Una relación laboral inicia en la fecha que han pactado las partes (empleador y trabajador). Esta relación da lugar a una serie de obligaciones y derechos que corresponde a cada uno de los intervinientes.
Es así que el empleador, al inicio de la relación laboral tiene las siguientes obligaciones:
1. Registro en la planilla
El empleador está obligado a registrar en la planilla electrónica a todos sus trabajadores.
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Es así que se deberá dar el alta dentro del día que se produce el ingreso a prestar los servicios para los cuales fue contratado el trabajador.
Asimismo se deberá entregar la constancia de alta el día hábil siguiente del inicio de la prestación de servicios.
2. Boletín informativo
El boletín informativo es un documento que informa sobre las ventajas de los sistemas previsionales en nuestro país.
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De esta manera permite a los trabajadores que inicien una relación laboral, y que no se encuentren afiliados a algún sistema pensionario, tomar una decisión razonada sobre el sistema pensionario que más se ajuste a sus necesidades y expectativas
Deberá ser entregado por todo empleador a los trabajadores no afiliados a un sistema previsional dentro de los 5días hábiles siguientes a iniciada la relación laboral.
3. Entrega de copia del contrato
Conforme al artículo 83 del Decreto Supremo 001-96-TR modificado por el Decreto Supremo 007-2021-TR , el empleador debe entregar al trabajador copia del contrato de trabajo en el plazo de tres días hábiles, contados desde el inicio de la prestación de servicios.
4. Capacitación en materia de hostigamiento sexual
El empleador debe brindar una capacitación en materia de hostigamiento sexual al inicio de la relación laboral. Dicha capacitación tiene como objetivo sensibilizar sobre la importancia de combatir el hostigamiento sexual, identificar dichas situaciones y brindar información sobre los canales de atención de las quejas o denuncia
5. Inducción en las labores de su puesto
El artículo 28 del Decreto Supremo 005-2012-TR señala que los trabajadores deben ser capacitados en materia de prevención en el puesto de trabajo específico o en la función que cada trabajador desempeña, cualquiera que sea la naturaleza del vínculo, modalidad o duración de su contrato.
6. Documentos de gestión
a. Reglamento interno de trabajo (RIT)
Es el documento que determina las condiciones en que empleadores y trabajadores deben cumplir sus prestaciones.
Las empresas que cuenten con más de 100 trabajadores están obligadas a contar con un reglamento interno de trabajo.
b. Reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo (RISST)
Es un instrumento de gestión que contribuye con la prevención, en el marco del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, y promueve la instauración de una cultura de prevención de riesgos laborales.
Las empresas con 20 o más trabajadores, de acuerdo a las disposiciones de Ley 29783 tienen la obligación de contar con este documento.
c. Código de ética
Este documento está basado en los valores fundamentales de la empresa, describe la misión de la empresa, cómo los colaboradores deben abordar diferentes situaciones y los estándares que se deben cumplir.
d. Políticas salariales
El empleador debe cumplir con informar a sus trabajadores sobre la política salarial o remunerativa implementada, así como los criterios de las evaluaciones de desempeño o de otro tipo que tengan impacto en sus remuneraciones.
Esta debe ser informada al momento del ingreso del trabajador, cuando se produzca una modificación de la categoría ocupacional a la que pertenece el trabajador y cuando se efectúe una modificación del esquema de remuneración que les aplique según la política remunerativa.
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