El inicio de la negociación colectiva estatal requiere de la presentación de un proyecto de convenio colectivo que no es más que un pliego de reclamos, este es un modelo para presentar su proyecto conforme a lo previsto en la Ley 31188, Ley de la Negociación Colectiva en el Sector Estatal.
Lea también: La negociación colectiva de condiciones económicas para los trabajadores CAS
Modelo de escrito de presentación de proyecto de convenio colectivo
SUMILLA Presentamos proyecto de convenio colectivo para el inicio de procedimiento de negociación colectiva descentralizada
SEÑOR [indicar la denominación del titular y la entidad, por ejemplo, Gobernador del Gobierno Regional de…][1]
Dirección domiciliaria: [indicar el domicilio de la entidad][2]
SINDICATO [indicar la denominación del sindicato], con número de Registro sindical nro. […], con domicilio único en […][3], debidamente representado por su Secretario General […], identificada con DNI […], a Ud., respetuosamente, decimos.
En nuestra calidad de sindicato mayoritario dentro del ámbito que negociamos.
Lea también: Otrosí: Cómo agregar algo al escrito principal
I. EXPRESIÓN CONCRETA DE LO PEDIDO
Dentro del periodo comprendido desde el 1 de noviembre del año 2022 al 30 de enero del año 2023[4], formalmente presentamos nuestro proyecto de convenio colectivo para el inicio del procedimiento de negociación colectiva descentralizada, estableciendo las cláusulas que sometemos a negociación.
II. CLÁUSULAS QUE SE SOMETEN A NEGOCIACIÓN[5]
Son cláusulas que sometemos a negociación colectiva las siguientes[6]:
II.1. ÁMBITO PERSONAL
El ámbito de negociación colectiva a nivel descentralizado son los trabajadores activos […], por lo que dentro de este ámbito personal nos constituimos en el sindicato mayoritario, al no existir otra organización sindical que agrupe a este tipo de trabajadores dentro de la entidad pública[7].
II.2. CONDICIONES ECONÓMICAS
- Incremento remunerativo permanente por costo de vida ascendente a S/[…].
- Bonificación permanente ascendente a S/[…] mensuales.
- Otorgar un bono por el día del Empleado Público, celebrado el 29 de mayo de cada año, por un importe de S/[…].
II.3. CONDICIONES DE TRABAJO CON INCIDENCIA ECONÓMICA
- Otorgamiento de alimentos bajo la modalidad indirecta mediante vales de consumo de víveres por el monto de S/[…].
- Entrega de vestuario consistente en […]
II.4. RELACIONES ENTRE EMPLEADORES Y SERVIDORES PÚBLICOS
- Elaboración del Plan de Capacitación para cada los trabajadores, con eventos trimestrales.
- Dar prioridad a los trabajadores afiliados al sindicato para que ocupen las plazas vacantes existentes en el CAP.
- Otorgamiento de permisos para las madres trabajadoras afiliadas al sindicato para la atención de sus hijos.
II.5. RELACIONES ENTRE LA ENTIDAD PÚBLICA Y EL SINDICATO
- Licencia con goce de remuneraciones para los dirigentes sindicales por un periodo de 6 meses.
- Se nos brinde el local del Auditorio de la entidad para las reuniones de asambleas del sindicato.
II.6. ÁMBITO TEMPORAL
Todos los acuerdos tendrán el carácter de permanentes en el tiempo no estando sujetos a temporalidad.
POR LO EXPUESTO
Pedimos a usted dar al presente proyecto de convenio colectivo el trámite que le corresponde conforme a la Ley 31188 – Ley de Negociación Colectiva para el Sector Estatal.
PRIMERO OTROSI. Como nómina de los integrantes de la comisión negociadora, acreditamos debidamente a nuestros representantes.[8]
| Nombres y apellidos del representante | Nro. DNI | Condición |
| Titular | ||
| Titular | ||
| Titular | ||
| Suplente | ||
| Suplente | ||
| Suplente |
SEGUNDO OTROSÍ. Solicitamos se remita la presente al Jefe de la Oficina de Recursos Humanos para que proceda a registrar las peticiones contenidas en el Proyecto de Convenio Colectivo en Módulo de Solicitudes de Proyecto de Convenio Colectivo a cargo de la DGGFRH del MEF dentro del plazo de un (01) día hábil de la presentación del proyecto de Convenio Colectivo, esto conforme al artículo 14, numeral 14.6 del Decreto Supremo 008-2022-PCM, Lineamiento para la implementación de la Ley 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal.
TERCERO OTROSÍ. En nuestra calidad de representantes de los trabajadores que integran la comisión negociadora, solicitamos se nos conceda el derecho a licencia sindical con goce de remuneración que abarca el periodo comprendido desde treinta (30) días antes de la presentación del pliego de reclamos hasta treinta (30) días después de suscrito el convenio colectivo o expedido el laudo arbitral, conforme al artículo 11 de la Ley 31188.
CUARTO OTROSÍ. Una vez recibido el proyecto de Convenio Colectivo, en el plazo de tres (3) días hábiles, solicitamos se proceda a la designación de los representantes que conforman la representación empleadora, conforme al artículo 16 del Decreto Supremo 008-2022-PCM, Lineamiento para la implementación de la Ley 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal.
QUINTO OTROSÍ. Dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de presentación del proyecto de convenio colectivo, solicitamos se inicie las sesiones de trato directo con la notificación de la citación para la sesión de instalación de la Comisión Negociadora que será efectuada por el Presidente de la Representación Empleadora, esto conforme al artículo 17 del Decreto Supremo 008-2022-PCM, Lineamiento para la implementación de la Ley 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal.
SEXTO OTROSÍ. La presente es firmada por los representantes sindicales integrantes de la comisión negociadora, quienes además consignan sus nombres y apellidos y su número de DNI[9].
Lima, 18 de enero de 2023
[firmas de los representantes sindicales integrantes de la comisión negociadora]
[1] La presentación es conforme al artículo 14, numeral 14.1 del Decreto Supremo 008-2022-PCM, Lineamiento para la implementación de la Ley 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, que indica “En el caso de la negociación colectiva centralizada, el proyecto de Convenio Colectivo se presenta ante la Presidencia del Consejo de Ministros. En el caso de la negociación colectiva descentralizada, el proyecto de Convenio Colectivo se presenta ante la entidad pública, o entidades públicas, comprendidas en el ámbito elegido por la representación de los servidores públicos”.
[2] Esto conforme al artículo 12, literal a) de la Ley 31188 que indica “La negociación colectiva se inicia con la presentación del proyecto de convenio colectivo que contiene, como mínimo, lo siguiente: a. Nombre y domicilio de las entidades públicas involucradas”.
[3] Esto conforme al artículo 12, literal b) de la Ley 31188 que indica “La negociación colectiva se inicia con la presentación del proyecto de convenio colectivo que contiene, como mínimo, lo siguiente”: “b. Denominación y número de registro de la o las organizaciones sindicales que lo suscriben, y domicilio único”.
[4] Este plazo está previsto en el artículo 13, numeral 13.2, literal a) de la Ley 31188 que indica “La negociación colectiva descentralizada se desarrolla de acuerdo al siguiente procedimiento: a. El proyecto de convenio colectivo se presenta ante la entidad pública entre el 1 de noviembre y el 30 de enero del siguiente año”.
[5] Esto conforme al artículo 12, literal d) de la Ley 31188 que indica “La negociación colectiva se inicia con la presentación del proyecto de convenio colectivo que contiene, como mínimo, lo siguiente”: “d. Las cláusulas que se someten a negociación y que se integran armónicamente dentro de un solo proyecto de convenio colectivo”.
[6] Las cláusulas que indicamos son materias negociables conforme al artículo 6 del Decreto Supremo 008-2022-PCM, Lineamiento para la implementación de la Ley 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal.
[7] El sindicato es libre de establece el ámbito de negociación colectiva conforme al artículo 5, numeral 5.1, literal b) del Decreto Supremo 008-2022-PCM que indica “Negociación colectiva a nivel descentralizado; la misma que se lleva a cabo en el ámbito sectorial, territorial, y por entidad pública, o en el que las organizaciones sindicales estimen conveniente; manteniendo efectos únicamente en el ámbito que corresponda a su celebración”.
[8] Esto conforme al artículo 12, literal c) de la Ley 31188 que indica “La negociación colectiva se inicia con la presentación del proyecto de convenio colectivo que contiene, como mínimo, lo siguiente”: “c. La nómina de los integrantes de la comisión negociadora, debidamente acreditados”.
[9] Esto conforme al artículo 12, literal e) de la Ley 31188 que indica “La negociación colectiva se inicia con la presentación del proyecto de convenio colectivo que contiene, como mínimo, lo siguiente”: “e. Firma de los representantes sindicales integrantes de la comisión negociadora”.
![PJ ordena cancelar de manera definitiva el uso de caballos en el servicio de paseo en calesa en la Plaza Mayor de Lima por constituir una práctica incompatible con el deber constitucional de protección y bienestar animal y agredir la integridad física de estos seres sintientes [Expediente 03840-2022-0, f. j. 4.4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-218x150.jpg)



![Precedente Servir sobre la notificación de los actos emitidos en el PAD en el marco de la Ley 30057 [Resolución de Sala Plena 002-2025-Servir/TSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![Declaran fundado pedido de cambio en la forma de prestar alimentos de los hijos a favor de su madre [Expediente 00151-2025-0-1721-JP-FC-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/ADULTO-MAYOR-CONFLICTOS-HIJOS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Corte IDH condena al Perú por policías que torturaron y ejecutaron extrajudicialmente a un estudiante [Caso Rodríguez Pighi y otros vs. Perú]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/09/mininter-pnp-contra-el-crimen-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Tutela de derechos. Imputación necesaria. Principio de progresividad de la investigación. Delito de cohecho [Exp. 49-2025-54]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/POST-Giammpol-Taboada-Pilco-documento-firmas-generico-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)












![¿Servidores que estén próximos a jubilarse pueden solicitar teletrabajo? [Informe Técnico 002521-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/trabajadores-pareja-servidores-trabajo-LPDerecho-218x150.jpg)



![Curso gratuito «Actualización en derecho constitucional» [Inicio: 22 DIC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-DEL-CURSO-DERECHO-CONSTITUCIONAL-218x150.jpg)
![El plazo de prescripción puede computarse hasta antes de la notificación de la sentencia porque esta surte efectos después de su notificación, no en la fecha de su emisión (aplican criterio del caso Aldo Mariátegui) [Exp. 02168-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Política general de gobierno 2025-2026: Transición democrática y reconciliación nacional [Decreto Supremo 141-2025-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/norma-legal-palacio-gobierno-promulga-ley-LPDerecho-218x150.png)
![Prorrogan estado de emergencia en Lima y Callao [Decreto Supremo 140-2025-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/04/normas-legales-estado-de-emergencia-LPDerecho-218x150.png)
![Reglamento de Organización y Funciones del Tribunal Constitucional [RA 151-2025-P/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)





![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)





![Atención: Suprema señala que cuando servidores soliciten asesoría y defensa legal a sus instituciones se aplica el silencio negativo [Casación 15580-2022, Loreto]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Trabajador 276 pierde nombramiento por apelar un informe no impugnable y no el resultado final [Res. 005142-2025-Servir/TSC-Segunda Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dormir-trabajo-despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-extras-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)

![Declaran ilegal control de identidad y registro vehicular y mandan copias a Inspectoría de la Policía [Exp. 5844-2019-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-100x70.png)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Trabajador 276 pierde nombramiento por apelar un informe no impugnable y no el resultado final [Res. 005142-2025-Servir/TSC-Segunda Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dormir-trabajo-despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-extras-laboral-LPDerecho-100x70.jpg)



![PJ ordena cancelar de manera definitiva el uso de caballos en el servicio de paseo en calesa en la Plaza Mayor de Lima por constituir una práctica incompatible con el deber constitucional de protección y bienestar animal y agredir la integridad física de estos seres sintientes [Expediente 03840-2022-0, f. j. 4.4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-100x70.jpg)



![Se desnaturaliza el contrato intermitente cuando se comprueba que la labor del trabajador no fue interrumpida [Exp. 08856-2006-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/8856-2006-TC-Juris.pe_-324x160.png)