OCMA abre investigación preliminar a jueces que se habrían quedado dormidos durante el desarrollo de audiencias

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La Oficina de Control de la Magistratura (OCMA), abrió investigación preliminar contra jueces que se habrían quedado dormidos durante el desarrollo de audiencias en sus respectivos órganos jurisdiccionales.


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA

NOTA DE PRENSA 110-2023

OCMA ABRE INVESTIGACIÓN PRELIMINAR A JUECES QUE SE HABRÍAN QUEDADO DORMIDOS DURANTE EL DESARROLLO DE AUDIENCIAS

• Indagaciones permitirán recabar elementos de prueba para esclarecer los hechos propalados.

La Oficina de Control de la Magistratura (OCMA), jefaturada por el juez supremo titular Ulises Yaya Zumaeta, abrió hoy investigación preliminar contra los magistrados César Augusto Vásquez Arana y Juan Antonio Rosas Castañeda, jueces de la Corte Superior de Justicia de Lima y del Callao respectivamente, al advertir que circulaban en medios digitales y redes sociales sus supuestas fotografías en las que se observa que se habrían quedado dormidos cuando realizaban audiencias en sus respectivos órganos jurisdiccionales.

Las resoluciones de inicio de investigación preliminar de la OCMA señalan que la medida adoptada por el órgano disciplinario del Poder Judicial, son para recabar los medios probatorios y/o indicios suficientes que permitan determinar si amerita abrir procedimiento disciplinario.

La investigación en contra del juez superior César Augusto Vásquez Arana está a cargo del magistrado de segunda instancia e integrante de la Unidad de Investigación y Anticorrupción de la OCMA, Víctor Valladolid Zeta, quien en un plazo de treinta días hábiles deberá emitir informe final correspondiente.

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Respecto de la investigación preliminar en contra del juez Juan Antonio Rosas Castañeda, esta se encuentra en el despacho del magistrado de primera instancia e integrante de la mencionada unidad contralora, Luis Chira Ascurra, quien en el mismo plazo deberá emitir informe final.

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Para la OCMA, en ambos casos resulta imperativo la acción contralora al no contarse por el momento con los elementos suficientes que permitan disponer de manera liminar el inicio del procedimiento administrativo correspondiente. Lima, 23 de junio de 2023.

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