Modelo de demanda de ejecución de laudo laboral económico en el sector público

Anteriormente, en la ejecución de laudos laborales solo contábamos con la referencia expresa al inciso c) del artículo 57 de la Ley 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo, que indica:

Se tramitan en proceso de ejecución los siguientes títulos ejecutivos: (…) c) los laudos arbitrales firmes que, haciendo las veces de sentencia, resuelven un conflicto jurídico de naturaleza laboral.

Ergo, solo constituían títulos ejecutivos los laudos laborales de derecho, por lo que los laudos laborales económicos (los que reconocen incrementos, bonos y condiciones económicas) al no existir disposición expresa no constituían títulos ejecutivos, lo que obligaba a los trabajadores y/o organizaciones sindicales a iniciar procesos laborales ordinarios o abreviados para el cumplimiento de convenios colectivos, dado que se entendía que los laudos económicos tienen la naturaleza de convenios, esto hacía que conforme a la cuantía, el cumplimiento del laudo económico se demore (audiencia de conciliación, audiencia de juzgamiento, sentencia, apelación, vista de causa, sentencia de vista, recurso casación —de atender a la cuantía—, sentencia de casación), lo que causaba afectación a los trabajadores y a las entidades públicas que, en caso de salir fundada la demanda, luego de cuatro (4) años se veían obligadas no solo cumplir con el laudo económico, sino al pago de devengados, intereses y costos del proceso; sin embargo, esta situación, con la publicación de la Ley 31188 el pasado 2 de mayo de 2021, ha cambiado radicalmente cuando en el artículo 19, numeral 19.6 de la Ley 31188 se indica:

Los laudos que se expidan para resolver conflictos económicos derivados de negociaciones colectivas en el sector público tienen mérito de título ejecutivo y se tramitan en proceso de ejecución, previsto en el artículo 57 de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Ley 29497.

Conforme a esto, a partir del 3 de mayo de 2021 (día siguiente a la publicación para efectos de vigencia) los laudos laborales económicos son títulos ejecutivos por lo que para su cumplimiento se hará uso del proceso laboral de ejecución previsto en la Ley 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo (no más audiencias, solo la ejecución), es así que les ofrecemos a nuestros lectores un modelo de la demanda de ejecución del laudo arbitral laboral económico teniendo como sustento la Ley 31188 que consideramos se aplica inmediatamente a los laudos que se encuentran sin cumplimiento como a los procedimientos de negociación colectiva en trámite.


MODELO DE DEMANDA DE EJECUCIÓN DE LAUDO LABORAL ECONÓMICO EN EL SECTOR PÚBLICO

SECRETARIO JUDICIAL
EXPEDIENTE Nro.
CUADERNO: Principal
ESCRITO: 01-2021
SUMILLA: Demanda de Ejecución de Laudo Laboral Económico en el Sector Público

SEÑOR JUEZ (…hasta 50 URP es competente el juez de paz letrado, más de 50 URP es competente el juez especializado de trabajo…)

(…nombres y apellidos del trabajador demandante…), identificado con DNI (…), con domicilio real en (…), con domicilio procesal en (…), con domicilio electrónico en la casilla judicial (…); a Ud., respetuosamente, digo:

Esta demanda es procedente conforme al artículo 19, numeral 19.6, de la Ley 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, que indica

Los laudos que se expidan para resolver conflictos económicos derivados de negociaciones colectivas en el sector público tienen mérito de título ejecutivo y se tramitan en proceso de ejecución, previsto en el artículo 57 de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Ley 29497.

Dentro de este contexto,

I. COMPETENCIA

(…la competencia por razón de la cuantía se determinará teniendo en cuenta los siguientes artículos:

a) El artículo 1, inciso 2, de la Ley 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo, indica:

“Los juzgados de paz letrados laborales conocen de los siguientes procesos: (…) 2. Los procesos con título ejecutivo cuando la cuantía no supere las cincuenta (50) Unidades de Referencia Procesal (URP).

b) El Artículo 2, inciso 5, de la Ley 29407, Nueva Ley Procesal del Trabajo, indica:

Los juzgados especializados de trabajo conocen de los siguientes procesos: (…) 5. Los procesos con título ejecutivo cuando la cuantía supere las cincuenta (50) Unidades de Referencia Procesal (URP).

En el año 2021, 1 URP equivale a S/ 440, por lo que 50 URP equivale a S/. 22 000)

II. DEMANDADOS Y DIRECCIÓN DOMICILIARIA

(…indicar la denominación de la entidad pública que es la obligada en el laudo económico, por ejemplo, Gobierno Regional de Puno…), debidamente representado por (…), con dirección domiciliaria en (…).

III. EMPLAZAMIENTO

El Procurador Público de (…), con dirección domiciliaria en (…).

IV. PETITORIO

Como pretensión principal, interpongo demanda de ejecución de laudo económico laboral para que se emita mandato de ejecución ordenando el cumplimiento y pago del Laudo Arbitral Económico (…indicar su numeración y/o fecha de emisión…) en sus puntos (…indicar los puntos de la parte resolutiva que desea se cumplan…) por el monto total de S/. (…), conforme a la siguiente liquidación:

Concepto

Costo mensual Periodo Monto total

(…)

S/. (…) De (…) al (…)

S/. (…)

Como primera pretensión accesoria, solicito se disponga el pago de los intereses legales laborales que se hubieren generado, más costos del proceso.

V. FUNDAMENTOS DE HECHO

1. El demandante es servidor público que presta servicios en (…indicar la entidad pública donde presta servicios…) desde (…indicar su fecha de ingreso…).

2. Durante mi relación laboral se ha emitido el Laudo Arbitral (…indicar su número y/o fecha…) que en sus puntos (…indique los puntos materia de ejecución…) no se han cumplido en los periodos indicados en el petitorio de mi demanda.

2.1. En efecto, el punto (…) de dicho laudo indica:

(…por ejemplo, Tercero. Determinar que es procedente y corresponde establecer que el Gobierno Regional de Puno debe otorgar por concepto de asignación por refrigerio la suma de 150 soles mensuales durante el ejercicio presupuestal 2020…)

2.2. El punto (…) de dicho laudo indica:

(…por ejemplo, Sexto. Determinar que es procedente y corresponde establecer que el Gobierno Regional de Puno debe otorgar por concepto de canasta de alimentos la suma de 300 soles mensuales durante el ejercicio presupuestal 2020…).

3. De esta manera, el laudo cuya ejecución solicito se ejecutará en los puntos indicados y en los periodos y montos descritos en el petitorio de mi demanda.

VI. FUNDAMENTOS DE DERECHO

1.- El artículo 57 de la Ley 29497 indica «Se tramitan en proceso de ejecución los siguientes títulos ejecutivos (…)»

2.- El Artículo 58 de la Ley 29497 indica:

Las resoluciones judiciales firmes y actas de conciliación judicial se ejecutan exclusivamente ante el juez que conoció la demanda y dentro del mismo expediente. Si la demanda se hubiese iniciado ante una sala laboral, es competente el juez especializado de trabajo de turno.

VII. MONTO DEL PETITORIO

El petitorio total de mi demanda asciende a la suma de S/ (…), más intereses legales y costos del proceso.

VIII. MEDIOS PROBATORIOS

1. Copia certificada del Laudo Arbitral Económico de fecha (…) con el objeto de acreditar los puntos (…) que son materia de ejecución conforme a la liquidación realizada en el petitorio.

2. (…de haber una aclaración al Laudo Arbitral Económico, identificar el mismo y agregarlo como medio de prueba…)

IX. ANEXOS

1-A Copia de mi Documento Nacional de Identidad.

1-B Copia certificada del Laudo Arbitral de fecha (…)

1-C Copia certificada de la Aclaración al Laudo Arbitral Económico de fecha (…)

POR LO EXPUESTO:

A Usted solicito admitir la presente demanda en la vía del proceso laboral de ejecución conforme al artículo 57 al 63 de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, con aplicación supletoria del Código Procesal Civil.

Puno, 31 de mayo de 2021.

(…firma del demandante y firma y sello de su abogado…)


A fin de hacer más explicativo nuestro modelo lo adaptaremos a un caso práctico

SECRETARIO JUDICIAL
EXPEDIENTE Nro.
CUADERNO: Principal
ESCRITO: 01-2021
SUMILLA: Demanda de Ejecución de Laudo Laboral Económico en el sector público

SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO DE TRABAJO

HENRY CHAVEZ GARCIA, identificado con DNI 29478739, con domicilio real en (…), con domicilio procesal en (…), con domicilio electrónico en casilla judicial 4491; a Ud., respetuosamente, digo:

Conforme al artículo 19, numeral 19.6, de la Ley 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, que indica

Los laudos que se expidan para resolver conflictos económicos derivados de negociaciones colectivas en el sector público tienen mérito de título ejecutivo y se tramitan en proceso de ejecución, previsto en el artículo 57 de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Ley 29497.

Dentro de este contexto,

I. COMPETENCIA

El Artículo 2, inciso 5, de la Ley 29407, Nueva Ley Procesal del Trabajo, indica:

Los juzgados especializados de trabajo conocen de los siguientes procesos: (…) 5. Los procesos con título ejecutivo cuando la cuantía supere las cincuenta (50) Unidades de Referencia Procesal (URP).

En el año 2021, 1 URP equivale a S/ 440, al ascender mi petitorio a la suma de S/ 24 000, este monto equivale a (…) URP, por lo que su despacho al ser un juzgado especializado de trabajo es competente para conocer el presente proceso.

II. DEMANDADOS Y DIRECCIÓN DOMICILIARIA

GOBIERNO REGIONAL DE PUNO, debidamente representado por su Gobernador (…), con dirección domiciliaria en la (…).

III. EMPLAZAMIENTO

Procurador Público del Gobierno Regional de Puno, con dirección domiciliaria en la calle (…).

IV. PETITORIO

Como pretensión principal, interpongo demanda de ejecución de laudo económico para que emita mandato de ejecución de cumplimiento del Laudo Arbitral del 14 de diciembre del 2019, en sus puntos tercero (refrigerio) y sexto (canasta de alimentos) por la suma total de S/. 24 000 (veinticuatro mil soles), conforme a la siguiente liquidación:

Refrigerio S/ 1000 mensual De enero 2020 a diciembre 2020 S/. 12 000.00
Canasta de alimentos S/ 1000 mensual De enero 2020 a diciembre 2020 S/. 12 000.00

 

Como primera pretensión accesoria, solicito se disponga el pago de los intereses legales laborales que se hubieren generado, más costos del proceso.

Como segunda pretensión accesoria, solicito se disponga el pago de honorarios profesionales en la suma de S/. 2500.00 el proceso más el 20% de lo que disponga el despacho judicial.

V. FUNDAMENTOS DE HECHO

1. El demandante es servidor público nombrado que presta servicios en el Gobierno Regional de Puno.

2. Durante mi relación laboral se ha emitido el Laudo Arbitral del 14 de diciembre del 2019 que en sus puntos tercero (refrigerio) y sexto (canasta de alimentos) no se han cumplido en los periodos indicados en el petitorio de mi demanda.

2.1. En efecto, el punto tercero de dicho laudo indica:

Tercero. Determinar que es procedente y corresponde establecer que el Gobierno Regional de Puno debe otorgbar por concepto de refrigerio la suma de S/. 1000.00 mensuales desde el 01 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020

2.2. El punto sexto indica

Sexto. Determinar que es procedente y corresponde establecer que el Gobierno Regional de Puno debe otorgar por concepto de canas de alimentos la suma de S/. 1 000.00 soles mensuales desde el 01 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020.

3. De esta manera, el laudo cuya ejecución solicito se ejecutará en los puntos indicados y en los periodos y montos descritos en el petitorio de nuestra demanda.

VI. FUNDAMENTOS DE DERECHO

1. El artículo 57 de la Ley 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo, indica «Se tramitan en proceso de ejecución los siguientes títulos ejecutivos (…)»

2. El Artículo 58 de la Ley 29497 que indica:

Las resoluciones judiciales firmes y actas de conciliación judicial se ejecutan exclusivamente ante el juez que conoció la demanda y dentro del mismo expediente. Si la demanda se hubiese iniciado ante una sala laboral, es competente el juez especializado de trabajo de turno.

VII. MONTO DEL PETITORIO

Conforme a la liquidación realizada en el petitorio de la demanda se demanda el pago de S/ 24 000.00, más intereses legales y costos del proceso.

VIII. MEDIOS PROBATORIOS

1. Copia certificada del Laudo Arbitral del 14 de diciembre del 2019 cuyo punto tercero (refrigerio) y sexto (canasta de alimentos) son materia de ejecución con la finalidad de acreditar la existencia de un título ejecutivo.

IX. ANEXOS

1-A Copia de mi Documento Nacional de Identidad.

1-B Copia certificada del Laudo Arbitral del 14 de diciembre del 2019

POR LO EXPUESTO:

A usted solicito admitir la presente demanda en la vía del proceso laboral de ejecución conforme al artículo 57 al 63 de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, con aplicación supletoria del Código Procesal Civil.

Puno, 25 de mayo de 2021.

(…firma del demandante y firma y sello de su abogado…)

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Maestro en Ciencias Políticas y Derecho Administrativo por la Universidad Nacional de San Agustín. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo. Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Columnista en el Suplemento «La Gaceta Jurídica» del diario La Razón (Bolivia). Fue catedrático de Derecho Administrativo en la Universidad La Salle (Perú), catedrático de Derecho del Trabajo, Derecho de la Seguridad Social y Derecho Comercial en la Universidad José Carlos Mariátegui (Perú). Es miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Arequipa. Docente de LP Pasión por el Derecho, el portal jurídico más leído del Perú.