitida mediante Informe N.º 000686-2025-GAJ-GG-PJ.
Noveno. Que, de conformidad con la disposición establecida en el Numeral 7.1, de las Disposiciones Específicas de la Directiva denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial”, relacionada a la tipología, definición, finalidad y nivel de aprobación, corresponde a este Órgano de Gobierno, aprobar el documento normativo propuesto por la Unidad de Integridad del Poder Judicial.
Décimo. Que el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N.º 873-2025 de la vigésima sexta sesión descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, llevada a cabo en la Corte Superior de Justicia de Cusco, de fecha 23 de junio de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N.º 005-2025-CE-PJ, denominada “Sistema de Gestión Antisoborno del Poder Judicial” – Versión 001.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución Administrativa N.º 000140-2021-CE-PJ, que aprobó la Directiva N.º 003-2021-CE-PJ denominada “Sistema de Gestión Antisoborno del Poder Judicial”.
Artículo Tercero.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial (www.pj.gob.pe), para su difusión y cumplimiento.
Artículo Cuarto.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencias de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidentes de la Cortes Superiores de Justicia del país, Órgano de Control Institucional, Procuraduría Pública del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JANET TELLO GILARDI
Presidenta
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