No procede la terminación anticipada en audiencia de control de acusación [Pleno Jurisdiccional Distrital Penal de Ventanilla, 2018]

[Posición adoptada: No procede la aplicación de la terminación anticipada en la audiencia preliminar de control de acusación.]


 

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA

ACTA DEL PLENO JURISDICCIONAL PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA

[…]

TEMA II:

LA PROCEDENCIA DE LA TERMINACION ANTICIPADA EN LA ETAPA INTERMEDIA. 

Posición 01:  No procede la aplicación de la terminación anticipada en la audiencia preliminar de control de acusación.

Posición 02:  Procede la aplicación de la terminación anticipada en la audiencia preliminar de control de acusación, existiendo dos maneras de llevarse a cabo, esto es, ante el pedido de dicha simplificación procesal se suspende la audiencia, a fin de resolver en una siguiente fecha o en ese acto se continúa con la audiencia para resolver lo pertinente.

De acuerdo a las conclusiones arribadas por cada uno de los grupos de trabajo conforme a las Actas de Acuerdo de Grupo respectivo (las mismas que forman parte integrante de la presente acta), se reflejó el siguiente resultado:

    • Grupo I: Posición 1 por unanimidad.
    • Grupo II: Posición 1 por mayoría.
    • Grupo III: Posición 2 por mayoría.
    • Grupo IV: Posición 1 por unanimidad.

¤ VOTACIÓN DEL PLENARIO POR LOS MAGISTRADOS SUPERIORES:

    • Posición 1: 07 VOTOS.
    • Posición 2: 00 VOTOS.

ACUERDO:  Aprobada por unanimidad la Posición 1.

[Continúa…]

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