Multan a veterinaria con más de S/8000 por muerte de mascota [Res. 1055-2024/SPC-Indecopi]

Indecopi resolvió un polémico caso que involucró la muerte de una gata durante un servicio de baño. La dueña del animal denunció que el veterinario utilizó sedantes sin su consentimiento, lo que ocasionó el fallecimiento de su mascota. Ante esta situación, decidió presentar una queja formal ante la entidad, alegando la falta de idoneidad en el servicio recibido.

El veterinario argumentó que los medicamentos administrados eran relajantes musculares, no sedantes, y solicitó una audiencia de conciliación, propuesta que fue rechazada por la denunciante, quien pidió la ratificación de la sanción.

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Tras analizar el caso, Indecopi determinó que el veterinario incumplió con los estándares adecuados, concluyendo que la muerte del animal fue consecuencia de la aplicación de medicamentos no autorizados. La resolución confirmó la vulneración de los artículos 18° y 19° del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

Como sanción, se impuso al veterinario una multa de más de 8000 soles (1,72 UIT) y la devolución del monto pagado por el servicio en un plazo de 15 días hábiles. Indecopi concluyó que los argumentos presentados por el profesional no justificaban su proceder, ratificando la sanción y las medidas correctivas.

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SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado que declaró fundada la denuncia interpuesta contra el señor YYYY, al haberse probado que, en la prestación del servicio de baño a la mascota de la denunciante, le aplicó sedantes sin su autorización, ocasionando la muerte de su gata. SANCIÓN: 1,72 UIT


TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Sala Especializada en Protección al Consumidor

RESOLUCIÓN 1055-2024/SPC-INDECOPI
EXPEDIENTE 0587-2022/CC2

PROCEDENCIA: COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR – SEDE LIMA SUR N° 2
PROCEDIMIENTO: DE PARTE
DENUNCIANTE: XXXX
DENUNCIADO: YYYY
MATERIA: DEBER DE IDONEIDAD
ACTIVIDAD: ACTIVIDADES VETERINARIAS

Lima, 15 de abril de 2024

ANTECEDENTES

1. El 17 de mayo de 2022, la señora XXXX (en adelante, la señora Castro) interpuso una denuncia contra el señor YYYY (en adelante, Veterinaria ZZZ) por presuntas infracciones al Código de Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, el Código), manifestando que, la prestación del servicio contratado para su mascota (una gata) llamada “Pelusa”, no se llevó a cabo de manera idónea, lo que finalmente desencadenó su fallecimiento, dado que le aplicaron sedantes sin su autorización.

2. Mediante Resolución 1 del 17 de junio de 2022, la Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor – Sede Lima Sur N° 2 (en adelante, la Secretaría Técnica de la Comisión) imputó en contra de Veterinaria ZZZZ, una presunta infracción de los artículos 18°, 19° y 25° del Código, conforme al siguiente detalle:

i) No habría brindado un servicio adecuado a la denunciante durante la prestación del servicio contratado (baño).

ii) Habría aplicado sedantes a la mascota de la denunciante sin su autorización.

iii) Habría entregado a la denunciante un informe médico de su mascota sin membrete ni firma.

iv) Se habría negado a entregar a la denunciante las cámaras de seguridad de su local ubicado en el distrito de Villa el Salvador.

3. El 30 de junio de 2022, la Veterinaria Leuyacc presentó sus descargos, negando haber incurrido en las conductas imputadas en su contra.

4. El 22 de marzo de 2023, la Secretaría Técnica de la Comisión emitió el Informe Final de Instrucción; siendo que las partes no absolvieron dicho informe, pese a que fueron correctamente notificados.

[Continúa …]

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