Fundamento destacado: 5.6 Negativa de los investigados para realizar la toma de muestra de voces En igual sentido, no se habría realizado la diligencia de toma de muestra de las voces de los investigados Froylan Herrera Mamani, Olagario Manuel Casafranca Méndez y Humberto Erasmo Apaza Churaticona, debido a la negativa de los investigados y no concurrencia de su abogado defensor (ver folios 99/102), calificando ésta como una dificultad, por los siguiente:
5.6.1 Se trataría de un evento sobreviniente al mandato de prisión preventiva, de carácter extraordinario (al no haberse previsto al momento de programarse dichas diligencias) y que habría causado retraso en su cabal ejecución, desde que se habría tenido que recurrir a otros mecanismos para obtener las tomas de muestra de voz de los investigados, como sería la tramitación de la autorización para obtener los audios y videos de dichos investigados.
5.6.2 Conviene anotar que la negativa de los investigados para brindar sus muestras de voces no estaría protegido por el derecho que tendría todo investigado a guardar silencio, con el objeto de no auto incriminarse, ya que ésta se aplicaría solo a la toma de declaración de un investigado, sin que la misma pueda extenderse a otras diligencias, como sería el caso de la toma de muestra de voces, cuyo objeto no sería recabar sus declaraciones, sino únicamente recabar sus voces, para la realización de las pericias fonéticas correspondientes.
Sumilla: Negativa a prestar voces califica como una dificultad que justificaría la prolongación de la prisión preventiva. En igual sentido, no se habría realizado la diligencia de toma de muestra de las voces de los investigados (…), calificando ésta como una dificultad, por lo siguiente:
5.6.1 Se trataría de un evento sobreviniente al mandato de prisión preventiva, de carácter extraordinario (al no haberse previsto al momento de programarse dichas diligencias) y que habría causado retraso en su cabal ejecución, desde que se habría tenido que recurrir a otros mecanismos para obtener las tomas de muestra de voz de los investigados, como sería la tramitación de la autorización para obtener los audios y videos de dichos investigados.
5.6.2 Conviene anotar que la negativa de los investigados para brindar sus muestras de voces no estaría protegido por el derecho que tendría todo investigado a guardar silencio, con el objeto de no auto incriminarse, ya que ésta se aplicaría solo a la toma de declaración de un investigado, sin que la misma pueda extenderse a otras diligencias, como sería el caso de la toma de muestra de voces, cuyo objeto no sería recabar sus declaraciones, sino únicamente recabar sus voces, para la realización de las pericias fonéticas correspondientes.
PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA NACIONAL
Expediente. N°00124-2017-65-5001-JR-PE-01
AUTO DE PROLONGACIÓN DE PRISIÓN PREVENTIVA
RESOLUCIÓN JUDICIAL
NUMERO TRES
Lima, veintiuno de octubre del
Dos mil veintidós
Estando al requerimiento de prolongación de prisión preventiva de ocho investigados, planteado por el Ministerio Público.
Y CONSIDERANDO:
PRIMERO: REQUERIMIENTO DE PROLONGACIÓN DE PRISIÓN PREVENTIVA
& Primera intervención
El Ministerio Público solicitó la prolongación de la prisión preventiva de los investigados Froylan Herrera Mamani, Eulogio Solano Barboza, Marco Antonio Quispe Pocco, Oligario Manuel Casafranca Méndez, Humberto Apaza Churaticona, Kevin Pedroza Navarro, Nilber Huanca Rojas y Aybar Pavel Yaranga López por el plazo 12 meses adicionales, en atención a lo siguiente:
[Continúa…]
![La calificación jurídica formulada en la acusación tiene carácter postulatorio o provisional, lo que permite su adecuación a través de la imputación alternativa, subsidiaria o la desvinculación procesal, mecanismo que faculta al juez a realizar una realineación de la calificación jurídica conforme a los hechos probados en el plenario [Casación 863-2022, Arequipa, f. j. 10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-TRIBUNAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![El título de intervención delictiva forma parte fundamental en la construcción del principio de imputación necesaria y resulta trascendente para la evaluación de la tipicidad, tanto objetiva como subjetiva, pues de dicha atribución depende la definición del objeto del proceso y el debate [Casación 2179-2023, Moquegua, f. j. 2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/banner-audiencia-judicial-LPDerecho-218x150.jpg)

![El control de la acusación se estructura en dos niveles: un control formal, previo al análisis de mérito, orientado a verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 349.1 del NCPP; y un control sustancial, referido al análisis de fondo para determinar la viabilidad de la acusación respecto de los cargos objeto de investigación: elemento fáctico, elemento jurídico, elemento personal, presupuestos procesales vinculados a la vigencia de la acción penal y elementos de convicción suficientes (artículo 344.1 del NCPP) [Acuerdo Plenario 6-2009/CJ-116, f. j. 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)
![Multan al BCP por incumplir con el beneficio «cashback» ofrecido a usuario de tarjeta de crédito [Res. Final 0014-2026/Indecopi-AQP]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/Indecopi-inicio-investigacion-preliminar-al-BCP-ante-reclamos-reportados-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)




![¿Cuál es la primera oportunidad que tiene el trabajador para rechazar la indemnización por despido arbitrario? [Cas. Lab. 41369-2022, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)
![Para la configuración de una infracción insubsanable, el inspector debe demostrar que el incumplimiento ha generado un efecto irreversible [Resolución 0282-2026-SUNAFIL/TFL-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/sunafil-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)

![¿Es válido el despido del trabajador por miccionar en una bolsa dentro del área de trabajo y dejarla expuesta a la vista de sus compañeros? [Cas. Lab. 8119-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/Trabajandor-LPDerecho-218x150.png)



![Dos características definitorias del ejercicio del derecho de resistencia: su carácter no violento, y la necesidad de que pretenda la pública exaltación de principios constitucionales establecidos (Colombia) [Sentencia T-571/08, f. j.16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)
![Sunarp aprueba la ampliación del servicio de certificado literal de título archivado vía SPRL [Resolución 00035-2026-Sunarp/SN] Cierres duplicidad partidas registrales](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/BANNER-SUNARP-PLATAFORMA-VIRTUAL-LP-DERECHO-218x150.jpg)
![Autorizan graduación anticipada de 5655 policías por razones de interés nacional [Decreto Supremo 002-2026-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/policia-nacional-peru-pnp-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Tienen carácter vinculante las opiniones del OSCE/OECE? [Opinión 211-2017/DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Multan a cine por proyectar películas sin cumplir con el pago de derechos a artistas [Res. 0126-2026/TPI-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/08/cine-LPDerecho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
















![Multan a Scotiabank por vender vehículo de clienta mientras negociaba el refinanciamiento [Resolución 0607-2026/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/07/Indecopi-Scotiabank-LP-100x70.png)

![Autorizan graduación anticipada de 5655 policías por razones de interés nacional [Decreto Supremo 002-2026-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/policia-nacional-peru-pnp-LPDerecho-100x70.jpg)

![La calificación jurídica formulada en la acusación tiene carácter postulatorio o provisional, lo que permite su adecuación a través de la imputación alternativa, subsidiaria o la desvinculación procesal, mecanismo que faculta al juez a realizar una realineación de la calificación jurídica conforme a los hechos probados en el plenario [Casación 863-2022, Arequipa, f. j. 10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-TRIBUNAL-LPDERECHO-100x70.jpg)





![Perder el trabajo producto de una investigación debe valorarse como falta de arraigo (caso Andrés Hurtado) [Exp. 00058-2024-9-5001-JS-PE-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/09/chibolin-andres-hurtado-arrestado-investigacion-LPDERECHO-324x160.jpg)