El congresista Flavio Cruz Mamani, del grupo parlamentario Perú Libre, presentó un proyecto de ley que busca modificar la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley 27972) para permitir la creación de centros veterinarios municipales. La iniciativa plantea incorporar un nuevo numeral en el artículo 161 de dicha norma, con el objetivo de fortalecer la salud pública a través de la atención veterinaria.
Según el proyecto, estos centros brindarán atención médica accesible a mascotas y animales silvestres en cautiverio, además de ofrecer albergues temporales. También se impulsarán campañas de sensibilización sobre la tenencia responsable de animales, programas de registro municipal y adiestramiento canino, promoviendo una convivencia armoniosa entre la población y sus mascotas.
La propuesta destaca la importancia de garantizar el bienestar animal como parte de la salud pública y el saneamiento ambiental, competencias a cargo de las municipalidades. Con esta medida, se busca que los gobiernos locales asuman un rol activo en la protección y el cuidado de los animales en sus jurisdicciones.
De aprobarse, la ley obligaría a los municipios a implementar estos centros veterinarios como parte de sus funciones. La iniciativa ahora deberá pasar por el debate en las comisiones del Congreso antes de su eventual aprobación en el Pleno.
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FÓRMULA LEGAL
LEY QUE INCORPORA EL NUMERAL 6.6 AL ARTICULO N° 161 DE LA LEY N° 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, A FIN DE CREAR LOS CENTROS VETERINARIOS MUNICIPALES PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA SALUD PÚBLICA
Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto incorporar el numeral 6.6 al artículo N° 161 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, a fin de crear los centros veterinarios municipales para el fortalecimiento de la salud pública.
Artículo 2. Finalidad de la Ley
El Centro Veterinario Municipal tiene como propósito brindar atención médica accesible a todas las mascotas de los diferentes distritos, garantizando su bienestar, salud y Albergues Temporales. Además, busca fomentar la Tenencia Responsable de Animales domésticos a través de Campañas de Sensibilización, Registro Municipal y Programas de Adiestramiento Canino. Estos centros se enfocarán principalmente en la atención de perros, gatos y animales silvestres en cautiverio, promoviendo una convivencia armoniosa entre las mascotas y la población.
Artículo 3. incorporación del numeral 6.6 al artículo N° 161 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades
Se incorpora el numeral 6.6 al artículo N° 161° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el mismo que queda redactado de la siguiente manera:
Artículo 161.- COMPETENCIAS Y FUNCIONES
6. En materia de saneamiento ambiental:
(…)
6.6. Crear los centros veterinarios municipales para el fortalecimiento de la salud pública.
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