El congresista Waldemar Cerrón, en representación del Grupo Parlamentario Perú Libre, presentó un proyecto de ley que busca modificar el artículo 66 de la Ley Universitaria (Ley 30220) con el fin de establecer un sistema de votación equitativo entre docentes y estudiantes para la elección de rectores y vicerrectores en las universidades públicas.
La propuesta plantea un cambio en la actual distribución del voto, donde los docentes ordinarios representan dos tercios (2/3) y los estudiantes un tercio (1/3), y establece una participación paritaria del 50% para cada grupo. El texto legislativo precisa que la elección sería válida si participan más del 50% de docentes ordinarios y más del 50% de estudiantes matriculados.
El proyecto mantiene que las autoridades serán elegidas por lista única, por un período de cinco años, mediante sufragio universal, personal, obligatorio, directo y secreto. Asimismo, no se permite la reelección inmediata.
Este planteamiento modifica un aspecto central del actual modelo de cogobierno universitario recogido en la Ley Universitaria, donde el voto ponderado ha sido considerado un mecanismo de equilibrio institucional. Según la normativa vigente, el rector y los vicerrectores son elegidos por una mayoría donde el voto docente tiene mayor peso debido a su condición de actores permanentes en la vida académica y administrativa de las universidades.
En contraste, la iniciativa de Perú Libre apunta a nivelar la representación, bajo el argumento de que el sistema vigente genera «inequidades en la representación» y afecta la legitimidad del proceso electoral.
Actualmente, el artículo 55 de la Ley Universitaria establece que el gobierno de la universidad se ejerce a través de la Asamblea Universitaria, el Consejo Universitario, el rector, los consejos de facultad y los decanos. A su vez, la Asamblea Universitaria tiene como una de sus atribuciones declarar la revocatoria y vacancia de autoridades universitarias, y elegir a los integrantes de órganos como el Comité Electoral Universitario, que organiza el proceso electoral bajo un sistema de lista única.
Lea más | Proponen otorgar a rondas urbanas personería jurídica y funciones de patrullaje ciudadano
La norma vigente también dispone requisitos específicos para acceder a los cargos de rector y vicerrectores, como poseer el grado académico de doctor, ser profesor principal y no haber sido sancionado por faltas graves. Los cargos se ejercen a dedicación exclusiva y no son remunerados adicionalmente por participación en órganos de gobierno.
De ser aprobada, la implementación del nuevo modelo deberá ser reglamentada por el Ministerio de Educación en un plazo máximo de 60 días.
Proyecto de Ley 11225-2024-CR
El Congresista de la República que suscribe WALDEMAR JOSÉ CERRÓN
ROJAS, integrante del Grupo Parlamentario PERÚ LIBRE, en ejercicio del derecho de iniciativa legislativa que le confiere el artículo 107° de la Constitución Política del Estado y, según lo regulado por los artículos 22°, 75° y 76° del Reglamento del Congreso de la República, presenta el siguiente proyecto de Ley.
FÓRMULA LEGAL
LEY QUE MODIFICA EL ARTICULO 66 DE LA LEY 30220 LEY UNIVERSITARIA
ARTICULO 1. Objeto y objetivo.
La presente iniciativa legislativa tiene por objeto modificar el artículo 66 de la Ley N° 30220 Ley Universitaria, con la finalidad de equilibrar en igualdad de oportunidades la elección de rector y vicerrector en las universidades a nivel nacional del país.
ARTÍCULO 2.- Modificación del artículo 66 de la Ley 30220 Ley Universitaria.
Se dispone modificar el artículo 66 de la Ley Universitaria, quedando en los siguientes termino:
«Articulo 66. Elección del Rector universidades públicas. y Vicerrectores de
El rector y los Vicerrectores de las universidades publicas son elegidos por lista única para un periodo de cinco (5) años, por votación universal, personal, obligatoria, directa, secreta y ponderada por todos los docentes ordinarios y estudiantes matriculados mediante la siguiente distribución:
66.1. A los docentes ordinarios les corresponde el cincuenta por ciento (50%) de la votación.
66.2. A los estudiantes matriculados les corresponde el cincuenta por ciento (50%) de la votación.
La elección es valida si participan en el proceso electoral más del cincuenta por ciento (50%) de docentes ordinarios y mas del cincuenta por ciento (50%) de estudiantes matriculados. Se declara ganadora a la lista que haya obtenido el cincuenta por ciento mas uno de los votos válidos.
[…]»
[Continúa…]

![[VIVO] Tomás Gálvez sustenta proyecto de nueva Ley Orgánica del Ministerio Público](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-93-218x150.jpg)


![Empleador debe verificar que trabajadores cumplan con el correcto llenado del registro de asistencia [Resolución 0250-2026-Sunafil/TFL-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/01/registro-asistencia-laboral-derecho-LPDerecho-218x150.png)
![Que el fiscal «oriente» a «su» testigo no debe interpretarse como parcialización, ya que lo mismo hacen los abogados con los testigos que ofrecen, además que constituye una técnica de litigación oral [Casación 943-2025, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Alimentos: Aunque el padre percibe al mes dos sueldos mínimos (como gerente general de una empresa y como administrador de una notaría), sus cuentas en diversos bancos registran movimientos que suman, en total, cerca de S/159 000, por lo que, sumado al hecho de que tiene tres inmuebles inscritos a su nombre, resulta razonable ordenarle el pago de una pensión alimenticia de S/1000 mensuales a cada una de sus dos hijas [Exp. 02567-2024-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/pension-alimentos-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)
![Interpretación sistemática: Cuando existe mala fe tanto en el constructor como en el propietario del suelo, corresponde que este último, de haberse amparado su demanda de reivindicación, devuelva el valor de lo edificado [Casación 1262-2020, Cañete, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-rojo-LPDERECHO-218x150.png)
![Hostigamiento laboral: ¿diferencia entre conducta inicua y conducta abusiva? [Informe Técnico 000566-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)


![Mientras los vicios de motivación interna se refieren a los supuestos en los cuales la solución del caso no se deduce de las premisas normativas o fácticas contenidas en la resolución, o cuando la resolución analizada carece de alguna de estas premisas necesarias para resolver; los vicios de motivación externa aluden a circunstancias en las que han existido errores relativos, por una parte, a la premisa normativa del silogismo judicial o, de otra, a la premisa fáctica [Exp. 01172-2022-PA/TC, f. j. 39] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)
![Indecopi no es competente para tramitar solicitudes de procedimiento concursal contra universidades privadas, pues para estas no aplican las disposiciones de la Ley General del Sistema Concursal debido a la naturaleza especial que posee el servicio educativo (se afectaría el funcionamiento de la entidad educativa en perjuicio del derecho a la educación de los estudiantes) [Expediente 04791-2024-AA/TC, ff. jj. 22-25]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)

![Poder Judicial: modifican TUPA para optimizar trámite de inscripción de título de abogado [RA 000058-2026-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/11/Poder-Judicial-Palacio-de-justicia-LPDerecho-218x150.png)

![Elecciones generales 2026: Reniec permitirá a jóvenes votar con DNI amarillo [Resolución Jefatural 000039-2026/JNAC/Reniec]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/04/dni-menores-edad-proyecto-ley-LPDerecho-218x150.png)
![Establecen disposiciones para garantizar el acceso temporal al agua potable en zonas de riesgo no mitigable [DS 004-2026-Vivienda] acceso agua potable - LPderecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Agua-potable-LPderecho-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)















![[VIVO] ¿Antauro Humala será «premier» si gana Roberto Sánchez?](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/BANNER_entrevista-antauro-humala_LP-218x150.jpg)

![[VÍDEO] Juan Carlos Portugal: Ninguna investigación preliminar tendría que iniciarse en secreto porque no hay justificación razonable para declarar la secretitud de la misma](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/BANNER_entrevistas-juan-carlos-portugal_LP-218x150.jpg)


![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Hostigamiento laboral: ¿diferencia entre conducta inicua y conducta abusiva? [Informe Técnico 000566-2026-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-100x70.jpg)




