¡Buenas nuevas! LP transmitirá una clase en [VIVO] sobre la nueva investigación preliminar, a cargo de la especialista Nohelia Mengoa Quispe, a través de la plataforma de Facebook y YouTube.
La docente Nohelia Mengoa Quispe. Egresada de la Maestría en Derecho Penal en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Abogada por la Universidad Nacional del Altiplano de Puno.
Asimismo, informarles que la doctora Nohelia Mengoa Quispe, formará parte de nuestro panel de expositores en nuestro Diplomado Código Procesal Penal y litigación oral. Será un total de 28 sesiones en vivo a desarrollarse los lunes, miércoles y viernes de 6 p. m. a 9 p. m. entre las cuales se incluyen clases magistrales en vivo.
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Esta sesión en vivo está dirigido a abogados, jueces, fiscales, profesores de derecho, funcionarios y servidores públicos (asistentes), estudiantes de derecho y público interesado.
Esta clase en [VIVO] sobre la nueva investigación preliminar por Nohelia Mengoa Quispe, se desarrollará este miércoles, 11 de diciembre de 2024 a las 7:00 p. m. Si desean recibir las diapositivas de esta clase pueden dejar su número de WhatsApp en los comentarios.
Después de culminada la clase gratuita, quedará disponible en nuestra comunidad de YouTube. En ella podrán encontrar diversas clases que LP organiza en diferentes materias del derecho.
INFORMACIÓN DE MATRÍCULA
IMPORTANTE: El alumno deberá enviar la foto o imagen del voucher al WhatsApp 944515009 al correo [email protected], indicando el nombre del diplomado, su nombre completo, DNI, celular, correo electrónico y dirección detallada (departamento, provincia y distrito).
Se expedirán dos diplomas de aprobación, el primero por la Universidad Nacional Hermilio Valdizán y LP, y el segundo por el Ilustre Colegio de Abogados de Lima Este (válido para cualquier convocatoria pública o privada a nivel nacional), ambos con un valor de 384 horas académicas (24 créditos).
Para más información puede dejar su WhatsApp en la caja de comentarios o enviar directamente un mensaje al 920528917. También puede escribir al correo [email protected]
LA CLASE SE TRANSMITIRÁ POR NUESTRA PLATAFORMA DE FACEBOOK Y YOUTUBEA LA HORA INDICADA
![El reconocimiento fotográfico no es invalido solo porque el policía no indicó la razón por la cual no fue posible contar con la presencia física del investigado, máxime si se garantizó que el testigo no tuviera contacto con él y se contó con la participación del fiscal y abogado defensor [Exp. 00288-2024-71, f. j. 5.16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Sala de Extinción de Dominio ordena transferir más de un millon de soles de cuentas de Vladimir Cerrón al Estado [Exp. 00055-2024-0-5401-JR-ED-ED-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/VLADIMIR-CERRON-DOC-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La prueba de la propiedad no solo comprende el último título, toda vez que este depende directamente de la validez de los títulos anteriores [Casación 6468-2019, Puno, ff. jj. 7-11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-FIRMA-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![Sala otorga tenencia a padre conocido por protestar cantando en frontis de juzgado [Expediente 02892-2021-0-2001-JR-FT-04]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/PADRE-CANTANDO-PROTESTA-DOC-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Precedente Sunafil sobre el carácter unitario de la medida inspectiva de requerimiento [Resolución de Sala Plena 010-2025-Sunafil/TFL]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/sunafil-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)
![Entidades estaban obligadas a emitir adendas precisando la condición de los CAS vigentes al 10 de marzo del 2021 [Informe Técnico 1270-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/contratacion-irregular-de-un-trabajador-LPDERECHO-218x150.jpg)
![En tanto la necesidad que motivó la contratación persista en el tiempo, el empleador no puede despedir a la trabajadora vía «no renovación de su contrato», si está gestando o en etapa de lactancia, en la medida que constituye una forma de discriminación [Res. 004206-2025-Servir-TSC-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadora-empleado-oficina-presencial-trabajador-LPDerecho-218x150.jpg)
![Pago de sobretiempo: presunción laboral no exonera al trabajador de acreditar lo alegado [Cas. Lab. 50183-2022, Del Santa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/horas-extras-sobretiempo-sobre-tiempo-trabajo-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)
![La subsanación reiterada de la acusación fiscal ―hasta 19 veces― genera una evidente demora en el proceso penal atribuible no solo al MP, sino al órgano jurisdiccional por validar indirectamente dicho comportamiento (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, ff. jj. 89-91]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/SUBSANACION-REITERADA-ACUSACION-FISCAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El nombramiento adecuado, la inamovilidad en el cargo y la protección frente presiones externas amparan la labor de las y los fiscales; la falta de garantías sobre ello conlleva una violación de la CADH [Casa Nina vs. Perú, ff. jj. 70-72, 79-80]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/NOMBRAMIENTO-ADECUADO-INAMOVILIDAD-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TC concede cautelar al JNE y dispone suspender efectos de resoluciones del PJ que ordenaban la inscripción del partido Unidad Popular [Expediente 00005-2025-PCC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/TC-JNE-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El principio de legalidad penal proscribe que se utilice como elemento de imputación un supuesto previsto y penado recién con el DL 1249 (vigente con posterioridad a los hechos atribuidos); así, toda persecución basada en una evidente distorsión de los hechos para subsumirlos en un tipo penal legislado después debe igualmente proscribirse (caso Cócteles) [Exp. 02109-2024-HC/TC, f. j. 56]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)

![Declaran ilegal requisitos exigidos por el MTC para el funcionamiento de centros de inspección técnica vehicular [Res. 0357-2025/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
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![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)
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![Para disponer la ejecución provisional de la condena se exige motivación cualificada que desarrolle la gravedad y el peligro de fuga [Apelación 134-2025, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ESPOSAS-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)
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![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)
![La prueba de la propiedad no solo comprende el último título, toda vez que este depende directamente de la validez de los títulos anteriores [Casación 6468-2019, Puno, ff. jj. 7-11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-FIRMA-DOCUMENTO-LPDERECHO-324x160.jpg)
![El reconocimiento fotográfico no es invalido solo porque el policía no indicó la razón por la cual no fue posible contar con la presencia física del investigado, máxime si se garantizó que el testigo no tuviera contacto con él y se contó con la participación del fiscal y abogado defensor [Exp. 00288-2024-71, f. j. 5.16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Gobierno declara estado de emergencia en Lima y Callao por 30 días [Decreto Supremo 124-2025-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/POLICIAS-ESTADO-EMERGENCIA-JOSE-JERI-LPDERECHO-100x70.jpg)
![La prueba de la propiedad no solo comprende el último título, toda vez que este depende directamente de la validez de los títulos anteriores [Casación 6468-2019, Puno, ff. jj. 7-11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-FIRMA-DOCUMENTO-LPDERECHO-100x70.jpg)
