A propósito del II Coloquio de Centros y Talleres de Investigación en Derecho Procesal, los profesores Luis Alfaro Valverde y Dante Torres Altez, publicaron las ponencias de dicho evento académico en un compendio denominado «Nuevas Tendencias en la Investigación del Derecho Procesal», gracias al apoyo de la Universidad Continental. Acompañamos al presente post, el prólogo de la publicación, a cargo de la refinada pluma del Dr. Luis Alfaro.
Lo imposible solo cuesta un poco más
Pepe Mujica
Cuando el año pasado decidí dejar todo y dedicarme a tiempo completo a la Academia, tenía varios sueños, uno de ellos era difundir la pasión por el Derecho procesal desde pregrado y con ello compartir la iniciativa para que jóvenes puedan estar investigando por su propia cuenta. Me complace mucho ver cómo ese sueño cada vez se va haciendo realidad, pues es innegable que las cosas están cambiando desde ese tiempo a la fecha. Algo que comenzó como una modesta idea —para algunos: una locura— de compartir el gusto por la investigación jurídica a través de la formación de talleres, grupos o centros de investigación, sin lugar a duda, está dando sus frutos. Este modesto trabajo, que tengo el honor de prologar, es una pequeña muestra de que los estudiantes de Derecho quieren hacer el cambio y nos vienen demostrando que también pueden investigar. Ya no están dispuestos a terminar la carrera universitaria para recién ponerse a ser parte de la academia, sino que lo están haciendo desde las bases universitarias y con mucha rigurosidad.
En las Universidades que enseño y en los grupos de estudio que coordino, para alentar el gusto por el Derecho procesal, suelo repetir varias veces la siguiente frase: «Todos podemos investigar», pero realmente qué significa ello, qué razones encierran dichas palabras. Desde luego, no se trata de algún don mágico que aparece en los jóvenes por el mero hecho de ser universitarios, y que sin hacer nada automáticamente se convierten en investigadores. La idea o razón que subyace es un sincero llamado, una invitación o si se quiere una exhortación (como quieran verlo) a los estudiantes, sin estereotipos o distinción de ninguna clase, pues todos tienen el potencial para investigar. Empero, conviene precisar que solo podemos investigar en serio, siempre y cuando nos esforcemos y sacrifiquemos en ser consecuentes con lo que pensamos y decimos. En este tiempo de docencia he visto varios jóvenes entusiastas que tienen toda la intensión de investigar, escribir y publicar sus trabajos, también quieren participar en competencias internacionales, pero cuando ven que primero hay que revisar lecturas y libros, pocos son los que deciden realmente hacerlo.
En efecto todos podemos investigar; no obstante, los jóvenes que ahora nos presentan sus trabajos en este libro decidieron dar —aquello que mi madre me enseñaba— ese paso de fe, esto es, pasar de un mero querer a un hacer (hacer realidad sus sueños). Como resultado de dicho compromiso, desde distintos lugares de nuestro país, se vienen reuniendo en el II Coloquio de Centros y Talleres de Investigación en Derecho Procesal (COCETIDP), que este año se realiza en la Universidad Continental de la Incontrastable ciudad de Huancayo. Un espacio para el diálogo y debate abierto para que jóvenes universitarios, comprometidos con la academia, compartan sus investigaciones a la comunidad jurídica, con un mensaje claro, de responsabilidad por querer cambiar el mundo desde el Derecho procesal.
Es cierto que para los jóvenes universitarios no es sencillo estudiar todos los cursos de pregrado y a la par tomarse un tiempo para investigar; sin embargo, una vez más lo han logrado. La publicación que tienen en sus manos es el producto del esfuerzo de seis grupos de investigación de las siguientes casas de estudio: Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Universidad Nacional del Santa, Universidad Inca Garcilaso de la Vega, Universidad Faustino Sánchez Carrión, Universidad Andina del Cusco y Universidad Continental. Si revisan minuciosamente el contenido de esta obra, podrán notar que se trata de trabajos de alta calidad científica; en cada paper se analiza de manera rigurosa los temas procesales nacionales y comparados más controvertidos del Derecho procesal actual: ejecución provisional de sentencia, problemas en la aplicación del precedente, técnica anticipadora, carga dinámica de la prueba, el proceso monitorio, valoración racional del testimonio y motivación de las decisiones judiciales. Esta obra representa un mensaje de optimismo para las nuevas generaciones, un compromiso para seguir apostando por la investigación desde pregrado.
Hay quienes me preguntan qué propósito tiene coordinar y alentar a tantos grupos de investigación de pregrado; dudando de sus capacidades y competencias me dicen: «Se trata de algo imposible». Ahora no solo les responderé, entre otras grandes virtudes, porque tienen un gran potencial; sino que además —y dibujando una sonrisa en mi rostro— les mostraré esta hermosa publicación, esta modesta evidencia de que hay grandes talentos en los jóvenes investigadores.
Debo agradecer el constante apoyo de las autoridades de la Universidad Continental por haber apostado en ser sede del II COCETIDP y por coordinar esta espléndida publicación, en particular a la Dra. Fanny Marrache y a mi querido amigo Dr. Dante Torres, pues sin el apoyo constante de ambos no hubiésemos podido sacar adelante este noble proyecto. Créanme cuando les digo que no hay nada imposible en la vida o quizá, como diría el gran Pepe Mujica, «lo imposible solo cuesta un poco mas». Pero este es solo el principio de un largo camino, tengo fe en que vendrán nuevos proyectos. Mucha atención sociedad peruana y comunidad jurídica internacional, estoy seguro de que escucharemos grandes cosas de estos jóvenes investigadores, pues ¡la investigación no puede parar!


![Entregar el celular con información ya borrada o seleccionada no puede considerarse, en rigor, un acto de colaboración absoluta que desvanezca el riesgo de obstaculización, sino un intento de sanear una conducta previa de ocultamiento (caso Adrián Villar) [Exp. 01456-2026-6, f. j. 5.3.2.]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/celular-robado-LPDerecho-218x150.jpg)

![Empleadores deben contar con protocolos de seguridad y aplicarlos cuando se afecte la salud de sus trabajadores [Res. 0261-2026-SUNAFIL/TFL-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/Inspectores-Sunafil-LP-218x150.jpg)
![No todo accidente laboral es responsabilidad del empleador [Resolución 0385-2026-Sunafil/TFL-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/accidente-laboral-companero-dolor-trabajador-LPDerecho-218x150.jpg)
![Tercerización: Suprema declara ilegal prohibición de tercerizar actividades consideradas nucleo del negocio [Acción Popular 30989-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![Alimentos: Aunque el padre percibe al mes dos sueldos mínimos (como gerente general de una empresa y como administrador de una notaría), sus cuentas en diversos bancos registran movimientos que suman, en total, cerca de S/159 000, por lo que, sumado al hecho de que tiene tres inmuebles inscritos a su nombre, resulta razonable ordenarle el pago de una pensión alimenticia de S/1000 mensuales a cada una de sus dos hijas [Exp. 02567-2024-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/pension-alimentos-LPDerecho-218x150.jpg)
![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)
![Interpretación sistemática: Cuando existe mala fe tanto en el constructor como en el propietario del suelo, corresponde que este último, de haberse amparado su demanda de reivindicación, devuelva el valor de lo edificado [Casación 1262-2020, Cañete, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-rojo-LPDERECHO-218x150.png)





![En el marco de la normativa de contrataciones públicas, independientemente de si el contrato derivado de un procedimiento de selección de bienes y servicios contempla entregables parciales o prestaciones periódicas, el monto máximo de la aplicación de la penalidad es la sumatoria de las penalidades por mora y de las otras penalidades, que no puede exceder el diez por ciento (10%) del monto vigente del contrato o, de ser el caso, del ítem correspondiente [Opinión D000028-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Declaran ilegal que Sucamec exija contrato de trabajo previo para autorizar servicios de seguridad personal [Resolución 0110-2026/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Modifican el TUPA del MINJUSDH [Decreto Supremo 004-2026-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)











![[Balotario notarial] La función notarial y los instrumentos públicos notariales: estructura, límites y naturaleza administrativa](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/FUNCION-NOTARIAL-GESTION-PERU-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[Balotario notarial] Gestión documental notarial: protocolo notarial, registros notariales, traslados instrumentales (testimonios, partes, boletas y copias)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/PROTOCOLO-REGISTRO-GESTION-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[Balotario notarial] Escritura pública, minuta y protocolización: concepto, estructura y formalidades esenciales](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/Escritura-Publica-en-el-Peru-218x150.jpeg)

![[Balotario notarial] Sujetos de la representación en el derecho civil: representante, representado y tercero](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/RELACION-JURIDICO-CODIGO-CIVIL-EFECTO-LIMITES-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[Balotario notarial] La representación y el poder en el Código Civil (poder general y poder especial)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/ACTOS-NEGOCIOS-JURIDICOS-ACTOS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Modifican Reglamento sobre uso de la fuerza por las Fuerzas Armadas [Decreto Supremo 003-2026-DE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/personal-de-las-fuerzas-armadas-LPDerecho-100x70.png)
![[VÍDEO] Antauro Humala: «Hay que ser bien anormal en el Perú para no ser un resentido y estar contento con el sistema»](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER-GENERICO_entrevista-a-antauro-humala_LP-Pasion-por-el-derecho.jpg-324x160.jpeg)


![En el marco de la normativa de contrataciones públicas, independientemente de si el contrato derivado de un procedimiento de selección de bienes y servicios contempla entregables parciales o prestaciones periódicas, el monto máximo de la aplicación de la penalidad es la sumatoria de las penalidades por mora y de las otras penalidades, que no puede exceder el diez por ciento (10%) del monto vigente del contrato o, de ser el caso, del ítem correspondiente [Opinión D000028-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Empleadores deben contar con protocolos de seguridad y aplicarlos cuando se afecte la salud de sus trabajadores [Res. 0261-2026-SUNAFIL/TFL-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/Inspectores-Sunafil-LP-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![[VÍDEO] Antauro Humala: «Hay que ser bien anormal en el Perú para no ser un resentido y estar contento con el sistema»](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER-GENERICO_entrevista-a-antauro-humala_LP-Pasion-por-el-derecho.jpg-100x70.jpeg)
![Juez civil ordena elevar actuados a la Suprema para resolver conflicto de competencia, a pesar de que fue prorrogada convencionalmente [Exp. 00747-2018-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/10/juez-civil-ordena-elevar-actuados-a-la-suprema-para-resolver-conflicto-de-competencia-a-pesar-de-que-fue-prorrogada-convencionalmente-LPDerecho-324x160.png)