El abogado penalista César Nakazaki analizó, este miércoles 12, el fallo del Tribunal Constitucional (TC) que declaró fundada la demanda competencial presentada por el Ejecutivo contra el Ministerio Público y el Poder Judicial. La decisión dispuso la suspensión de las investigaciones contra la presidenta Dina Boluarte hasta la conclusión de su mandato.
En entrevista con Canal N, Nakazaki sostuvo que, en su opinión, la presidenta no tendría protección frente a delitos comunes. Agregó además que, según su criterio, la sentencia del TC presentaría algunos errores:
Creo que hay algunos errores en la sentencia del Tribunal Constitucional. Uno, el que conversábamos hace un momento de reducir la investigación preliminar a diligencias urgentes porque eso dice el Código Procesal Penal, es inexacto. Es una de las funciones de la investigación preliminar, no la única. Por eso es que repito, que las investigaciones duran 2, 3, 4 años. 2, 3, 4 años de urgencias. No, no es ese tema.
Nakazaki también advirtió que el alto tribunal no habría desarrollado con la debida precisión las diferencias en la aplicación de su criterio frente a distintos casos. En esa línea, afirmó que «debió trabajar más el TC la diferencia, no en el voto de Ochoa, sino en el voto de la mayoría, de por qué sí aquí [en las investigaciones a Boluarte] y por qué no con Castillo. Eso debió estar en la sentencia bien desarrollado».
El abogado sostuvo que el fallo contiene errores en su fundamentación jurídica, pero reconoció que responde a un contexto político específico. «Lo que ha buscado el TC, más que perfección constitucional, es pacificar el momento», detalló.
Recordó que en el país existe una tradición constitucional según la cual un presidente en funciones no es procesado judicialmente, sino que corresponde al Congreso removerlo si se le atribuyen actos ilícitos. En esa línea, afirmó:
Esa ha sido la tradición a lo largo de la historia. Desde la Constitución número 1 en adelante la idea fue que si eres presidente, no te toco hasta que te saque, por eso es que el TC está resaltando mucho la vacancia porque lo que está resaltando el tribunal en el mensaje es que si el presidente es un delincuente, en vez de hacer investigaciones, vacalo. Que si la sociedad peruana dice delincuente y el Congreso no lo vaca, ahí se da el conflicto.
Asimismo, indicó que la protección constitucional prevista en el artículo 117 debía entenderse como una garantía de «inviolabilidad e inmunidad» respecto de actos de función, lo que significaría que en el caso Sarratea el entonces presidente Pedro Castillo no habría tenido cobertura constitucional, dado que en dicho contexto no ejercía su cargo presidencial.
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Sobre los efectos del fallo, manifestó que comprendía la decisión en un contexto político, aunque en el plano jurídico observaba errores. Señaló que «no han ayudado a la Boluarte porque el otro año ya va a estar procesada, pero a Pedro Castillo sí le han dado una poderosa arma política».
El abogado fue consultado sobre si una investigación fiscal podría interferir en el ejercicio de la presidencia y señaló que se trata de un tema complejo. Recordó que en el Perú existen cinco expresidentes con cuestionamientos penales, lo que, en su opinión, debió ser considerado expresamente en el análisis del TC, agregando que este escenario podría debilitar la legitimidad de la mandataria.
Indicó, además, que la sentencia del TC reconoció un aspecto fundamental relacionado con la reserva de las diligencias fiscales. Explicó que, aun cuando la investigación se limite a ciertos actos, no debe permitirse su filtración, pues ello conllevaría a que la sociedad y los medios discutan sobre la responsabilidad penal de la presidenta sin que exista una decisión formal.
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