Ocma inicia indagación a juez por caso Guillermo Riera

A Riera se le imputa la comisión de cuatro delitos: homicidio culposo agravado, lesiones culposas agravadas, omisión de socorro exposición al peligro y delito contra la administración pública, en la modalidad de fuga

De acuerdo con lo informado por el portal web del Poder Judicial, la jefa de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial (Ocma), Ana María Aranda Rodríguez, dispuso que un equipo contralor acuda en el día al Primer Juzgado de Tránsito y Seguridad Vial de la Corte de Lima, a cargo del magistrado Max Cirilo Diestra, quien resolviera el cese de la prisión preventiva del procesado Guillermo Riera.

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Como se recuerda, el empresario estaba recluido en un penal de la capital a consecuencia la prisión preventiva por nueve meses dictada en su contra, como consecuencia del proceso judicial seguido en su contra. A Riera se le imputa la comisión de cuatro delitos: homicidio culposo agravado por los fallecimientos de Jair Jesús Saldaña de la Cruz, Luis Miguel Valdez Rivera y Leslyann Acuña Cuadros; lesiones culposas agravadas por Christofer Michael Guerrero Solis; omisión de socorro exposición al peligro; y delito contra la administración pública, en la modalidad de fuga.

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Según lo informado, la resolución suscrita por la jefa de Ocma dispone que el magistrado contralor “realice la indagación contralora correspondiente, encontrándose facultado para adoptar las medidas pertinentes y rodearse de todos los elementos de juicio para el cabal cumplimiento de lo comisionado”.

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El magistrado Walter Chipana Guillén concurrió al citado juzgado, a efectos de realizar la verificación de las circunstancias del hecho denunciado, que ha sido motivo de rechazo de de la población.

Ocma también exhortó a la ciudadanía a denunciar cualquier irregularidad en que incurran magistrados o auxiliares del Poder Judicial, recalcando que el buen servicio al ciudadano exige de parte de los operadores jurídicos, observar en sus actuaciones funcionales una conducta ética y la irrestricta observancia del debido proceso.

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