El abogado Miguel Angel Soria Fuerte solicitó una medida cautelar para suspender el procedimiento de selección de candidatas y candidatos aptos para la elección de magistrados del Tribunal Constitucional pendiente en el Congreso de la República, hasta que no se decida la situación jurídica de su patrocinado Pedro Alfredo Hernández Chávez en la demanda de amparo interpuesta ante el Poder Judicial.
[Lima, 31 de marzo de 2022]
COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
Washington DC.-
Asunto: Solicitud de medidas cautelares para prevenir daño irreparable en los derechos políticos de Pedro Alfredo Hernández Chávez, ex candidato al Tribunal Constitucional del Perú.
De mi especial consideración.
Legitimado por el artículo por el artículo 41.b de la Convención Americana sobre Derechos Humanos ylos artículos25.1 y 25.6.c del Reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, interpongo solicitud de medidas cautelares en favor de Pedro Alfredo Hernández Chávez, ex candidato al Tribunal Constitucional del Perú, a fin de prevenir daño irreparable en el ejercicio de su derecho político de tener acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país, consagrado en el artículo 23.c de la Convención Americana sobre Derechos Humanos,cuyos fundamentos se encuentranen el documento adjunto a la presente comunicación.
Atentamente,
MIGUEL ANGEL SORIA FUERTE
Abogado
SOLICITUD DE MEDIDAS CAUTELARES PARA PREVENIR DAÑO IRREPARABLE EN EL EJERCICIO DEL DERECHO POLÍTICO DE TENER ACCESO, EN CONDICIONES DE IGUALDAD, A LAS FUNCIONES PÚBLICAS DE PERÚ
presentada ante la
COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
en favor de
PEDRO ALFREDO HERNÁNDEZ CHÁVEZ EX CANDIDATO AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE PERÚ
respecto de PERÚ
ABOGADO:
Miguel Angel Soria Fuerte
MIGUEL ANGEL SORIA FUERTE, abogado peruano, legitimado por el artículo 41.b de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y los artículos 25.1 y 25.6.c del Reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, interpongo solicitud de medidas cautelares en favor de PEDRO ALFREDO HERNÁNDEZ CHÁVEZ, abogado constitucionalista peruano y ex candidato al Tribunal Constitucional del Perú, a fin de prevenir daño irreparable en el ejercicio de su derecho político de tener acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país, consagrado en el artículo 23.c de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
I. PETICIONARIO
1. De acuerdo con los requerimientos previstos en el artículo 46.1.b de la Convención Americana, en concordancia con por el artículo 41.b del citado tratado y los artículos 25.1 y 25.6.c del Reglamento de la Comisión Interamericana, el peticionario es:
MIGUEL ANGEL SORIA FUERTE
Profesión: Abogado.
Nacionalidad: Peruano.
Domicilio: Avenida Las Palmeras 222, Urbanización Camacho, distrito de La Molina (15023), provincia y departamento de Lima – Perú.
Teléfono móvil: + (51) 986 460 750
e-mail: [email protected] [email protected]
II. BENEFICIARIO
2. De conformidad con el artículo 25.6.c del Reglamento de la Comisión Interamericana, el beneficiario de la presente solicitud de medidas cautelares es:
PEDRO ALFREDO HERNÁNDEZ CHÁVEZ
Nacionalidad: Peruano.
Domicilio: Calle Tacna N° 461, Departamento 202, Distrito de Miraflores, Provincia y Departamento de Lima.
Teléfono móvil: + (51) 986 460 750
e-mail: [email protected]
Trayectoria: Abogado y Maestro en Derecho Constitucional por la Universidad de San Martín de Porres (USMP), con estudios de Maestría en Ciencia Política en la Universidad Nacional Federico Villarreal (UNFV). Actualmente, es candidato a Doctor en Derecho por la USMP.
Diplomado en Derechos Humanos de la Academia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario del Washington College of Law de la American University (2010).
Profesor de la Facultad de Derecho USMP, en las áreas de Ciencia Política y Derecho Constitucional (desde 2008). Profesor Asociado de la Academia de la Magistratura (AMAG) (desde 2012). Profesor de la Maestría en Derecho Constitucional de la Universidad Privada Antenor Orrego (2019) y de pre-grado en Derecho Constitucional (2021). Profesor de las Maestrías en Derecho Constitucional y Derecho Procesal de la USMP (desde 2020).
Miembro fundador (2011) y actual Presidente del Centro de Estudios en Derecho Constitucional (CEDC) de la Facultad de Derecho USMP (desde 2018).
Ha publicado diversos artículos en Revistas especializadas, y ha realizado investigaciones en materia de Derecho Constitucional que forman parte del repositorio institucional de la USMP. Profesional especializado con veinte (20) años de experiencia en los sectores público y privado.
En su actividad profesional en el sector privado ha sido abogado de diversas personas naturales jurídicas, nacionales y extranjeras, en temas de Derecho Constitucional, Comercial, Administrativo y de Contrataciones con el Estado.
En el sector público ha prestado servicios en diversas instituciones de la Administración Pública de los ámbitos municipal y nacional. Se ha desempeñado como Asesor Principal en el Congreso de la República (2012-2020).
Es miembro de la Asociación Peruana de Derecho Constitucional (desde 2021).
III. PETITORIO
3. De acuerdo con los fundamentos de hecho y de derecho expuestos infra, esta parte solicita a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, requiera al ilustre Estado peruano la adopción de las medidas cautelar es para evitar daños irreparables en su derecho político de tener acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas del Perú, siguiente:
Suspender el Procedimiento de Selección de Candidatas o Candidatos Aptos para la Elección de Magistrados del Tribunal Constitucional pendiente en el Congreso de la República, hasta que no se decida la situación jurídica de Pedro Alfredo Hernández Chávez en la demanda de amparo interpuesta ante el Poder Judicial en el Expediente No. 00265-2022-0-1801-JR-DC-09 ante el 9° Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, a cargo del Juez Especializado Juan Fidel Torres Tasso.
IV. FUNDAMENTOS DE HECHO
4.1. PERÚ CREA LA COMISIÓN ESPECIAL DE SELECCIÓN DE CANDIDATAS O CANDIDATOS APTOS PARA LA ELECCIÓN DE MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
4. El 5 de agosto 2021, la Congresista Patricia Rosa Chirinos Venegas presentó la Moción de Orden del Día No. 017 ante el Congreso de la República con la que propuso “Reactivar la Comisión Especial encargada de la elección de los seis (06) miembros del Tribunal Constitucional cuyo mandato ha expirado”, de acuerdo con el artículo 201 de la Constitución Política y el artículo 6 del Reglamento del Congreso de la República.
5. El 12 de agosto de 2021 el Pleno del Congreso de la República aprobó, por amplia mayoría, la Moción de Orden del Día No. 017con la que se instituye la Comisión Especial de Selección de Candidatas o Candidatos Aptos para la
Elección de Magistrados del Tribunal Constitucional (la Comisión Especial, en adelante).
[Continúa…]
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